La principal conclusión es que la cabo Olga Castro fue irrespetuosa
ué dice el documento que castiga carabinera que alegó en redes sociales La capitana Mella fue grabada durante una discusión por la cabo Castro.
La Fiscalía Administrativa de la Prefectura Central Metropolitana propuso las sanciones en el sumario.
¿Se puede hacer una denuncia por redes sociales? ? Daniel Halpern, doctor en Comunicaciones de la Rutgers University de Estados Unidos y profesor de la Universidad Católica, explica que las carabineras hicieron la denuncia con un video en redes sociales porque querían obtener rápidamente un resultado. "Eso muchas veces implica que hay que saltarse la autoridad o la metodología, porque eso toma más tiempo, porque se abre un proceso que no va a tener una respuesta inmediata. Cuando uno lo hace a través de redes sociales, la respuesta es inmediata", cuenta.
Cree que las organizaciones necesitan de normas para funcionar y entiende que Carabineros trate de poner orden. "Comparto esa necesidad, porque, si no, esto no tiene límites. Primero, la ropa sucia se lava en casa. Segundo, hay normas. Tercero, hay procedimientos. Si hoy pusieron una denuncia en redes sociales, mañana puede ser cualquier otra tontera", dice.
Andrés Bustamante, sicólogo organizacional de la Universidad Católica y magíster en Tecnologías de la Información en la Universidad de Chile, explica que difundir un video que afecte gratuitamente la reputación de alguien, sin seguir un conducto regular de denuncia, es un signo de descontrol. "El descontrol es inaceptable en una institución dedicada al control. Actuar desde la emocionalidad, debido a la frustración, sí puede llevar a un carabinero, y a cualquier persona, a olvidar que pertenece a una organización con reglas internas", dice.
Ariel Quezada, doctor en sicología social en la Universidad de Barcelona, explica que no es cuestionable la validez del reclamo, pero sí la forma. "La pregunta es cuáles son los mecanismos y canales institucionales para dar cabida a este tipo de denuncias". Recalca que las instituciones jerarquizadas deben tener mecanismos de denuncia que eviten los enfrentamientos persona a persona.
C. Figueroa /1. Molina
¦ ecuerda el caso de una cabo
J de Carabineros que denunció \J I V con un video en redes sociales, que su jefa no la dejaba ir a su casa para amamantar a su hijo? Eso, por si no lo sabía, ocurrió el 15 de junio pasado. Esta semana, la Fiscalía Administrativa de la
Prefectura Central de Carabineros emitió un informe sobre el caso (que fue difundido por el noticiario "Teletrece"), que propone sanciones para ambas. Para la funcionaría que hizo la denuncia, la cabo Olga Castro Muñoz, cuatro días de arresto; para su jefa, la capitana Paula Mella (quien aparece en el video), una amonestación. El cierre del sumario realizado por la Fiscalía Administrativa de la Prefectura Central Metropolitana, detalla los siguientes puntos. Los hechos El documento establece que en una reunión entre la capitana Mella y el comisario de la unidad, mayor Jorge Carrillo se decidió cambiar la jornada laboral de las carabineras con fuero maternal, porque había mucho personal con licencia médica y faltaban funcionarios que cubrieran la contingencia. "Llegaron a la convicción de extender el horario de trabajo del personal con fuero maternal, que hasta ese momento mantenía una jornada desde las 8 hasta las 15 horas, jornada que sería extendida desde las 8:30 hasta las 17 horas" detalla el sumario. Las funcionarías, que supieron de la decisión el 5 de junio, manifestaron estar disconformes, por lo que la capitana Mella, según cuenta el sumario, ordenó que se reunieran en su oficina . "En esa instancia les indicó que conforme a O/G Nro. 2324 de fecha 10 de marzo del 2016, la jornada establecida para el personal con fuero maternal era de 8:30 a 18 horas, situación que originó un debate entre Mella y el resto de las carabineras, especialmente con Castro (que grabó el video)" argumenta el documento. Castro dijo que estaba grabando la reunión y en reiteradas ocasiones realizó preguntas sobre el horario para amamantar a sus hijos y el de colación. "Todo ello en tono de réplica irrespetuosa hacia un más antiguo (capitana Mella), con gestos y modales no acordes a su condición de subalterna, utilizando un tono de voz alterado y agresivo, todo frente al personal que estaba en la oficina, promoviendo un ánimo insurrecto, rebelde y buscando que las demás se manifestaran en contra", dice la declaración de Mella, considerada en el sumario. Otro aspecto que considera el informe es que al momento en que las funcionarías fueron a almorzarse enteraron de que no tenían comida por cuenta fiscal. Pese a esto, la capitana Mella les dijo que las había considerado con aquella alimentación y ordenó a la cabo segundo Gómez Navarrete distribuir los vales de almuerzo. Ante eso, Gómez llevó un documento que indicaba que "para acceder a la alimentación por cuenta fiscal se debía realizar una jornada superior a 10 horas, por ese motivo no era posible otorgarles rancho fiscal al personal con fuero maternal, enterándose en ese instante las involucradas y la capitana Mella", aclara. Toda esta situación se la hizo saber la cabo Castro a la capitana Mella en la reunión que tuvieron en su oficina. Castro alzó la voz en reiteradas ocasiones y Mella la amenazó con denunciarla a la Fiscalía Militar. Las consecuencias "La capitán Mella desconocía la existencia de la O/G Nro 2456 referente a la alimentación por cuenta fiscal. Esto originó que no previera dicho antecedente al momento de planificar la extensión de la jornada laboral para el personal con fuero maternal (...) se estima procedente que a la referida oficial le sea aplicada una amonestación, ya que su actuar incurrió en la falta al Reglamento de Disciplina para Carabineros de Chile". El documento concluye que "la cabo primera Olga Castro concurrió a una reunión originándose un debate y cuestionamiento con réplicas irrespetuosas por parte de elia". En sus argumentos, el documento establece que "se prohibe a todo ei personal de Carabineros adoptar iniciativas individuales para registrar, difundir o publicar a cualquier título en redes sociales o en cualquier medio, imágenes propias o de terceros, audio o documentos alusivos a las instalaciones, procedimientos policiales o administrativos y recursos logísticos. Sumado a ello, la cabo primero no siguió el conducto regular para plantear la situación que le afectaba y decidió difundir aquellos archivos de imágenes (...) dañando de esta forma la imagen institucional, motivo por el cual se le propone una sanción disciplinaria consistente en cuatro días de arresto (privar del derecho a disfrutar de las franquicias de permiso o puerta franca para salir del cuartel o del lugar fijado para el cumplimiento del arresto) con servicios".