Diario Constitucional (Chile)
16-02-2018
CS acogió unificación de jurisprudencia y determinó que detención por orden judicial decretada respecto de un trabajador constituye una causa que justifica su inasistencia al trabajo.
La Corte Suprema acogió el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por el demandante en relación al fallo dictado por la Corte de Antofagasta, que acogió el recurso de nulidad deducido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama y rechazó la demanda por despido injustificado deducida por un trabajador contra Codelco. El máximo Tribunal indicó que la materia de derecho a unificar consiste en determinar si la detención por orden judicial decretada respecto de un trabajador constituye una causa que justifica su inasistencia al lugar de trabajo. Expuso que, de acuerdo a lo dispuesto en el número 3 del artículo 160 del Código del Trabajo, el contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le pone término invocando la causal de no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual periodo de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra.
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