Autor: CINTHYA CARVAJAL
Jueces deberán usar mascarilla y protector facial obligatoriamente
. Cuando termine la alerta sanitaria se privilegiará el trabajo presencial en causas con atraso e impacto social.
El Pleno de la Corte Suprema aprobó el lunes el protocolo de manejo y prevención de covid-19 en todos los tribunales del país, y para el retorno del trabajo presencial paulatino, tras el estado de emergencia. El regreso será de manera gradual. El documento fue elaborado por una mesa de trabajo constituida por el presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, magistrados del máximo. Tribunal y representes de los gremios del Poder Judicial. Una vez terminado el estado de excepción constitucional, y mientras se mantenga el estado de alerta sanitaria, deberá continuar la modalidad de teletrabajo extraordinario, sin perjuicio de avanzar paulatinamente en la vuelta al trabajo presencial. Durante esta etapa, cada tribunal o unidad judicial debe asegurar que el personal en modalidad presencial no sea superior al 50% de su dotación total.
En ningún caso podrá considerarse en turnos presenciales a personas incluidas en los grupos de alto riesgo de contagios definidos en este protocolo: mayores de 60 años, con enfermedades, transplantadas, con tratamiento de cáncer, con un sistema inmunitario disminuido, embarazadas y funcionarios que tengan a cargo enfermedades de riesgo.
Trabajo presencial para causas con atraso e impacto social El protocolo establece que una vez que se termine el estaEl uso de protector facial no reemplaza el uso obligatorio de mascarilla”, PROTOCOLO DEL PODER JUDICIAL POR CORONAVIRUS Suprema aprobó protocolo por covid-19 y retorno: Do de alerta sanitaria, los tribunales deberán retomar el trabajo regular, pudiendo implementar la modalidad de teletrabajo ordinario.
Cada tribunal creará un plan de trabajo para retorno presencial, “privilegiando las labores que no pueden ser adecuadamente desarrolladas a través de teletrabajo, las que registren mayores retrasos y las con mayor impacto social”. Los funcionarios y funcionarias que desempeñen funciones de mayor exposición a contagios, deberán utilizar el protector facial entregado por la Corporación Administrativa. Será responsabilidad de cada uno desinfectar el protector antes y después de cada utilización. “El uso de protector facial no reemplaza el uso obligatorio de mascarilla”, señala el protocolo. Demarcación de distanciamiento y separador de policarbonato Además, en los tribunales habrá separadores de policarbonato como protección entre puestos de trabajo, en espacios de atención de público, estrados y salas de audiencia. Se instalarán tapetes sanitizadores de calzado, intercomunicadores en casetas de atención de públi co, y demarcaciones para mantener la distancia social entre las personas.
El documento establece que el uso de las instalaciones debeRá adecuarse al cumplimiento de la distancia social de a lo menos 1,5 metros de distancia entre personas, en caso de no exis entre ellas, Y sugiere que la cantidad de personas en un lugar cerrado no supere las diez, para disminuir la propagación de contagios. Las mascarillas con que lleguen los funcionarios, intervinientes o público, si son desechables, deberán ser descartadas en basureros con tapa, y reemplazadas por otra que usarán durante su jornada laboral. En caso de tratarse de mascarillas reutilizables, la persona deberá guardarla en una bolsa plástica, debiendo utilizar una mascarilla durante su jornada laboral. Respecto de las fiscalizaciones, la Asociación Chilena de Seguridad deberá hacer una inspección de las instalaciones, sobre todo por el tema de las demarcaciones de distancia en los espacios comunes, como las salas de audiencias. El protocolo señala que está prohibido dejar mascarillas que han sido recientemente utilizadas sobre escritorios u otros muebles del tribunal o unidad judicial, y que los usuarios y reos deben usar mascarillas. También, que toda persona que pretenda ingresar a dependencias del Poder Judicial deberá controlarse la temperatura y se impedirá el ingreso a quienes registren niveles superiores al máximo establecido por la autoridad sanitaria.