COLUMNAS DE OPINIÓN: Investigar sobre Pueblos Indígenas en Chile
COLUMNAS DE OPINIÓN: Investigar sobre Pueblos Indígenas en Chile ENFOQUE académico que ha hecho valer una cultura y sus instituciones de modo monolítico.
Por ello, en el centro de este debate está la educación, el modo en que se abordan las relaciones y conocimientos visibilizando las relaciones de poder asimétricas y las desigualdades existentes en la sociedad en el trabajo académico.
Para abordar esta perspectiva en relación con la investigación jurídica de los pueblos indígenas, es necesario revisar el modo en que el conocimiento se ha construido en estos dos siglos, como un ejercicio de supremacía Investigar sobre Pueblos Indígenas en Chile Las Universidades y sus académicos nos regimos por el método científico, debiendo cumplir con parámetros exigentes que se traducen muchas veces en publicaciones indexadas.
Ese camino se contrapone en ocasiones a la interculturalidad, comprendida como una convivencia de respeto y legitimidad en todos los grupos de la sociedad, como una herramienta, como un proceso y proyecto que se construye desde las personas en la interacción. Se crítica entonces, al mundo Amaya Alvez Marin Abogada-Colectiva Justicia en Derechos Humanos occidental, de raíz eurocéntrica, sin participación de los pueblos indígenas como sujetos de conocimiento. Para abordar esta tarea parece necesaria una reflexión crítica del modo en que el derecho ha invisibilizado la existencia, derechos y particularidades de los pueblos indígenas.
En la Constitución de 1822, firmada por Bernardo O'Higgins, en calidad de Director Supremo, encontramos la primera y única expresión de rango constitucional que mandata "cuidar la civilización de los indios del territorio". Dicha tarea correspondía al Congreso, junto con la de "demarcar el territorio del Estado, los límites de los departamentos, situar las poblaciones y titularlas" (capítulo IV, artículo 47, numerales 6 y 28). Una metodología intercultural debiera permitir un diálogo horizontal entre estudiantes, académicos y dirigentes de organizaciones indígenas con pertinencia territorial. Este diálogo supone un aprendizaje bidireccional, no estático en el tiempo y en el que el derecho se interroga en los bienes jurídicos protegidos, su protección y garantía.
Las escuelas de derecho pueden contribuir con formación jurídica que prepare abogados, fiscales, defensores y académicos con conocimientos en materia de derechos humanos, pero también del proceso de invisibilización de los pueblos indígenas en materias constitucionales y legales, la necesidad de superar miradas hegemónicas para aceptar las diversas fuentes del derecho, por ejemplo, el derecho consuetudinario indígena, y superar el estándar de civilización europeo como única fuente de referencia aceptada.
Nos parece que el Informe para la Paz y el Entedimiento (2025) y las políticas públicas que de esta Comisión Presidencial se han derivado, como por ejemplo el proyecto de reforma a la Constitución para el reconocimiento de los pueblos indígenas, son una magnífica oportunidad para un giro hacia la enseñanza jurídica intercultural. Supone asumir la consulta indígena como una oportunidad de aprender, de conocer, de comprender; y la necesidad de co-producción de conocimiento ancestral y científico..