En qué consiste la objeción de conciencia que fue aprobada en el Consejo Constitucional
Logró ocho votos a favor en la comisión de Principios y debe ser ratificada en el Pleno En qué consiste la objeción de conciencia que fue aprobada en el Consejo Constitucional Consejo Constitucional Consejo Constitucional J. VALENZUELA / M. ARRIAGADA J. VALENZUELA / M. ARRIAGADA tucional trabajan contrarreloj. Las comisiones tienen hasta la noche del miércoles para votar hasta total despacho los artículos y enmiendas del anteproyecto elaborado por los expertos, para posteriormente iniciar la discusión en el Pleno. Una de las enmiendas que causó más controversia provino de la cmisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos. Por ocho votos contra cuatro, los consejeros decidieron incluir la objeción de conciencia individual e institucional en el derecho que garantiza la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
La definición Según el constitucionalista de la Universidad Adolfo Ibáñez (UAT), Rodrigo Correa, la objeción de conciencia es la negativa de una persona u institución de acatar leyes invocando motivos éticos o religiosos. "Es una reclamación que hace una persona de no respetar una ley porque choca con sus convicciones religiosas. Al reconocerla como un derecho, lo que se está haciendo es otorgarles a los individuos un derecho a no cumplir las leyes cuando se define que estas leyes son contrarias a sus convicciones", explica. En Chile ya existe la objeción de conciencia, pero sólo en ciertas leyes. Por ejemplo, un médico o un hospital pueden eximirse de practicar un aborto si sus convicciones lo impiden. Según el profesor Correa, con esta enmienda la objeción podría ampliarse a otras materias. "Hay dos innovaciones. Primero no hay ningún contorno, no es una objeción de conciencia de una materia específica, sino que es una objeción de conciencia general.
En segundo lugar, está estableL os integrantes del Consejo Consticido por la Constitución y no por la ley, dejando al legislador desarmado para establecer una obligación categórica de la cual un ciudadano no pueda eximirse", explica.
Cuándo se puede aplicar La enmienda surgió a partir de dos iniciativas populares de norma que lograron sumar 17.743 firmas de la ciuda**'Da pie para que instituciones, tales como clínicas, universidades, colegios u empresas eximan su responsabilidad de cumplir con la ley", dice la consejera Jessica Bengoa. danía.
Así, la enmienda logró aprobarse gracias a los votos a favor de Mariela Fincheira (Republicanos), María Gatica (Republicanos), María de los Ángeles López (Republicanos), Miguel Rojas (Republicanos), Luis Silva (Republicanos. ), Ivonne Mangelsdorff (RN), Carmen Montoya (Republicanos) y Carolina Navarrete (UDI). El consejero Rojas es uno de los patrocinadores de la enmienda. Explica trocinadores de la enmienda. Explica trocinadores de la enmienda.
Explica que la objeción de conciencia, a su juicio, podría aplicarse no solo en el aborto, sino que incluso para circular libremente durante los toques de queda. "Cuando había una ley que limitaba la salida de las personas por el Covid, a muchas personas por su fe les hacía bien ira un templo y poder reunirse. Ahíno se puede aplicar la objeción de conciencia, se respetaría la libertad de las personas para ir a un templo", arguye Rojas. Su par en la comisión de Principios Carolina Navarrete (UDI) complementa con otro ejemplo: "Puede existir objeción de conciencia en una persona que no quiera hacer el servicio militar porque es pacifista", asegura.
Atención a pacientes La propuesta fue resistida por la consejera Marcela Araya (PS), quien fue uno de los votos en contra de comisión. "Esta enmienda promovida por la derecha podría perfectamente permitir que un médico se niegue a prestar atención a pacientes bajo argumentos de objeción de conciencia, o una institución niegue prestar sus servicios si es que la persona que lo requiera no se encuentre dentro de los cánones institucionales", asegura. Por su parte, la consejera Jessica Bengoa (Convergencia Social) acota que la iniciativa permite que la gente "no La enmienda surgió a partir de dos iniciativas populares de norma que lograron sumar 17.743 firmas.
RAUL BRAVO responda ante la ley" si se invocan determinadas creencias. "Regresiva y perjudicial" "La nueva enmienda aprobada nos resulta altamente regresiva y perjudicial, ya que da pie para que instituciones, tales como clínicas, universidades, colegios u empresas eximan su responsabilidad de cumplir con la ley en función de sus propias convicciones. En términos prácticos, basta con invocar religión o creencia para no responder ante la ley", señala la consejera que representa a Magallanes. Otro crítico de la iniciativa es el propio constitucionalista Jorge Correa. ""Esto es una objeción de conciencia general. Está reconociendo que usted diga "mire, mi religión prohíbe pagarimpuestos. Entonces, la Constitución ahora me reconoce una objeción de conciencia por algo que considero contrario a mi religión", señala. La consejera Navarrete se defiende de las críticas. "Esto sólo se invoca cuando esté en peligro tu confianza, tu tranquilidad o cuando esté en peligro tu vida o integridad física. No es venir y decir que no pagaré el transporte público porque lo pago a través de otras cosas", asegura. La enmienda debe ser sometida a votación en el Pleno, que comenzará a sesionar desde el 12 de septiembre. En qué consiste la objeción de conciencia que fue aprobada en el Consejo Constitucional.