Extractos: CONCEPCIÓN
Extractos: CONCEPCIÓN Municipalidad de PUBLICIDAD ¡ La mejor ciudad de Chile! Nº 08CT 2026. / VISTOS:la carta MPE Nº073/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025 de la empresa TAPUSA S.
A. ; en el cual, solicita autorizar suspensión de tránsito de calle Padre Hurtado, el ordinario Nº 17 de fecha 06 de enero de 2026, de la Dirección de Tránsito; el oficio Nº 1015/2026 SRM-BIO de fecha 12 de enero de 2026 de la SEREMI DE TRANSPORTES REGIÓN DEL BIO BIO; teniendo presente lo establecido en el artículo 172 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1 de fecha 20 de enero de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.290, Ley de Tránsito; el Reglamento Interno Nº2-22 de fecha 17 de marzo de 2022, sobre Estructura, Funciones y Coordinación Interna de la Municipalidad de Concepción; el D.F.L.
Nº1-19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Articulo 3 Ley Nº19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Él articulo 63 letra j) del DFL Nº01 Ley Orgánica de Municipalidades, que establece la facultad de delegación de funciones propias del Sr. (a) Alcalde(sa); la Ley Nº21.180 de Transformación Digital del Estado; la Ley Nº8.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales; Ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicio de certificación de dicha firma; la Resolución Nº 36-24 de 23 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la Republica que fija normas de Exención del Trámite de Toma de Razón; Sentencia de Proclamación del Sr.
Alcalde Nº07, el Acta de Escrutinio General y Calificación de la Elección de Alcalde de la comunas de Concepción dictada por el Tribunal Electoral Regional, de fecha 02 de diciembre de 2024; el articulo 3 de la Ley Nº19.880 que establece bases de los procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado; las atribuciones que me confiere el Articulo Nº19 letras c) del Reglamento N04 de fecha 30 de septiembre de 2024; los artículos 12,56 Inciso 1 y 63 de la Ley Nº18695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo establecido Enel decreto Alcaldicio de Subrogancia Secretaria Municipal Nº 1478, de fecha 17 de diciembre de 2024. DECRETO 1. Dispónese la suspensión del tránsito vehicular en calle Padre Hurtado entre Avda.
Chacabuco y Pedro de Valdivia, desde las 11:00 horas del dia Martes 27 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026, con el objeto que la empresa TAPUSA S.A., RUT. : 76.530.518-7, ejecute trabajos del proyecto "Mejoramiento Paso Superior Esmeralda y Vialidad Asociada' cuyo mandante es SERVIU. 2. Dispónese asimismo que calle Arturo Prat entre Avda. Chacabuco y Pedro de Valdivia deberá opera Bidireccionalmente durante todo el periodo en que se encuentre suspendido el tránsito por calle Padre Hurtado 3. Déjese establecido que los servicios de locomoción colectiva con destino a la comuna de Chiguayante y Hualqui que utilizan calle Padre Hurtado deberán desviarse de acuerdo al siguiente desvió · Avda. Padre Hurtado San Martín Serrano Avda. Chacabuco A. Prat -Pedro de Vladivia Recorrido Habitual 4.
Establécese que la empresa TAPUSA S.A., deberá confeccionar, instalar y mantener durante la faena, toda la señalización que dispone el capítulo V del Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes, la que debe incluir elementos destellantes del tipo baliza. 5. Se deberán habilitar áreas para la circulación y cruce de peatones debidamente segregados de la obra, de modo de garantizar su seguridad. Por otra parte, deberá brindar condiciones de acceso de residentes vehículos policiales de emergencia y comercio existente. 6. Se deja establecido que la Avda.
Padre Hurtado forma parte de la Red Vial Básica, no obstante, por tratarse de una obra de interés municipal no corresponde en este caso efectuar el pago de los derechos establecidos en el artículo 6 numeral 5 de la Ordenanza Nº 3 del 24 de octubre de 2024, sobre Derechos Municipales. 7.
Dispónese que el presente decreto se deberá publicar en un diario de circulación regional antes del inicio de las faenas, conforme lo establecido en el artículo 172 de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito. 8. Encomiéndese el control a lo dispuesto en el presente Decreto a Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales Municipales. POR ORDEN DEL ALCALDE ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE, RODRIGO DIAZ AGUILERA SECRETARIO MUNICIPAL (S) RENE ALFREDO DUFEU FULLER DIRECTOR DE TRÁNSITO (S).