Autor: E. CANDIA
Corte Suprema ratificó la absolución del exgeneral Fuente-Alba por lavado de activos
Corte Suprema ratificó la absolución del exgeneral Fuente-Alba por lavado de activos Negó la nulidad del juicio de 2024: tribunal, se “hace presente que los jueces del fondo tuvieron por acreditados los hechos típicos y antijurídicos de malversación de caudales públicos”. Esto es, “la entrega al acusado Fuente-Alba de seis millones de pesos mensuales para su uso y beneficio personal; diez millones de pesos mensuales para gastos de funcionamiento y mantención de la casa destinada al comandante en jefe del Ejército; ciento veinte millones de pesos que recibió en el mes de marzo de 2014, cuando había terminado su mandato y pagos adicionales al viático por las comisiones de servicio al extranjero, todas cifras que sumadas superan los ochocientos millones de pesos en el período investigado”. Sin perjuicio de Los supuestos ilícitos de lavado de activos que habrían cometido Juan Miguel FuenteAlba Poblete, ex comandante en jefe del Ejército, y su esposa, Anita María Pinochet Ribbeck, entre 2010 y 2016, no habrían sido tales. Así lo explicó el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago el 5 de agosto de 2024, tras emitir el fallo del juicio. Y así lo ratificó la Corte Suprema, tras la resolución a la que llegó tras deliberar por el recurso de nulidad que presentó el Ministerio Público que buscó revertir la decisión de primera instancia. Aquella resolución de 2024 hizo eco por las observaciones que emitió el tribunal respecto d e l t r a b a j o d e l Ministerio Público.
“Las deficiencias en la investigación y la insuficiencia probatoria han impedido elevar el nivel de convicción desde la mera sospecha lo anterior, la Suprema sostuvo en su decisión que “en consecuencia, n o h a b i é n d o s e configurado los errores de derecho que se denuncian, ni los mismos han determinado la absolución de los imputados, pues esa decisión se sustenta en la falta de comprobación de las maniobras de lavado atribuidas en la acusación”. Por lo anterior, “se rechazan los recursos de nulidad promovidos por el Ministerio Público y por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de la sentencia dictada con fecha cinco de agosto de dos mil veinticuatro y el juicio oral que le antecedió”. La resolución fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Juan Carlos Ferrada. hasta la certeza jurídica requerida en materia penal”. Eso sí, esta causa de lavado de activos tenía su origen en un “delito base”: la malversación de caudales públicos. Respecto de este ilícito, es la justicia militar la que continúa con una indagatoria en torno a $3.500 millones, por hechos que presuntamente se habrían cometido entre 2010 y 2014. Y aunque ayer la Corte Suprema emitió el fallo que resolvió el recurso de nulidad, no se pronunció respecto de esto, como sí lo había hecho el Cuarto TOP. Según el fallo del máximo JURISDICCIÓN La investigación por malversación es llevada adelante por la justicia militar, a diferencia del lavado de activos. Autor: E. CANDIA. A su vez, el máximo tribunal evitó pronunciarse por malversación, aún investigada por la justicia militar. JURISDICCIÓN La investigación por malversación es llevada adelante por la justicia militar, a diferencia del lavado de activos.