Resolución exenta número 308, de 2026.- Declara emergencia agrícola por los efectos de daño productivo derivados de situación de déficit hídrico, para regiones que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.454 Miércoles 20 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2810579 MINISTERIO DE AGRICULTURA DECLARA EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE SITUACIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO, PARA LAS REGIONES QUE SE INDICAN (Resolución) Núm. 308 exenta. - Santiago, 11 de mayo de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en el DFLN 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; la Ley N 21.796, de Presupuestos del Sector Público para el año 2026; el DFLN 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley 21.364 que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, sustituye la Oficina Nacional de Emergencia por el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres; el decreto supremo N 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, del Título I de la ley 16.282, sobre disposiciones permanentes para coordinado y sistematizado casos de sismos o catástrofes; el decreto N 434, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba la Política Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres 2020-2030; la resolución exenta N 309, de 2021, del Ministerio de Agricultura, que Aprueba el Plan Operativo de Emergencia del Ministerio de Agricultura, y la resolución exenta N 525, de 2025, que Actualiza Plan Nacional Operativo de Emergencia del Ministerio de Agricultura en lo que indica; el decreto exento N 12, de 2026, del Ministerio de Agricultura, que Aprueba Plan Sectorial para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura; el oficio N 104, de 2026, del Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Atacama; el oficio N 18, de 2026, del Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo; el oficio N 96, de 2026, del Delegado Presidencial de la Región de Atacama; el oficio N 117, de 2026, del Delegado Presidencial de la Región de Coquimbo, y la resolución N 36, de 2024, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, modificada y complementada por resolución N 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. - Que la Ley N 21.796 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026, en la Partida del Ministerio de Agricultura.
Programa 01, Capítulo 01, Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 369, consideró recursos especiales para financiar situaciones o gastos no previstos, causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencia o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, situaciones que deberán ser definidas por resolución fundada del Ministerio de Agricultura. 2.- Que, la ley N 21.364 ,que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, dispone la coordinación de los órganos del Estado en la gestión del riesgo de desastres, incluyendo la adopción de medidas para la preparación y respuesta ante eventos que afecten al sector silvoagropecuario. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2810579 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.454 Miércoles 20 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 3. - Que, el decreto N 434, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba la Política Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres 2020-2030, fija lineamientos para la reducción del riesgo y la adopción de medidas de respuesta frente a amenazas de origen natural, entre ellas, el déficit hídrico. 4.- Que, desde el año 2022 y en los últimos años, las regiones de Coquimbo y Atacama han enfrentado prolongados periodos de déficit hídrico y sequía, lo que ha motivado que dichas regiones sean declaradas en emergencia agrícola, debido a los efectos que estas condiciones han generado en el sector silvoagropecuario. 5.- Que el Acta N 1, de 2026, del Comité Asesor Regional de Gestión Integrada de Riesgos Ampliado (Cargir) de la Región de Coquimbo, da cuenta de la revisión de los antecedentes técnicos y sectoriales disponibles -incluyendo el Informe Técnico del INIA, las condiciones climáticas, los caudales y la situación de los pozos informados por Prommray la Comisión Nacional de Riego (CNR), así como la hoja de ruta del Gobierno Regional y el plan hídrico de Corfo-, los cuales evidencian la persistencia del déficit hídrico y la sequía.
En virtud de ello, se acordó solicitar la ampliación o una nueva declaración de emergencia agrícola para el año 2026.6.- Que, atendidos los antecedentes administrativos y técnicos referidos en el considerando precedente, a través del oficio N 18, de 2026, del Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo, se solicitó al Delegado Presidencial Regional correspondiente, la declaración de emergencia agrícola para dicha zona. 7.- Que, en consecuencia, mediante oficio N 117, de 2026, la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo requirió a esta Secretaría de Estado la declaración de emergencia agrícola para la zona indicada. 8.- Que, respecto de la Región de Atacama, el acta del Comité Asesor Regional de Gestión Integrada de Riesgos Ampliado (Cargir), de fecha 16 de abril de 2026, consigna que dicha instancia analizó el informe elaborado por el equipo profesional del INIA junto con los antecedentes de terreno. Se revisaron los promedios históricos de caudales en ríos como el Huasco, los volúmenes reducidos de embalses, los descensos críticos en los niveles freáticos y las pérdidas de rendimiento de pozos.
A partir de ello, se concluyó la necesidad de solicitar nuevamente al Ministro de Agricultura una declaratoria de emergencia, acordando formalizar dicha petición. 9.- Que, mediante el oficio N 104, de 2026, el Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Atacamasolicitó al Delegado Presidencial Regional la declaración de emergencia agrícola para dicha región, fundando tal solicitud en los antecedentes técnicos mencionados precedentemente, los que evidencian los efectos del déficit hídrico y la sequía. 10. - Que, consecuentemente, mediante el oficio N 96, de 2026, la Delegación Presidencial Regional de Atacama solicitó a esta Secretaría de Estadola declaración de emergencia agrícola, en atención a los efectos derivados del déficit hídrico y la sequía. 11. - Que, toda vez que esta Cartera de Estado ha recepcionado los antecedentes técnicos y administrativos mencionados precedentemente, los que dan cuenta de la persistencia de las condiciones de déficit hídrico en las regiones de Atacama y Coquimbo, se ha estimado procedente acceder a declarar la situación de emergencia agrícola para tales regiones. 12. - Que, la presente declaratoria de emergencia permitirá, en el marco de la normativa vigente y previa autorización de la Dirección de Presupuestos, concurrir en apoyo de los productores agrícolas y habitantes rurales afectados, mediante la implementación y articulación de medidas orientadas a enfrentar los efectos del déficit hídrico, incluyendo la canalización de apoyos a través de Gobiernos Regionales, municipalidades y otros organismos públicos competentes. Resuelvo: 1.
Declárese situación de emergencia agrícola por los efectos de daños productivos derivados del déficit hídrico, hasta el 30 de septiembre de 2026, en las regiones que se indican a continuación: Región Motivo Vigencia Provincias/Comunas Atacama Declárese 30 de septiembre de 2026 Todas las comunas Coquimbo Declárese 30 de septiembre de 2026 Todas las comunas Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2810579 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.454 Miércoles 20 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 2. - Determínese que las ayudas que se otorguen en el marco de la presente resolución, previa autorización de la Dirección de Presupuestos, estarán destinadas a productores agrícolas, apícolas y ganaderos de las regiones y comunas señaladas, de conformidad a los procedimientos y lineamientos que disponga la autoridad competente. 3.- Reevalúense las condiciones que motivan la presente declaración al término del período señalado, o cuando las circunstancias lo ameriten, con el objeto de determinar, sobre la base de antecedentes técnicos actualizados, la eventual prórroga de la medida o la incorporación de nuevas regiones. 4.- Remítase una copia de la presente resolución a la Dirección de Presupuestos. Anótese, comuníquese y publíquese. - Jaime Campos Quiroga, Ministro de Agricultura. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Rafael Reyes Cuevas, Jefe Gabinete, Subsecretaría de Agricultura. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2810579 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl