Autor: Alberto Precht f A ss. Director ejecutivo A, Chile Transparente Pp
ESPACIO ABIERTO
Protección a denunciantes de corrupción
N su sexta acepción, la RAE define el verbo “pinchar” como la intervención de una línea o comunicación telefónica.
Es dicha práctica una de las herramientas de vigilancia utilizada por servicios de inteligencia para contar con evidencia sobre la existencia de casos de terrorismo, narcotráfico o algunos que pongan en riesgo la seguridad de la nación. El problema surge cuando estas herramientas intrusivas se utilizan como medida correctiva para quienes denuncian o investigan corrupción. Este tipo de medidas mal utilizadas han cobrado diversas víctimas a lo largo del mundo. Desde el actual Primer Ministro británico Boris Johnson, pasando por estrellas de Hollywood como Jude Law, hasta llegar a personas comunes y corrientes como las espiadas por el gobierno de EE.UU. En 2013. Chile no se encuentra ajeno a esta realidad. Se conoció que el Ejército ha interceptado las comunicaciones de denunciantes de irregularidades al interior de la institución entre 2016 y 2017.
Tales medidas, según señalan las autoridades civiles y militares, se encuentran amparadas por la respectiva autorización judicial que exige la ley de inteligencia, pero es dable pensar si es que sus presupuestos materiales se cumplieron ono. La lectura que se puede hacer sobre esta situación es clara: si decides denunciar casos de corrupción en el Ejército, no solo te van a hostigar, sino también te van a espiar. Lo mismo ocurre con quienes investigan las irregularidades en la institución: el periodista Mauricio Weibel puede dar fe de aquello. Dicha situación se observa precisamente porque Chile no cuenta con un sistema integral que proteja a los denunciantes e investigadores de actos de corrupción.
Tal protección debe ser total, resguardando hasta el más mínimo aspecto de la vida laboral y personal del llamado “soplón”. Según Transparencia Internacional esto implica preservar la confidencialidad de los antecedentes aportados, garantizar el anonimato del denunciante y protegerlo de todo tipo de represalias en un marco de conservación de derechos.
Más aún, agrega la Comisión Europea, este sistema debe considerar borrar periódicamente los canales de información que existan para comunicarse con los acusadores, al tiempo que se provea de delación multinivel, que incluya a distintos organismos o incluso diversos estados. Lamentablemente, la ausencia de protección de denunciantes solo deja en una posición muy riesgosa a las personas e instituciones que cada día trabajan por visibilizar y erradicar la corrupción en el país.
En definitiva, mientras no existan estas garantías mínimas para la integridad de víctimas y testigos de corrupción, solo se puede sugerir tener mayor precaución sobre lo quese habla y con quien se habla y exigir del Estado el uso racional, respetando las garantías constitucionales de normas como la denominada ley de inteligencia.