Resolución número 500, de 2025.- Dicta normas para la ejecución presupuestaria del año 2026
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.385 Miércoles 25 de Febrero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2769958 MINISTERIO DE HACIENDA Dirección de Presupuestos DICTA NORMAS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL AÑO 2026 (Resolución) Núm. 500. - Santiago, 31 de diciembre de 2025. Vistos: Lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley N1.263 de 1975, y la ley N21.796 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2026.
Resuelvo: Determínase que: APORTE FISCAL LIBRE El Servicio de Tesorerías pondrá a disposición de los organismos del Sector Público los fondos que se consulten en el respectivo ítem del subtítulo 27 Aporte Fiscal Libre, del Programa 05, Capítulo 01, de la Partida 50 Tesoro Público, mediante depósitos directos en las cuentas bancarias correspondientes o a través de otros mecanismos que se dispongan.
PROGRAMA DE CAJA La Dirección de Presupuestos formulará y comunicará mensualmente al Servicio de Tesorerías un Programa de Caja que constituirá autorización de pago o de entrega de Aporte Fiscal, válido solo para el mes correspondiente. Asimismo, lo pondrá en conocimiento de los organismos del sector público que se encuentren incluidos en dicha programación.
El Programa de Caja podrá modificarse en el transcurso de cada mes, tanto por reprogramación de Aporte Fiscal u otros fondos autorizados, como por ajustes realizados en función de los pagos efectuados por la Tesorería General de la República en el marco de la aplicación del Sistema de Pago Centralizado. GIRO DE FONDOS Los organismos del sector público operarán centralizadamente para obtener del Servicio de Tesorerías los fondos autorizados por el Programa de Caja.
Los aportes que reciba el organismo a nivel central podrá asignarlos internamente a sus Unidades Operativas por remesas mediante transferencia electrónica o cheques de su cuenta bancaria, u otro sistema a través del Banco del Estado de Chile, u otros cuando corresponda.
Las transferencias para entidades públicas o privadas consultadas en los presupuestos de un organismo del sector público se entregarán a la entidad beneficiaria mediante transferencia electrónica de la cuenta bancaria de dicho organismo u otro procedimiento de provisión de fondos que se convenga.
En lo que respecta a las municipalidades e instituciones de Educación Superior, las cuotas del aporte fiscal serán puestas a disposición de éstas por el Servicio de Tesorerías de acuerdo con la distribución que se señale en el Programa de Caja la Dirección de Presupuestos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2769958 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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