INVERSIONES JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 77.568.626-K
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.440 Lunes 4 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2805449 EXTRACTO HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular 26ª Notaría Santiago, Avda. Apoquindo Nº 3196, comuna Las Condes, CERTIFICA: Por escritura pública hoy, ante mí, Sres.
JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL, Chileno, Casado y Separado Totalmente de Bienes, Químico Farmacéutico, 34 años de edad, CNI y RUT N 18.091.970-8, domiciliado en Avenida Rukan N 214, casa 163, Comuna de Colina, Santiago, y; ELIZABETH EVELYN GANDARA GODOY, Chilena, Casada y Separada Totalmente de Bienes, Contador, 50 años de edad, CNI y RUT N 13.035.782-2, domiciliada en Avenida Rukan N 214, casa 167, Comuna de Colina, Santiago, acordaron la modificación y transformación de la empresa individual de responsabilidad limitada “INVERSIONES JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “INVERSIONES GANDARA E.I.R.L.
”, RUT N 77.568.828-K, Capital: $10.000.000, constituida por escritura pública de fecha 01/04/2022, suscrita ante el Notario Público doña Pamela Francis Potter Trisotto, Suplente del Titular de la 51ª Notaría de Santiago de don Iván Tamargo Barros, la que en extracto se inscribió a fs. 27.246 N 12.571, en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2022, publicado en el D.O. de fecha 11/04/2022, en su Edición N 43.226, CVE 2112524, en la forma siguiente: /I/ Cesión de Derechos: JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL, vende, cede y transfiere el 30% de sus derechos que le corresponden en la referida empresa a ELIZABETH EVELYN GANDARA GODOY, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $3.000.000, que cesionaria paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo a cedente quien declara integra y totalmente pagado precio pactado y otorga la cancelación respectiva.
Como consecuencia de cesión de derechos que da cuenta en la cláusula Tercera letra /a/ de este instrumento, la conformación societaria y participación resultante de esta cesión de derechos pasa a ser la siguiente: JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL, con una participación de un 70% del total del haber social y ELIZABETH EVELYN GANDARA GODOY, con una participación de un 30% del total del haber social. /II/ Transformación social: Actuales y únicos socios, JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL y ELIZABETH EVELYN GANDARA GODOY, acordaron transformar la empresa individual de responsabilidad limitada en una sociedad comercial de responsabilidad limitada, que girará con el nombre de “SOCIEDAD DE INVERSIONES PACIFICO SUR LIMTADA” efectuando una reforma de sus estatutos que incluye modificaciones en nombre, objeto y demás inherentes a nueva forma societaria, de acuerdo a estatuto que extracto.
Nombre: La razón social será: “SOCIEDAD DE INVERSIONES PACIFICO SUR LIMITADA”, nombre de fantasía “INVERSIONES PACIFICO SUR LTDA.”. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales u oficinas en cualquier lugar del país o del extranjero. Duración: La duración será de 5 años contados desde esta fecha, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años misma forma señalada escritura que extracto.
Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La fabricación, compra, venta, importación, exportación, distribución y suministros de toda clase de medicamentos, sustancias químicas, productos farmacéuticos, de cuidado e higiene personal, cosméticos, perfumerías, productos homeopáticos, naturales, vitaminas y de veterinaria; insumos hospitalarios, accesorios, equipos médicos y alimentos, suplementos alimenticios, bebidas y snack; artículos de óptica, telefonía y fotografía; así como mercaderías en general y de consumo masivo, y; b) La organización, administración y explotación de redes de cadenas de establecimientos de comercio para el expendio de los productos anteriormente mencionados, tales como farmacias, minimarkets, autoservicios, tiendas de conveniencia y similares, c) Invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios.
Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2805449 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.440 Lunes 4 de Mayo de 2026 Página 2 de 2 ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia a dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, d) prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios, en especial en materias financieras, económicas, comerciales, técnicas, así como en evaluación de proyectos e inversiones y otros fines.
Para el cumplimiento de sus objetos, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales o cuotas en ellos; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de proyectos, negocios, empresas o sociedades y participar en ellos; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases y, en general, ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar todas aquellas actividades vinculadas, conducentes, necesarias y/o que los socios estimen adecuados al fin social y convenientes para los intereses de la sociedad, pudiendo invertir los fondos disponibles de la misma y comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones, así como garantizar obligaciones de los socios, constituyéndose la sociedad en aval, codeudora solidaria o fiador, u otorgando cualquier otro tipo de garantías reales o personales, pudiendo para tales efectos hipotecar, prendar y gravar en cualquier forma los bienes sociales.
Capital: El capital es la suma de $10.000.000, el que se encuentra aportado, enterado y pagado por los socios de la siguiente forma: a) JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL, aporta la suma de $7.000.000, equivalente a un 70% del total del haber social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero en efectivo e ingresados en la caja social, y, b) ELIZABETH EVELYN GANDARA GODOY, aporta la suma de $3.000.000, equivalente a un 30% del total del haber social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero en efectivo e ingresados en la caja social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.
Administración: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios JOAN ALEXIS GANDARA ORMAZABAL y ELIZABETH EVLYN GANDARA GODOY, quienes anteponiendo a su firma la razón social obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultades que constan en escritura que extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2026. H. Quezada M. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2805449 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl