Caracuel Burgos Alejandro Emilio
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.851 Miércoles 15 de Mayo de 2024 Página 27 de 27 autorización para comparecer de manera remota, de conformidad al artículo 427 bis del Código del Trabajo. Se hace presente a las partes que para la audiencia de juicio deberán acompañar materialmente los documentos ofrecidos en la audiencia preparatoria.
Notifíquese por correo electrónico a la parte demandante y a las demandadas CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE, CONSTRUCTORA GARDILCIC LIMITADA, AURA INGENIERÍA S.A., ZUBLIN INTERNATIONAL GMBH CHILE SpA, EMPRESA DE MONTAJES INDUSTRIALES SALFA S.A., GEOVITA S.A., EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE S.A., SOLETANCHE BACHY CHILE SpA, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES MÁS ERRÁZURIZ LIMITADA, ANGLO AMERICAN SUR, CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE DIVISIÓN ANDINA y CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCCIÓN CORFO y CERRO GRANDE MINING CORPORATION.
Notifíquese a las demandadas SOCIEDAD DE CONSTRUCCIONES MINERAS SpA, EMPRESA CONSTRUCTORA DELTA S.A., COMPAÑÍA MINERA PIMENTÓN EN LIQUIDACIÓN, ACEROS CHILE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A., ACEROS CHILE S.A., JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. y SOCIEDAD MINERA MILYNER LIMITADA, por carta certificada remitida a los domicilios en los que fueron previamente emplazadas.
Notifíquese a las demandadas RINA S.A., RUT N96.685.330-1, representada por doña Pamela Araya Totoral, cédula de identidad N6.458.421 -9 y EMPRESA NACIONAL DEL CARBÓN S.A. (EN LIQUIDACIÓN), RUT N90.154.000-4, representada por don Raúl Díaz Navarro, se ignora cédula de identidad, y/o por don Luis Novoa Sáez, cédula de identidad N4.838.476 -5, de la presente resolución, según lo establecido en el artículo 439 del Código del Trabajo, esto es, mediante un aviso publicado en el Diario Oficial, debiendo hacer llegar a este Tribunal la notificación por aviso en comento con 10 días de antelación a la celebración de la audiencia fijada. Dicho aviso deberá contener los mismos datos que se exigen para la notificación personal. Efectúese extracto por la Ministro de Fe del Tribunal para los efectos de la notificación solicitada. RIT O-232-2023 RUC 23-4-0477207-4 Proveyó don FELIPE EDUARDO CABRERA CELSI, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua. En Rancagua a veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
RESOLUCION: Rancagua, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro Se complementa la resolución de fecha 23 del actual en el sentido de que la audiencia preparatoria se realizará el día 05 de junio de 2024, a las 09:50 horas.
Notifíquese por correo electrónico a la parte demandante y a las demandadas CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE, CONSTRUCTORA GARDILCIC LIMITADA, AURA INGENIERÍA S.A., ZUBLIN INTERNATIONAL GMBH CHILE SpA, EMPRESA DE MONTAJES INDUSTRIALES SALFA S.A., GEOVITA S.A., EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE S.A., SOLETANCHE BACHY CHILE SpA, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES MÁS ERRÁZURIZ LIMITADA, ANGLO AMERICAN SUR, CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE DIVISIÓN ANDINA y CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCCIÓN CORFO y CERRO GRANDE MINING CORPORATION.
Notifíquese a las demandadas SOCIEDAD DE CONSTRUCCIONES MINERAS SpA, EMPRESA CONSTRUCTORA DELTA S.A., COMPAÑÍA MINERA PIMENTÓN EN LIQUIDACIÓN, ACEROS CHILE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A., ACEROS CHILE S.A., JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. y SOCIEDAD MINERA MILYNER LIMITADA, por carta certificada remitida a los domicilios en los que fueron previamente emplazadas.
Notifíquese a las demandadas RINA S.A., RUT N96.685.330-1, representada por doña Pamela Araya Totoral, cédula de identidad N6.458.421 -9 y EMPRESA NACIONAL DEL CARBÓN S.A. (EN LIQUIDACIÓN), RUT N90.154.000-4, representada por don Raúl Díaz Navarro, se ignora cédula de identidad, y/o por don Luis Novoa Sáez, cédula de identidad N4.838.476 -5, de la presente resolución, según lo establecido en el artículo 439 del Código del Trabajo, esto es, mediante un aviso publicado en el Diario Oficial, debiendo hacer llegar a este Tribunal la notificación por aviso en comento con 10 días de antelación a la celebración de la audiencia fijada. Dicho aviso deberá contener los mismos datos que se exigen para la notificación personal. Efectúese extracto por la Ministro de Fe del Tribunal para los efectos de la notificación solicitada. RIT O-232-2023 RUC 23-4-0477207-4 Proveyó don FELIPE EDUARDO CABRERA CELSI, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua. En Rancagua a veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Jefa de Unidad. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2488672 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.851 Miércoles 15 de Mayo de 2024 Página 2 de 2 respuesta de Fonasa, informando que Alejandro Emilio Caracuel Burgos, no registra domicilio en su base de datos. 4. En folio 51 consta respuesta Carabineros de Chile, informando que no existen registros domiciliaros vinculados a don Alejandro Emilio Caracuel Burgos, RUN N 14.930.204-2, en sus registros físicos y virtuales. 5.
En folios 52 y 54 consta respuesta del Banco del Estado de Chile, indicando que don Alejandro Emilio Caracuel Burgos, RUT N 14.930.204-2, no se encuentra registrado en su institución, y que, en consecuencia, no aporta datos de dicha persona. 6.
En folios 55,57 y 65 consta respuesta del Servicio de Impuestos Internos, respecto del contribuyente Alejandro Emilio Caracuel Burgos, RUT N 14.930.204-2, informando que consultada sus bases de datos, esta persona no registra domicilio en su sistema. 7.
En folios 62 y 73 consta respuesta del Servicio Electoral de la Región Metropolitana, que informa que no existen datos en el Registro Electoral respecto de Alejandro Emilio Caracuel Burgos, RUT N 14.930.204-2, con domicilio en San Miguel, R. Metropolitana de Santiago, Chile. 8.
En folio 65 y 79, consta respuesta del Servicio de Registro Civil e Identificación, institución que indica que revisada su base de datos, sólo se registra el nacimiento de don Alejandro Emilio Caracuel Brugos, RUN N 14.930.2044-2 inscripción N 11.568, Reg. E1, del año 1971, de la Circunscripción de San Miguel, lo cual implica que a la fecha no ha solicitado Cédula Nacional de Identidad, no siendo posible remitir información sobre aquel. 9. En folios 101,103 y 107 consta respuesta de la Superintendencia de Pensiones, que indica que Alejandro Emilio Caracuel Burgos, RUT N 14.930.204-2, no registra afiliación al Sistema de Pensiones.
Quinto: Que en los folios 10,34 y 37 constan las citaciones efectuadas en el Diario Oficial al desaparecido, don Alejandro Emilio Caracuel Burgos, los días 23 de enero de 2020,6 de febrero 2021 y 14 de abril de 2021.
Sexto: Que en el folio 81 consta la certificación de Secretaría del Tribunal de que en los folios 10,34, y 37 de estos antecedentes, aparece que los días 23 de enero de 2020,6 de febrero y 14 de abril de 2021, respectivamente, se realizaron las publicaciones de la solicitud de autos en el Diario Oficial. Séptimo: Que en folio 112 y con fecha 8 de enero de 2024, consta el informe del Sr.
Defensor de Ausentes, don Cipriano Rodríguez Pino, quien indica que de conformidad con lo prevenido por el artículo 81 del Código Civil, su Ministerio es de opinión que este Tribunal puede declarar la presunción de muerte de don Alejandro Emilio Caracuel Burgos, Cédula Nacional de Identidad N 14.930.204-2, nacido el día 21 de noviembre de 1971, inscrito en el Servicio de Registro Civil Circunscripción San Miguel, bajo el N 11-568, Registro E; declarando asimismo como fecha de su muerte el último bienio del año 1979. Octavo: Que, por todo lo cual, habiéndose oído al Sr.
Defensor de Ausentes y juzgándose agotadas las posibles diligencias para averiguar el paradero del presunto desaparecido, lo mismo que acreditado el interés económico de la solicitante en la declaración, al ser heredera, se concluye que concurriendo los requisitos señalados por el artículo 81 del Código Civil, atinentes al caso concreto, se accederá a la presente gestión, fijándose como día presuntivo de la muerte el 22 de enero de 1981, vale decir, el último del primer bienio contado desde la fecha de las últimas noticias (el 22 de enero de 1979). Y visto lo dispuesto en los artículos 80 y siguientes del Código Civil y las modificaciones introducidas por la Ley N 20.577, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Declárese la muerte presunta de don Alejandro Emilio Caracuel Burgos, nacido el 21 de noviembre de 1971, cuya inscripción se encuentra anotada con el N 11.568, Registro E1, del año 1971, Circunscripción San Miguel, Cédula Nacional de Identidad N 14.930.204-2, fijándose como día presuntivo de su muerte el 22 de enero de 1981, fecha que corresponde al último día, del primer bienio, contado desde el día 22 de enero de 1979, día en que se tuvieron las últimas noticias de la persona indicada. Insértese esta resolución en el Diario Oficial, y ejecutoriada inscríbase en el Registro Correspondiente. Rol V-277-2019. Dictada Por don Christian Diego Vera Lobos, Juez Suplente del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del Art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Marzo de dos mil veinticuatro. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2488482 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl