Decreto exento número 36, de 2026.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Cuesta Chada, Campesinos Asentamiento El Escorial, comuna de Paine, Región Metropolitana de Santiago
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.404 Jueves 19 de Marzo de 2026 Página 1 de 5 Normas Generales CVE 2780364 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA CUESTA CHADA, CAMPESINOS ASENTAMIENTO EL ESCORIAL, COMUNA DE PAINE, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO Núm. 36 exento. - Santiago, 3 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3º Nº 25 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, del 2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en acta de sesión ordinaria de fecha 3 de diciembre de 2025 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1.
Que, la solicitud de declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Sitio de Memoria Cuesta Chada, Campesinos Asentamiento El Escorial, fue presentada en dos ocasiones: - La primera vez, mediante carta de fecha 17 de octubre de 2019, suscrita por la Sra. Flor Lazo, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de Paine; Sra. Tania Larraín, presidenta de la Corporación Memorial Paine; Sr. Ramiro Donoso Leal de la Corporación Memorias del Quillay; Sr. Juan Herrera de la Agrupación Mártires de Paine, y Sr. Edmundo Jiles de la Agrupación José Calderón Miranda. - La segunda vez, mediante carta ingresada por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales con fecha 13 de noviembre de 2024, suscrita por los Sres.
Gustavo González y Fernando Tapia, presidente y secretario de la Agrupación José Calderón Miranda, la Agrupación de Familiares Detenidos Desaparecidos y Ejecutados de Paine (AFDDyE), la Coordinadora Nacional de Sitios de Memoria, el Sitio de Memoria Estadio Nacional y la Corporación Memorial Cerro Chena (CORMECH). Por otra parte, la Agrupación José Calderón Miranda reunió cerca de 86 cartas y 486 firmas digitales de apoyo por parte de vecinos, agrupaciones, familiares y de la sociedad civil. 2.
Que, en el área que se solicita declarar fueron hallados los restos de 14 campesinos del asentamiento agrícola "El Escorial", de la comuna de Paine, los cuales, a los pocos días de instaurada la dictadura civil-militar, fueron detenidos en sus hogares por soldados de la Escuela Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2780364 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.404 Jueves 19 de Marzo de 2026 Página 2 de 5 de Infantería de San Bernardo y trasladados hasta una de las quebradas del Cerro Redondo, en la Cuesta Chada, donde fueron ejecutados el 3 de octubre de 1973.3.
Que, con respecto a los propietarios, en primer lugar, se encuentra el sector memorial, que es un bien fiscal de propiedad del Ministerio de Bienes Nacionales con administración del Ministerio de Obras Públicas (Rol SII 135-084). En este sector hay un memorial con una placa conmemorativa con un espacio de contemplación. Por otra parte, está el sector quebrada, que es un predio privado, propiedad de Hacienda Chada S.A. (Rol SII 135-010), cuyo representante legal es el Sr. Carlos Barros Barros. Este último sector es el principal y corresponde al sitio del suceso. 4.
Que, en cuanto a la ubicación y entorno geográfico del sitio a declarar, se menciona que Chada es una localidad agrícola, situada a 67 kilómetros al sur de Santiago, en la zona de la Angostura del valle central.
En relación con el territorio, desde el área de Patrimonio Arqueológico de la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales se indicó que en el sector específico de interés no existen antecedentes arqueológicos registrados, y que el potencial de hallazgo es reducido, aunque no se descarta la posible presencia de vestigios vinculados a prácticas de caza y recolección.
Respecto del contexto geográfico, se señala que la quebrada de Cuesta Chada es un curso de agua intermitente que se activa en invierno y cuyo cauce ha erosionado el cerro formando pasajes aislados, condición que facilitó su uso como espacio de represión. 5.
Antecedentes históricos Que, como consta en el acta de la sesión ordinaria de fecha 03.12.2025 del Consejo de Monumentos Nacionales y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria, la Reforma Agraria fue un proceso impulsado como respuesta a la concentración de la tierra, promovió el desmantelamiento del antiguo orden latifundista heredado del siglo XIX y situó a Paine como escenario de una de las experiencias de politización campesina más relevantes y decisivas del país.
Con la promulgación de la Ley de Reforma Agraria en 1967, los campesinos y obreros agrícolas, junto a sus familias participaron activamente en la conformación de sindicatos y la creación de asentamientos, con el propósito de mejorar sus condiciones de vida y, al mismo tiempo, fortalecer la producción agrícola de la zona. En Paine se formaron dos grandes sindicatos campesinos: el Sindicato Comunal Nuevo Horizonte y el Sindicato Manuel Rodríguez, encabezado por José Calderón Miranda. Simultáneamente, surgieron diversos asentamientos que dieron sustento a este proceso de transformación, tales como Nuevo Sendero, El Tránsito, Campo Lindo, 24 de Abril y el asentamiento del fundo El Escorial. Bajo este contexto, el fundo El Escorial fue ocupado por sus trabajadores y posteriormente inició un proceso de expropiación regulado por la Corporación de Reforma Agraria. En 1972 en constituyó un asentamiento donde vivían alrededor de 35 familias de inquilinos. Tras el golpe de Estado de 1973, los campesinos del asentamiento fueron perseguidos, torturados y asesinados en una de las matanzas rurales más extensas del país. En Paine se registran 60 campesinos ejecutados por civiles, carabineros y militares, cifra que asciende a 70 al incluir otras víctimas de la comuna. El 24 de septiembre, militares del Regimiento de San Bernardo detuvieron a dirigentes y trabajadores del asentamiento El Escorial y los llevaron a Cerro Chena.
El 3 de octubre, un nuevo operativo militar detuvo a otros 13 campesinos, quienes fueron trasladados de madrugada a la quebrada del Cerro Redondo en Cuesta Chada (sentencia de la Corte Suprema, 14 de junio de 2022, Rol Nº 149.250 -2020). Tres meses después de estos hechos, en enero de 1974, lugareños del sector hallaron los cuerpos y dieron aviso a los familiares. Los cuerpos fueron retirados por Carabineros y trasladados al Servicio Médico Legal, donde permanecieron sin identificación ni entrega a sus familiares por más de 17 años. Recién en 1991, tras los análisis de identificación y determinación de las causas de muerte, los restos fueron devueltos a sus familias.
La entrega dio paso a un cortejo fúnebre que partió desde el Instituto Médico Legal en Santiago y llegó hasta Huelquén, en una ceremonia marcada por la memoria y la dignidad (sentencia causa Rol Nº 4-2002 "Episodio Paine" Ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón I.
Corte de Apelaciones de San Miguel). En cuanto a los procesos de memorialización que se han llevado a cabo, se señala que, desde el hallazgo de los cuerpos el punto de fusilamiento se ha constituido en un espacio de memoria.
En 1985, Alejandro Bustos, conocido como "El Colorín", junto a su hermano, ascendieron a la quebrada y enterraron 17 cruces talladas por él mismo con los nombres de los campesinos de El Escorial, justo en el lugar donde habían sido encontrados sus cuerpos. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2780364 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: La Cuesta Chada es un espacio emblemático de la memoria histórica debido a la represión ejercida tras el golpe de Estado contra la población rural de Paine.
El sector registra la mayor proporción de víctimas fatales del país, con 70 personas asesinadas, de las cuales 14 fueron ejecutadas en esta quebrada, que se constituye como una huella material de una de las masacres más sangrientas del campo chileno. Tras el hallazgo de los cuerpos, familiares y organizaciones de derechos humanos han impulsado en este lugar un espacio memorial. En el sitio fueron instaladas 17 cruces talladas por Alejandro Bustos, único sobreviviente de las ejecuciones, junto a una placa conmemorativa en el acceso. Estas acciones comunitarias de visibilidad, junto al recorrido anual de romería, consolidan su carácter memorial y su vigencia en las prácticas de conmemoración. El lugar conserva una alta integridad territorial: la quebrada, el camino original y la topografía permiten reconstruir el contexto espacial de los hechos.
Esta materialidad mantiene su configuración original, constituyendo una fuente para la verdad y la evidencia judicial, y preservando las condiciones que permiten comprender la magnitud de la violencia ejercida por el terrorismo de Estado en zonas rurales.
Que la preservación de este espacio en el tiempo es una contribución a la educación y promoción de los derechos humanos del conjunto de la sociedad, como expresión de la obligación estatal de garantizar la verdad de los hechos, reparar simbólicamente a las víctimas, sus familiares, a la sociedad en su conjunto y generar garantías efectivas de no repetición en el ámbito de la cultura y el patrimonio. 7.
Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: 17 cruces de madera de quillay, talladas por Alejandro Bustos González, cada una con el nombre de una de las víctimas. Miden aproximadamente 1,20 metros de ancho por 1 metro de alto. Cartel de madera de quillay, tallado por Alejandro Bustos González, que señala y referencia el punto de acceso utilizado por las víctimas para ingresar a la quebrada. La pieza mide aproximadamente 1,30 metros de ancho por 50 a 60 centímetros de alto. Árbol de la especie quillay, de aproximadamente 7 metros de altura, ubicado en el costado norte de la quebrada, que marca el lugar donde fue fusilado Juan Núñez.
El Memorial de Derechos Humanos Cuesta Chada está conformado por una roca que sostiene una placa de mármol grabada con un texto conmemorativo dedicado a los 17 campesinos, de 60 centímetros de ancho por 70 centímetros de alto, y por un área de descanso equipada con dos bancas de hormigón. Acceso y sendero utilizado por los familiares para llegar al sitio de suceso, por el cual realizan romerías cada año. 8. Que, para esta declaratoria se remitieron las siguientes consultas de opinión: Al propietario Hacienda Chada S.A., de lo que no se obtuvo respuesta. Luego, se reiteró la consulta mediante correo electrónico y carta certificada, a lo que se respondió con una opinión desfavorable, proponiendo una instancia de diálogo. Posteriormente, se reiteró la solicitud de opinión y se informó sobre el polígono de protección, de lo que no se obtuvo respuesta. Finalmente, se llevó a cabo una reunión presencial, tras lo cual por carta sin fecha enviada por correo electrónico del 21.10.2025 se valoró la iniciativa, pero se solicitó ajustar el polígono. Al propietario Seremi Metropolitana de Bienes Nacionales, quienes, mediante Ord. Nº 2181 del 27.08.2025, respaldaron la declaratoria. A la Subsecretaría de Derechos Humanos, que mediante Ord. Nº 927 del 22.08.2025, respaldó la declaratoria y entregó información sobre el sitio. Al Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, quienes mediante Carta MMDH Nº 393/2025 del 23.01.25 entregaron información y respaldaron la declaratoria. A la Ilustre Municipalidad de Paine, quienes mediante Ord. Nº 860/2025 no manifestaron opinión y remitieron antecedentes técnicos. 9.
Que, en sesión ordinaria de fecha 3 de diciembre de 2025, el Consejo de Monumentos Nacionales, por 11 votos a favor, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2780364 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Decreto: Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Cuesta Chada, Campesinos Asentamiento El Escorial, comuna de Paine, Región Metropolitana de Santiago, individualizado y graficado según plano de límites oficial Nº 23-2025, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 46.977 m², en los siguientes términos: DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE PROTECCIÓN Tramo Descripción A - B Límite norte, línea paralela a la quebrada, proyectada a 20 metros. B - C Límite oriente, línea proyectada por curva de nivel. Límite nororiente, línea paralela proyectada desde la curva de nivel, a 20 metros de la C - D quebrada. D - E Límite oriente, línea proyectada por curva de nivel. Límite surponiente, línea paralela proyectada desde la curva de nivel, a 20 metros de la E - F quebrada. F - G Límite sur, línea paralela al sendero, proyectada a 20 metros. Límite sur, línea paralela al sendero, proyectada a 20 metros, hasta borde de carretera G - H G-515-H. Límite surponiente, línea proyectada desde el borde de la carretera G-515-H, que la H - I cruza, pasando por muro de mirador. I - J Límite poniente, línea proyectada por muro de mirador. Límite norponiente, línea proyectada desde muro de mirador, cruzando la carretera J - K G-515-H hasta su borde. K - A Límite surponiente, línea proyectada por borde de carretera G-515-H.
POLÍGONO DE PROTECCIÓN Coordenadas SIRGAS-CHILE / UTM 19 Sur Punto Este (x) Norte (y) A 347.803 6.245.707 B 348.076 6.245.669 C 348.068 6.245.036 D 348.237 6.245.540 E 348.223 6 245.503 F 348.197 6.245.517 G 347.994 6.245.636 H 347.827 6.245.650 I 347.805 6.245.662 J 347.803 6.245.669 K 347.813 6.245.696 Artículo segundo: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3º Nº 30 de la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo tercero: Incorpórase por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Sitio de Memoria Cuesta Chada, Campesinos Asentamiento El Escorial, comuna Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2780364 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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