Decreto exento número 258, de 2026.- Modifica concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones a la empresa Claro Chile SpA
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.444 Viernes 8 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2806405 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO CHILE SpA Santiago, 7 de abril de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 258 exento.
Vistos: a) El decreto ley N 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La ley N 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N 179 de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores. e) La resolución N 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: a) Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel N 31.881 de 06.03.2024, complementado mediante Iiresos Subtel N 89.547 de 15.07.2024 y N 126.821 de 12.11.2025. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, cuyo actual titular es la empresa Claro Chile SPA., RUTN 96.799.250-K, con domicilio en Avenida El Salto N 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: 1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar cuatro (4) radioenlaces punto a punto, según se indica a continuación: Para las regiones del Libertador General Bernardo OHiggins, del Biobío y de Coquimbo. Coordenadas Geográficas (Datum WGS 84) Frec. Estación Dirección Comuna Tipo Gan. Pot.
A/B Pol Etapa Latitud (S) Longitud (O) (dBi) (w) A/B A/B A/B Emisión (MHz) G M S G M S Hijuela N 2, Lomas de Quebrada Litueche 34 07 39,7 71 38 7,92 22.175 44,8 Pedregal Honda 28M0D 0,158 V 1 Sector 7WEN Litueche Litueche 34 07 32,3 71 41 50,6 23.375 44,8 Manquehua S/N Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806405 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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A/B Pol Etapa Latitud (S) Longitud (O) (dBi) (w) A/B A/B A/B Emisión (MHz) G M S G M S Hijuela N 6, La Palma sector Alto Pumanque 34 37 44,9 71 33 7,5 14.963 41,1 28M0D Nerquihue 0,126 V 2 7WEN Pumanque Hijuela N 40 Pumanque 34 31 50,9 71 43 53,6 14.543 41,1 Punta Punta Arauco 37 9 19,4 73 34 56,88 6.810 36,08 56M0D Lavapié Lavapié 1 V 3 7WEN Camino Los Arauco Arauco 37 16 9,29 73 19 46,59 6.470 36,08 Patos S/N Camino la Altar-Bajo Punitaqui 30 47 41,2 71 12 7,3 17.719 43,2 rinconada s/n 28M0D Camino Público 0,079 V 4 7WEN S/N (Sitio Punitaqui Punitaqui 30 48 46,2 71 16 17,46 18.729 43,2 Canal 13) V: Polarización Vertical. Los radioenlaces se implementarán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 1.1. Las infraestructuras soporte de los sistemas radiantes, se indica a continuación: Datos de Infraestructura Datos Estación Documento autoriza Código Nombre Nombre Etapa Infraestructura/año Soporte D.E. N 362 de 2022 26880 Lomas de Pedregal Lomas de Pedregal 1 D.E. N 335 de 2022 10559 Litueche Litueche D.E. N 985 de 2015 34881 La Palma La Palma 2 D.E. N 423 de 2023 10621 Pumanque Pumanque D.E. N 29 de 2016 21156 Punta Lavapié Punta Lavapié D.E. N 876 de 2018 3 D.E. N 223 de 2024 10800 Arauco (Los Patos) Arauco D.E. N 1.059 de 2018 27013 Altar Bajo Altar-Bajo D.E. N 306 de 2022 4 D.E. N 259 de 2008 10270 Punitaqui C-13 (Alt. A) Punitaqui D. E: Decreto Exento 2.
Los plazos máximos se indican a continuación: Inicio Término Inicio Etapa Observación Obras Obras Servicio Todos estos plazos están referidos a la fecha de publicación en 1 a 4 1 [mes] 23 [meses] 24 [meses] el Diario Oficial del presente decreto 3. La presente autorización está afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de este decreto exento. 4.
Apruébese el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806405 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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