Comité para la Prevención de la Tortura valora proyecto que conmuta prisión a adultos mayores
Comité para la Prevención de la Tortura valora proyecto que conmuta prisión a adultos mayores Representante de la entidad expuso recientemente ante la comisión de Derechos Humanos del Senado: Comité para la Prevención de la Tortura valora proyecto que conmuta prisión a adultos mayores La iniciativa podría si er votada en su idea de legislar próximamente, ante la "dramática" realidad constatada por legisladores y del organismo, al visitar la ex-Penitenciaría, entre otros recintos. RIENZI FRANCO Cada sesión de la comisión de DD.HH. del Senado impacta más que la anterior, al revelar la "dramática" realidad carcelaria en general y el considerado "cruel" pasar de presos adultos mayores. Poniendo el foco en los reos de más de 70 años, un proyecto de ley en primer trámite les permitiría el cumplimiento alternativo de sus penas de privación de liberta por reclusión domiciliaria. La propuesta, liderada por Francisco Chahuán, quien preside la comisión de DD.
HH,, aborda una segunda dimensión de la crisis en los recintos penitenciarios, la de los enfermos terminales o con grave afectación de salud mental, para quienes dispone la suspensión de la ejecución dela pena privativa de libertad. Para conocer lo que sucede con las personas internas, Chahuán, junto con otros legisladores y organizaciones han visitado Colina Ty la ex-Penitenciaría el pasado 7 de julio.
Lo que observaron, afirma tristemente el senador, fue "dramático". "Ver la situación de la ex-Penitenciaría de verdad amerita accionesen primera línea y, ciertamente, yo diría lo que vimos en un es. pacio de dos por tres durmiendo, pernoctando, ocho adultos mayores, personas sobre 80 años con la orina circulando por lugares en donde ellos comían, de verdad habla de un estado que noestá ala habla de un estado que noestá ala habla de un estado que noestá ala habla de un estado que noestá ala 66 Parto agradeciendo, en nombre del Comité para la Prevención de la Tortura, esta iniciativa legislativa; esta y otras que se están haciendo cargo de grupos de especial protección". YAMILETH GRANIZO COMITÉ PARA LA. PREVENCIÓN DE LA TORTURA. PREVENCIÓN DE LA TORTURA. PREVENCIÓN DE LA TORTURA.
Exposición del CPT En parte de quienes han ido a exponer a la comisión de DD.HH. del Senado mantienen a la vista la introducción, por ejemplo, de Punta Peuco en el debate; pero, igualmente, apuestan por la clemencia para adultos mayores, así lo han planteado el arzobispo de Santiago, cardenal Fernando Chomali, y el académico y exembajador José Rodríguez Elizondo, entre otros, como la historiadora y profesora de la PUC Ana María Stuven. María Stuven. María Stuven.
La experta del área salud y encargada del área de personas mayores del Comité para la Prevención de la Tortura, Yamileth Granizo (a la izquierda en la fotografía), al exponer ante la comisión de Derechos Humanos del Senado.
Pero también ha concurrido el Comité para la Prevención de la Tortura (CPT), representado recientemente por la experta Yami Jeth Granizo, encargada del área de personas mayores. "Parto agradeciendo, en nombre del Comité para la Prevención dela Tortura, esta iniciativa legislativa, esta y otras que se están haciendo cargo de grupos de especial protección; hemos visto otro que se hace cargo de mujeres embarazadas, este de personas mayores, también hacemos el llamado a priorizar a las perel llamado a priorizar a las perel llamado a priorizar a las personas que se encuentran con diagnóstico de salud mental que se encuentran en recintos penitenciarios", expuso Granizo.
La profesional fue junto con el senador Chahuán a visitar cárce les; de esa concurrencia, contó "son condiciones in: sea, en el módulo de la calle 3-A (ex-Penitenciaría) había 60 personas adultos mayores que están hacinados con escaso acceso al sol; las condiciones de infrae tructura son muy precarias, cluso vemos personas adultas mayores que tiene que subirlitemayores que tiene que subirlitemayores que tiene que subirlitemayores que tiene que subirlitemayores que tiene que subirlitemayores que tiene que subirlitemayores que tiene que subirliteras y eso es casi de un segundo piso, en donde se pasa por un pasadizo bastante chiquitito y hay que ser hábil para hacer eso". "Trato cruel, inhumano y degradante" El CPT se presenta como una entidad funcionalmente autónoma, creada por la Ley N%21154, encumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado de Chile al suscribir el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, adoptado por 66 Vimos en un espacio de dos por tres durmiendo, pernoctando, ocho adultos mayores, personas sobre 80 años, con la orina circulando por lugares en donde ellos comían, (eso) de verdad habla de un Estado que no está a la altura". no está a la altura". FRANCISCO CHAHUÁN PRESIDENTE C. DE DD, HH. DEL SENADO la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2002. Se explicó que el Comité funda su mandato en la prevención. Coincidente con el debate legislativo actual, el CPT lanzó el jueves su cuarto informe anual 2024.
En el documento de 286 pá, nas se informa de "hallazgos críticos en relación a las condiciones que enfrentan personas que están bajo el cuidado o custodia :statal permanente"; entre ellos, los de avanzada edad recluidos. La referencia a esas personas la cierra alertando, tras sus observaciones, que las "condiciones observadas podrían constituir un trato cruel, inhumano y degradante.
En esta lógica, preocupa especialmente la falta de aplicación de modalidades alternativas ala privación de libertad para este grupo vulnerable" para este grupo vulnerable" para este grupo vulnerable" para este grupo vulnerable" para este grupo vulnerable" Los artículos clave de la propuesta en primer trámite legislativo en el Senado Artículo primero: Principios. se hacia una eventual reintegración del prialtura.
Lo que vimos es algo draLos siguientes cinco principios deberán sionero en la sociedad libre, incluyéndose en medades, cuando fuese de temer un peligro próximo por la ejecución en la cárcel para la mático, lo vimos también en Colina; es una situación dramática", contó el senador por Valparaíso.
Aunque el proyecto es de aplicación general al grupo de adultos de avanzada edad, que ronda en los 2.500 internos de más de 60 años privados de libertad, sus detractores suponen una doble intencionalidad en su tramitación, porque entre los eventuales beneficiados estarían presos de mayor edad condenados por causas de violación de los DD.HH. entre 1973 y 1990. seguirse en el cumplimiento de la pena penal: esta, la posibilidad de tratar adecuadamente, vida del condenado; rio, por cualquier motivo, le impida recupe= rarse o tratar adecuadamente su enfermedad crónica; a) la pena penal ofrece la respuesta para los responsables de hechos ilícitos culpables y tiene una función eminentemente preventiva; b) la prevención general ola retribución no deben tomarse en cuenta en la fase de ejecución de la pena; ) la vida en prisión debe ser lo más pare= cida posible alas condiciones generales de vida existentes en el medio libre; d) Los efectos dañinos del encarcelamiento deben ser contrarrestados por la autoridad penitenciaria; e) La ejecución de la pena deberá orientar= entiempo y forma, su enfermedad, ya sea por el sistema público o privado, y el derecho inalienable a recuperar la salud, y si ello no fuese posible, a morir afuera de la cárcel Artículo segundo: Suspensión de la pena.
El Tribunal deberá a petición de parte o de oficio disponer la suspensión de la ejecución de una pena privativa de libertad, y mientras dure el impedimento: a) Al condenado que presente una enfer= medad mental; b) Al condenado que padezca otras enfer= ) Al condenado que se encuentre en un estado físico incompatible con la ejecución en la cárcel o con la organización o infraestruc= tura del establecimiento penitenciario.
Artículo tercero: El Tribunal deberá a petición de parte o de oficio disponer el cumplimiento de la pena penal impuesta en una modalidad de reclu= sión domiciliaria total, por el tiempo que reste de condena: a) Al interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelab) Al interno que padezca una enferme= dad incurable en período terminal; ) Al interno discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimien= to carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhuma= no o cruel; d) Al interno mayor, cumplido 80 (ochenta) años o más, como resultado de la suma de su edad real, más los años que efectivamente ha estado privado de libertad en un recinto penal, teniendo una edad mínima de 70 (setenta) años. mínima de 70 (setenta) años..