Autor: Mónica Jorquera Escobar cronica@lidersanantonio.cl.
Suprema ordenó desalojar otra megatoma en límite de San Antonio con Cartagena
Suprema ordenó desalojar otra megatoma en límite de San Antonio con Cartagena ste miércoles el MiE misterio del Interior, la fiscalía de San Antonio y el Ministerio de Vivienda fueron notificados con el "cumplase" de la resolución que dictaminó la Corte Suprema el pasado 9 de junio, en que ordenó el desalojo de otra toma de terrenos de grandes dimensiones de la zona, y que implica que unas 300 familias procedan a la desocupación del predio donde residen ilegalmente.
Esto luego que el máximo tribunal del país revocara la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había rechazado un recurso de protección presentado por la inmobiliaria dueña del terreno de 19,9 hectáreas por privación a su derecho de propiedad por parte de los pobladores que usurparon el predio ubicado en Cartagena, en el límite con San Antonio, en la parte más alta de cerro Bellavista.
Al anular el fallo del tribunal de alzada, la Suprema acogió la solicitud de los propietarios de la par084 cela "Lo Huidobro", ubicada como referencia en calle San Antonio de las Bodegas con Camino Viejo a Cartagena, ordenandose que los ocupantes ilegales del campamento denominado "Los Boldos" hagan abandono del lugar con un plazo máximo de seis meses. "Se advierte la necesidad imperiosa de adoptar tempranamente las medidas conducentes a evitar la prolongación de la ocupación del inmueble en cuestión a causa del asentamiento irregular por terceros ajenos, en especial si con este asunto se hallan transgredidas garantías primordialmente protegidas (. .. ) como la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad", señala la sentencia de la Corte Suprema. puso que se pudo establecer que los pobladores "han marcado, subdividiendo lotes, lo que es una evidente manifestación de una toma de terreno planificada y organizada y no un hecho espontáneo, lo que se mantiene en la actualidad, contando incluso con alumbrado público y conexión clandestina al tendido eléctrico.
También existen negocios o almacenes que funcionan sin ningún tipo de permiso, ventas de lotes, inclusive arrendamientos de casas o de lotes para construir casas de material ligero". Se precisa que los pro1.200 PERSONAS El fallo, al que accedió Diario El Líder, detalla que la inmobiliaria recurrente, Inversiones Árbol, contabilizo que se trata de 300 familias, unas mil 200 personas que están instaladas ilegalmente en el terreno desde 2019. pietarios del terreno mantuvieron conversaciones con los residentes de la toma "Los Boldos" para venderles la parcelación.
Sin embargo, esto no fue posible porque el inmueble se encuentra con "embargo vigente" a favor de un banco, lo que hace impoEn la resolución se exsible una negociación. lizadas en el lugar". La sentencia agrega que "deberán hacer abandono en el plazo de seis meses, pues de lo contrario se dispone, desde luego, el desalojo inmediato, con auxilio de la fuerza pública en caso de oposición". También se estima como forma de notificación a los ocupantes ilegales la colocación física de la sentencia con orden de desalojo en tres lugares visibles de la parcela usurpada.
Junto con ello, se aborda que de ser necesario el desalojo por medio de la fuerza pública, Carabineros de Chile deberá actuar dentro de 30 días una vez vencidos los seis meses para la desocupación voluntaria.
Y si la expulsión se concreta "el municipio respectivo (de Cartagena), en coordinación con las carteras ministeriales correspondientes, esto es, el Ministerio del Interior, de Vivienda y Urbanismo, de Bienes Nacionales y de Desarrollo Social, deberán implementar de manera transitoria un recinto que reúna las condiciones adecuadas donde las personas desalojadas sean albergadas o cobijadas con posterioridad al lanzamiento". Esto, detallan, "con especial atención en el cuidado y cautela de adultos mayores, niños, niñas y adolescentes, mujeres jefas de hogar, migrantes y personas en situación de discapacidad o especialmente sometidas a condiciones de grave vulnerabilidad social". La orden de desocupación de la toma de terrenos "Los Boldos" se suma a la que se dictó contra el megacampamento del cerro Centinela de San Antonio, que se encuentra detenida debido a que la inmobiliaria dueña del predio está en negociaciones con los pobladores para venderles los sitios a través de cooperativas, lo que aún no se concreta. 0 DESALOJO Con los antecedentes expuestos se dispusieron las medidas que deberán ejecutar los pobladores, autoridades y fuerza pública para llevar a cabo la desocupación en diciembre próximo.
Entre las siete disposiciones dictaminadas por la Corte Suprema, la primera de ellas ordena que "la totalidad de los ocupantes de la propiedad individualizada (. .. ) deberá hacer abandono del inmueble (. .. ), debiendo retirar del lugar sus enseres, además de las construcciones rea25 de junio recién pasado se notifico la sentencia de la Corte Suprema a autoridades y fuerzas públicas.
La totalidad de los ocupantes de la propiedad individualizada (. .. ) deberá hacer abandono del inmueble (. .. ), debiendo retirar del lugar sus enseres, además de las construcciones realizadas en el lugar", sentencia Corte Suprema. La corte acogió recurso de dueños del terreno donde está el campamento "Los Boldos", en el Camino Viejo a Cartagena, decretándose que unas 300 familias abandonen el predio con plazo de seis meses. EL CAMPAMENTO "LOS BOLDOS" ABARCA LAS CALLES SAN ANTONIO DE LAS BODEGAS Y CAMINO VIEJO A CARTAGENA.