Académicos ven riesgos para colegios tras fallo del TC sobre norma que obliga a impartir una educación “no sexista”
Académicos ven riesgos para colegios tras fallo del TC sobre norma que obliga a impartir una educación “no sexista” DIERK GOTSCHLICH, CINTHYA CARVAJAL y OLIVER RODRÍGUEZ.
Distintas miradas hubo ayer sobre la resolución del Tribunal Constitucional (TC) que rechazó el requerimiento de 54 diputados deoposición para quese declare la inconstitucionalidad de una norma de la ley que busca erradicar la violencia en contra de la mujeres que establece que "los establi mientos educacionales reconocidos porel Estado deberán promover una educación no sexista". El fallo (ver nota relacionada) motivó respaldos y críticas entre investigadores, profesores y apoderados, debido a cómo se podría interpretar lo "no sexista" y cómo esto podría traducirse en los proyectos educativos.
Según Daniel Rodríguez, directorejecutivo de Acción Educar, las consecuencias de la resolución son "significativas". Para el investigador, afecta no solo "desde la limitación ala libertad de enseñanza y al derecho preferente de los padres", sino tambiénal darle ala Superintendencia de Educación "la facultad de vigilar y castigar a los proyectos educativos que persigan visiones antropológicas distintas alas preferidas por el regulador". Según el también exsecretario ejecutivo de la Agencia de Calidad, "es probable que cualquier proyecto educativo que defina una trayectoria de aprendizaje distinta a la de la administración de turno para abordar la igualdad de género sea duramente sancionada". Enun video publicado en redes sociales, la agrupación de padres Conmis Hijos no te Metascalificó el fallo como "triste e impresentable". Ingrid Bohn, su vocera, argumentó que "la Educ: in Sexual Integral (ESI) no es ley en Chile, y el fallo del tribunal ha determinado que sí es constitucional no siendo ley.
Atentos papás, esto que acaba de ocurrir es grave, los mejores fiscalizadores so'mos los padres y tenemos el derecho constitucional de defender a nuestros hijos y que no se permita que sigan siendo adoctrinados en las escuelas". las escuelas". las escuelas". las escuelas". las escuelas". las escuelas". las escuelas". las escuelas". las escuelas". Tribunal rechazó requerimiento de diputados opositores que impugnaba su constitucionalidad: Académicos ven riesgos para colegios tras fallo del TC sobre norma que obliga a impartir una educación "no sexista" Plantean eventuales impactos en proyectos educativos y libertad de enseñanza. Quienes respaldan la resolución, en cambio, valoran sustento legal para que se eduque bajo principios de no discriminación. Ante el Tribunal Constitucional alegó el abogado Álvaro Ferrer (iz diputados requirentes, y su par Verónica Undurraga (derecha), por el Presidente Gabriel Boric.
Felipe Varela, presidente del movimiento Mi Derecho a Educar, dice que la resolución deberá precisar qué es educación no sexista, pues hay diferencias entre la presentación del Ejecutivo ante el TC y loslineamientos del Ministerio de Educación "Esperamos que el fallo del TC sea claro y se apegue al criterio de igualdad de derechos establecido por el propio Gobierno en sus escritos. En cualquier caso, estamos ante una apertura de puerta que será muy difícil de controlar. Mala será muy difícil de controlar. Mala será muy difícil de controlar. Mala noticia para los niños de Chile y para la eficacia del derecho preferente de los padres para educar a sus hijos", plantea Varela.
Según el dirigente, "de un lado está la definición que el propio Gobierno realizó en el escrito presentado al Tribunal Constitucional, en el que indicó que se entendía por la educación no exista solamente la igualdad de derechos entre hombre y mujer". "Sin embargo --advierte--, el Ministerio de Educación, a través de sus orientaciones pedagógide sus orientaciones pedagógi¿ quierda, de espaldas), ¿quierda, de espaldas), n representación de los cas, ha mostrado una versión mucho más radical de este concepto, relacionándolo con "perspectiva de género' en todo su alcance, incluyendo autopercepción de género, reforzamiento de la identidad de género, entre otras prácticas pedagógicas con niños que hemos visto en los últimos años, meses y días". Por su parte, la presidenta de Escuelas Abiertas, María Teresa Romero, considera que "todos estamos de acuerdo que la educación debe dar las mismas oportu66 Es probable que cualquier proyecto educativo que defina una trayectoria de aprendizaje distinta a la de la administración de turno para abordar la igualdad de género sea duramente sancionada". igualdad de género sea duramente sancionada". DANIEL RODRÍGUEZ DIRECTOR EJECUTIVO ACCIÓN EDUCAR 66 Hoy, lamentablemente, los espacios educacionales reproducen estereotipos de género y conductas sexistas, cuyas consecuencias vemos a diario en cifras de violencia de género". diario en cifras de violencia de género". CLAUDIA MATUS ACADÉMICA Y DIRECTORA CJE UC nidades a mujeres y hombres.
Pero este debate puede estar tomado por grupos políticos y hace perder elfoco delas graves situaciones de falta de provisión y calidad que te'nemos en el país", 'nemos en el país", 'nemos en el país", Desafío para formación de profesores Para José Joaquín Brunner, académico de la U.
Diego Portales, "no me parece que vaya a afectar, porque los colegios saben que dentro de los principios constitucionales chilenos, cada colegio tiene la responsabilidad de determinar cómo enseña la educación sexual, y no hay forma que se le pueda obligar". pueda obligar". En contraste a las críticas, Claudía Matus, académica titular de la Facultad de Educación UC y directora del Centro de Justicia Educacional, celebró el falló y apuntó a que "esta legislación, y en particular este artículo que se intentó impugnar, también abre el desafío para la formación de profesoras y profesores que eduquen bajo principios compartidos por la sociedad en lo referido a la igualdad y no discriminación". La rectora de la U. O'Higgins, Fernanda Kri, quien expuso frente al TC, valoróla resolución.
Asegura que "contar con un respaldo gal para implementar la educación no sexista es una gran noticia en todos los niveles educativos". en todos los niveles educativos". en todos los niveles educativos". Voto de mayoría dice que norma no amenaza derechos constitucionales, pero no descarta revisión futura En votación dividida de seis votos contra cuatro, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) resolvió rechazar el requerimiento ingresado por 54 diputados de oposición que buscaba que se declarara inconstitucional la frase "los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán promover una educación no sexista", contenida en el artículo 12, inciso segundo, del proyecto de ley que estatuye medidas para prevenir, sancionar y ervadicar la violencia contra las mujeres, en razón de su género. Con esto, la norma podrá ser promulgada en los mismos términos en cual fue despahada del Congreso el 6 de marzo.
La mayoría de los ministros, integrada por su presidenta, Nancy Yáñez, las ministras María Pía Silva, Daniela Mar, Alejandira Precht, Catalina Lagos y el ministro Raúl Mera, consideró que la norma impugnada no representaba una amenaza concre= taa los derechos invocados por los legistadores, correspondientes a los de libertad de enseñanza; de consciencia y religión, y el derecho preferente de padres de elegir la educación de sus hijos.
No obstante, no se descartó revisar en el futuro silos resultados de la implementación de la norma legal pudieran afectar dichas garantías Esto, por ejemplo, a través de requerimientos de inaplicabilidad por inconstitu= cionalidad que pudieran presentarse en el marco de eventuales procesos judiciales en torno a la materia.
En tanto, en la minoría, integrada por la ministra Marcela Peredo, Miguel Ángel Fernández, Héctor Mery y José Ignacio Vásquez, predominó la postura de que la libertad de enseñanza y el derecho a la educación no tienen una menor importan= cia que la igualdad que se busca con el concepto "no sexista". Y, en esta línea, que esto poc terferir en los proyectos de los padres para educar a sus hijos, al estar entregado a los establecimientos educacionales, Por más de dos horas se extendió la audiencia de alegatos en el TC, que comen26 con la exposición del abogado Álvaro Ferrer, en representación de los legisladores, y luego, de su par Verónica Undurraga, en nombre del Presidente Gabriel Bor quien se hizo parte del proceso hace el día 24 de este mes, además de formular observaciones al requerimiento.
Durante su exposición de la postura de los legisladores, Ferrer destacó que "el problema es que la educación no sexista no ha sido definida en la ley, y esta ley es un complemento de toda la normativa educacomplemento de toda la normativa educacional que sí contempla sanciones adminis= trativas en el caso de que exista algún tipo de incumplimientos". Y agregó que esto es "máximamente relevante para que la determinación de los criterios no quede por completo entregada ala discrecionalidad del administrador que define y luego fiscaliza y eventualmente también sanciona, o a la discrecionalidad de los tribunales u otras instancias que estén llamadas a verificar el cumplimiento de esta obligación". ¿Qué se excluye?: "¿ El lenguaje?, ¿diferencia de uniformes?" uniformes?" El abogado resaltó la importancia de que exista una "definición mínima" que permita saber a los "administrados qué está excluido de la enseñanza: Debe existir una definición mínima que le permita también a los administrados saber qué es aquello que está excluido de la enseñanza ¿ Es el lenguaje?, ¿el día del padre, de la madre?, ¿la diferencia de los uniformes? ¿ el patio de mujeres u hombres? Me dirán que lo determina el reglamento, no esta= mos hablando del reglamento, estamos hablando en sede abstracta, que no existe hablando en sede abstracta, que no existe hablando en sede abstracta, que no existe respecto del concepto esencial, la educación no sexista, una definición mínima que le otorgue a los administrados claridad suficiente para saber cómo actuar ante eventuales sanciones", agregó.
Por su parte, Undurraga, señaló que "el requirente", al impugnar esta norma escogen "dentro del conjunto de las normas constitucionales, aquellas que él estima relevantes que él estima relevantes no es más que la libertad que el legislador le está reconociendo a los establecimientos educacionales, es una manifestación al respeto de su autonomía como grupo. intermedio, y es una manifestación del respeto a la libertad de enseñanza". En esta línea, defendió la "redacción abierta" de la norma, señalando que esta permite a las comunidades educativas "promover una educativas "promover una para efectuar el control de VOTACIÓN educación no sexista en el compatibilidad con la Cons Seis ministros estuvieron marco de sus visiones titución, pero esta selección porelrechazo del antropológicas y religiosas, omite considerar como requerimiento y cuatro es además un reconocirelevantes otros derechos". por acogerlo. miento al derecho prefeAsí, ejemplificó que esto ocurre al "aislar el derecho de los padres a educar a sus hijos yla libertad de enseñanza, del derecho a la educación, del principio de interés superior del niños y del principio y derecho de la igualdad. principio y derecho de la igualdad. "Redacción abierta" en respeto a "libertad de enseñanza" En respuesta al argumento de la indefinición del concepto, Undurraga sostuvo que "lo que los requirentes quieren ver como un sentido muy abierto de la norma, como un sentido muy abierto de la norma, rente de los padres que se ejerce no solo en la familia y la educación informal, sino que se ejerce colaborando con el establecimiento en esta definición de las políticas de cómo educar en forma no sexista colaborando con esta educación formal que ofrece el establecimiento". Así, apuntó: "Leída de esa manera, se aprecia cómo la norma está fomentando ue en el seno de una comunidad educativa, del establecimiento que eligieron los padres, se dé una deliberación entre las distintas familias que forman parte de esa comunidad educativa", dijo, comunidad educativa", dijo,.