MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.420 1 Jueves 9 de Abril de 2026 1 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2789652 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Pesca y Acuicultura DISPONE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURÁ Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA Núm. 9.Santiago, 24 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N 7 de la Constitución Política de la República; en el artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley N 1.028. de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en el decreto N 19, párrafo 1, N 22, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el artículo 81, letra a) del decreto con fuerza de ley N 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834 ; el decreto exento N 202300084, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que establece orden de subrogación que se indica; y en la resolución N 36 de 2024, y sus modificaciones, de la Contraloría General dc la Rcpública, sobrc exención del trámite de toma de razón en materias de personal. Considerando: 1.
Que, frente a la ausencia o impedimento de la autoridad titular es necesario dar continuidad al servicio. 2.Que, mediante decreto exento N 202300084, de fecha 4 de septiembre de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se establece el orden de subrogación que se indica en el cargo de Subsecretario de Pesca y Acuicultura. del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. 3.Que, por razones de buena administración, se ha estimado pertinente modificar el orden de subrogación antes descrito. 4.Que, el artículo 81 de la ley N 18.834, en su letra a) dispone que la autoridad está facultada para efectuar el nombramiento y podrá determinar otro orden de subrogación, en los cargos de exclusiva confianza. 5.Que, el Presidente de la República, mediante el decreto N 19, de 2001. del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delegó en los Ministros de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”, los decretos supremos relativos a, entre otras materias, la modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza. Decreto: Artículo 1.
Apruébase el siguiente orden de subrogación, en el cargo de Subsecretario de Pesca y Acuicultura, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en caso de ausencia o impedimento del titular: a) Jefe (a) Titular de la División Jurídica. b) Jefe (a) Titular de la División de Desarrollo Pesquero. e) Jefe (a) Titular de la División de Administración Pesquera. CVE 2789652 Director: Giovanni Caklerón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl.
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.420 1 Jueves 9 de Abril de 2026 1 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2789652 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Pesca y Acuicultura DISPONE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURÁ Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA Núm. 9.Santiago, 24 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N 7 de la Constitución Política de la República; en el artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley N 1.028. de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en el decreto N 19, párrafo 1, N 22, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el artículo 81, letra a) del decreto con fuerza de ley N 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834 ; el decreto exento N 202300084, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que establece orden de subrogación que se indica; y en la resolución N 36 de 2024, y sus modificaciones, de la Contraloría General dc la Rcpública, sobrc exención del trámite de toma de razón en materias de personal. Considerando: 1.
Que, frente a la ausencia o impedimento de la autoridad titular es necesario dar continuidad al servicio. 2.Que, mediante decreto exento N 202300084, de fecha 4 de septiembre de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se establece el orden de subrogación que se indica en el cargo de Subsecretario de Pesca y Acuicultura. del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. 3.Que, por razones de buena administración, se ha estimado pertinente modificar el orden de subrogación antes descrito. 4.Que, el artículo 81 de la ley N 18.834, en su letra a) dispone que la autoridad está facultada para efectuar el nombramiento y podrá determinar otro orden de subrogación, en los cargos de exclusiva confianza. 5.Que, el Presidente de la República, mediante el decreto N 19, de 2001. del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delegó en los Ministros de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”, los decretos supremos relativos a, entre otras materias, la modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza. Decreto: Artículo 1.
Apruébase el siguiente orden de subrogación, en el cargo de Subsecretario de Pesca y Acuicultura, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en caso de ausencia o impedimento del titular: a) Jefe (a) Titular de la División Jurídica. b) Jefe (a) Titular de la División de Desarrollo Pesquero. e) Jefe (a) Titular de la División de Administración Pesquera. CVE 2789652 Director: Giovanni Caklerón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.420 Jueves 9 de Abril de 2026 Artículo 2. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efecto a partir de esta fecha sin esperar su total tramitación. Artículo 3. Déjese sin efecto el decreto exento N 202300084, de fecha 4 de septiembre de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que establece orden de subrogación del Subsecretario de Pesca y Acuicultura. Anótese, comuníquese y publíquese. Por orden del Presidente de la República, Daniel Mas Valdés, Ministro de Economía, Fomento y Turismo. Lo que transcribe para su conocimiento. Saluda atentamente a usted, Osvaldo Andrés Urrutia Silva, Subsecretario de Pesca y Acuicultura. CVE 2789652 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl Página 2 de 2.