Autor: Pablo Contreras Director Centro de Regulación y Consumo, U. Autónoma de Chile
Datos personales: la piedra de tope
A ley que regula el tratamiento de datos personales tiene más de veinte años. Desde hace al menos diez años, cada gobierno trata infructuosamente de reformarla. Cuando Chile entró a la OCDE, en 2009, se asumió el compromiso de actualizar sustantivamente la legislación. En 2016, el departamento de evaluación de la ley de la Cámara de Diputados levantó los principales consensos y desacuerdos sobre cómo avanzar. Y aquí estamos.
Con un proyecto de ley detenido hace meses en el Senado, aún en primer trámite constitucional, pese a que el texto suscita un amplio respaldo entre expertos, el ámbito público y el sector privado. ¿Cuál es la piedra de tope? Más allá de que otras iniciativas reclaman urgencia, en las circunstancias extraordinarias que vivimos, el debate se ha trabado en un punto recurrente: la autoridad de control a cargo de la supervisión de la ley.
Esa decisión es fundamental: la efectividad de la ley se juega en ello (como “El retardo desmedido y la inexistencia de una autoridad seguirá conspirando contra nuestra información personal”. Desgraciadamente lo constatamos a diario, dada su inexistencia). Además, determina las posibilidades que Chile sea reconocido como país con un nivel de protección adecuada, según la Unión Europea, lo que facilitaría el intercambio comercial y el flujo de datos. El Ejecutivo ha propuesto una reformulación completa del Consejo para la Transparencia (CPLT) para que tenga a su cargo el cumplimiento integral. Es el modelo de Alemania, Estonia, Reino Unido o México, entre otros. Sus críticos sostienen, sin embargo, que no es conveniente que la agencia ejerza competencias de transparencia y protección de datos personales. Proponen seguir modelos como Italia, España o Francia. Hay algo más que debe ser transparentado: existe un reproche alas decisiones del actual CPLT en asuntos sobre datos personales. ¿Cómo avanzar? Esta es una materia de diseño institucional. Por lo tanto, cualquiera de las dos opciones, con ciertos arreglos adecuados, pueden alcanzar Resultados óptimos. De seguir apostando por el Consejo será necesario reformularlo completamente. Esto ya se ha hecho antes, por ejemplo, con la creación de la Comisión para el Mercado Financiero y la superación de las antiguas superintendencias. El gobierno corporativo de una autoridad de control exige reglas severas de inhabilidades, incompatibilidades, dedicación exclusiva y prohibiciones pos-empleo, al igual que una remuneración suficiente. La especialización del órgano será crítica. Por ello, debe existir un presupuesto público adicional realista, que permita la supervisión y fiscalización de un enorme universo de sujetos obligados. No hay diseños institucionales perfectos, se suele repetir en materia de regulación, y siempre se podrá explorar nuevas fórmulas de agencias. Sin embargo, el retardo desmedido y la inexistencia de una autoridad seguirá conspirando contra nosotros y nuestra información personal.