EXTRACTOS: - -
EXTRACTOS: CITACIÓN: Se cita a los miembros miembros de la Iglesia Asambleas de Dios “Las Américas” a una reunión a efectuarse el día 2 de junio de 2025 a las 19 horas, por importante tema a tratar. Estarán presentes miembros de la Directiva Distrital, lugar Avenida Vicuña Mackenna 236, Los Ángeles.
SAMUEL RUIZ BASUALTO. (35261). REMATE: 1 Juzgado Civil Los Ángeles ubicado en calle Valdivia 123, Los Ángeles, en causa Rol C-1505-2023 “Scotiabank Chile con Sepúlveda Sepúlveda Decap”, se subastarán los siguientes inmuebles, el día 11 de junio de 2025 a las 11:00 horas, mediante plataforma plataforma Zoom, en las siguientes coordenadas: https://zoom. us/j/3036562 190?pwd=ZVFlSj NpSE5UV2dmNzFGWmVFM1EwZzO9 303 656 2190 32 1321 1.
LOTE TRES, del plano de subdivisión de la Parcela N” 5 del Proyecto de Parcelación Progreso para Chile, Comuna de Los Ángeles, que tiene una superficie de 14,72 hectáreas y deslinda: NORTE, en parte con Parcela N 3 del Proyecto Progreso para Chile, en parte con Lote 1 de esta misma subdivisión, subdivisión, y en parte con Lote 2 de esta misma subdivisión; SUR, con Parcela N4 del Proyecto Proyecto Progreso para Chile, rol 1544-66; ORIENTE, en parte con Lote 1 de esta misma subdivisión, subdivisión, en parte con Lote 2 de la misma subdivisión yen parte con camino vecinal de acceso; y PONIENTE, con rol 1544-6. El dominio figura inscrito a fojas 7679 N 5574 del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de LosÁngeles, rol de avalúo N 1544-65, Comuna de Los Ángeles.
Ángeles. 2.LOTE SEIS, producto de la segunda subdivisión de la Parcela N 6 del Proyecto de Parcelación Parcelación Progreso para Chile, Comuna de Los Ángeles, de una superficie de 13 hectáreas y deslinda: NORTE, Parcela N 5 del Proyecto de Parcelación Progreso para Chile yen parte con Lote 6 8 de esta subdivisión; subdivisión; SUR, parte rol 1544-6 y Parcela N 7 del Proyecto Progreso Progreso para Chile; ORIENTE, parte con Lote 6 A de anterior subdivisión, parte con Lote 6 B de esta misma subdivisión y parte Parcela N7del Proyecto Progreso para Chile, camino de por medio; y PONIENTE, parte rol 1544-6. El dominio figura inscrito a fojas 7680 N 5575 del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, Ángeles, rol de avalúo N 1544-66, Comuna de Los Ángeles. Mínimo Mínimo posturas, para el Lote 3 $355.132.512. y para el Lote 6 $330.705.408.
Los postores interesados deberán constituir garantía equivalente al 10% del mínimo fijado para la subasta, sólo mediante vale vista bancario bancario tomado a nombre del Primer Juzgado Civil de Los Ángeles, el que deberá entregarse entregarse en dependencias del Tribunal con 48 horas de anticipación anticipación a la fecha del remate; la copia del vale vista deberá remitirse al correo electrónico jll_losangeles@pjud.cl, con la misma antelación señalada y deberá también acompañarse a la causa, debiendo adjuntarse adjuntarse copia digitalizada de la cédula de identidad del postor, postor, nombre completo, correo electrónico yteléfono, todo ello junto al Rol de la causa y hasta las 14 horas del día anterior al día fijado para el remate, a fin de coordinar su participación. Los interesados en participar deben contar con computador o teléfono, en ambos casos, con cámara, micrófono y audio del mismo equipo y conexión a internet, siendo carga de las partes y postores contar con ello. Demás antecedentes en Portal web y Secretaria Tribunal.
Tribunal. (35282). NOTIFICACIÓN: Segundo Juzgado Juzgado Civil de Los Ángeles, calle Valdivia N 123, segundo piso, Los Ángeles causa Rol C-22812024 caratulada “Banco del Estado de Chile con MINIMARKET MINIMARKET RU BEN GUILLERMO ISLA VASQUEZ E.l.R.L.
RUTN 76.205.599-6; Representante legal: RUBEN GUILLERMO ISLA VASQUEZ, RUT N 8.564.6605 ; Demandado(s): RUBEN GUILLERMO GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ, RUT N 8.564.660 -5; N Operación: 31402790; Garantía: FOGAPE; Abogado patrocinante: FELIPE ANDRÉS CATALDO MOYA, RUT N2 15.771.158-K; Apoderado: MARIO ESTEBAN HIDALGO ACUÑA, RUT N 11.963.5705; FELIPE ANDRÉS CATALDO MOYA, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alvaro González Salinas, que acompañamosen un otrosí de esta presentación, domiciliado domiciliado en Avda.
Libertador Bernardo Bernardo OHiggins N 1111, piso 8, Comuna de Santiago, representado representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero ingeniero Civil, RUT N6.362.085 -8, de mi mismo domicilio, a US. respetuosamente decimos: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por MINIMARKET MINIMARKET RUBEN GUILLERMO ISLA VASQUEZ E.I.R.L., ignoro giro, representada legalmente por don(ña) RUBEN GUILLERMO ISLA VASQUEZ, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliadosen Janequeo N797 de la comuna de Los Ángeles, y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), solidario(a), por don(ña) RUBEN GUILLERMO GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Eleuterio Ramírez N 720 interior de la comuna de Los Ángeles.
El pagaré fue suscrito por la suma de $39.300.000. -, por concepto de capital, más un interés del 0,6600% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 78 cuotas mensuales y sucesivas sucesivas cuyo monto yvencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da expresamente por reproducido. reproducido.
Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudorestá obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, retardo, sin perjuicio de los demás derechos delacreedor, quedando quedando facultado el Banco del Estado Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación.
El deudor se obligó obligó a pagar la comisión legal del 0,0000% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 85%del saldo capital.
Es del caso señalar señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento vencimiento al día 15 de Febrero del 2024, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $30.388.821. -, más los intereses intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del capital capital garantizado porel Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios(FOGAPE), Empresarios(FOGAPE), más las costas de esta causa.
Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente actualmente exigible y la acción ejecutiva ejecutiva no se encuentra prescrita. prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98y siguientes de la ley 18.092, artículos254,434 N4y siguientes del Código de Procedimiento Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva ejecutiva en contra de MINIMARKET MINIMARKET RUBEN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ E.I.R.L., ignoro giro, representada legalmente por don(ña) RUBEN GUILLERMO ISLA VASQUEZ, y en contra de don(ña), RUBEN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ, ya individualizado(s), individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $30.388.821. -, más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del capital capital garantizado porel Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios(FOGAPE), Empresarios(FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de. EXTRACTOS: pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. 2. LA RESOLUCIÓN DELTRIBUNAL SOBRE LA DEMANDA DICE: Los Ángeles, trece de Junio de dos mil veinticuatro Por recibido el documento. A lo pendiente de la demanda de folio 1: A lo principal: Despáchese. Al primerotrosí: primerotrosí: Por acompañado el pagaré, bajo apercibimiento del artículo 346 N3 del Código de Procedimiento Civil, custódiese. custódiese. Al segundo otrosí: Téngase presente y por designado depositario depositario provisional al ejecutado, bajo su responsabilidad legal. CUANTÍA $30.388.821, más la comisión de 0% anual en favor del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE) (FOGAPE) Custodia N 2064-2024.3. EL MANDAMIENTO DICE: Los Ángeles, trece de Junio de dos mil veinticuatro. Requiérase a MINIMARKET RUBÉN GUILLERMO GUILLERMO ISLA VÁSO.
UEZEIRL, representada representada legalmente por RUBÉN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ como deudor principal y en calidad de avalista y codeudor solidarioa RUBÉN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ, para que pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, la suma de $30.388.821, más la comisión de 0% anual en favor del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), (FOGAPE), más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes suficientes de la propiedad del ejecutado, ejecutado, losque quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad responsabilidad legal. 4. LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA NOTIFICAR POR AVISO DICE: Los Ángeles, veintiséis veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro Al folio 31.
VISTO: Atendido el mérito de autos, notifíquese la demanda a don RUBÉN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ VÁSQUEZ como representante legal de MINIMARKET RUBÉN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ EIRL deudora principal, y a don RUBÉN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ, en calidad de avalista y codeudor solidario, mediante mediante tres avisos publicados en el diario La Tribunade esta ciudad y un aviso en el Diario Oficial en la forma señalada en los incisos segundo y tercero del artículo 54 deI Código de Procedimiento Procedimiento Civil.
Para los efectos efectos del requerimiento de pago, cítese al demandado principal y al avalista y codeudor solidario solidario al oficio del Secretario de este Segundo Juzgado de Letras de Los Ángeles, ubicado ubicado en calle Valdivia N 123,2 Piso, Los Ángeles, al quinto día hábil contado desde la última publicación, y si recae en día sábado al día siguiente hábil, a las 11.00 horas. El abogado ejecutante deberá acompañar las publicaciones con la debida anticipación al Tribunal para los efectos de efectuar el requerimiento. requerimiento. 5. Mayores antecedentes antecedentes en www.pjud.cl, causa Rol 2281-2024 del 2 Juzgado de Letras de Los Ángeles. El Secretario. (35309). REMATE: SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE LOS ÁNGELES, en autos sobre juicio ejecutivo, ejecutivo, caratulado “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con BURGOS MOLINA PATRICIO ALEX.
” Rol C-N 495-2018, roles acumulados acumulados 773-202 18 y rol 24842018, se fija para la subasta, la audiencia del día 26 de junio de 2025, a las 12:00 horas, la que se efectuará en virtud de lo dispuesto en Acta 263-2021 de la Excma. Corte Suprema, mediante videoconferencia videoconferencia Plataforma Zoom con el siguiente Iink de acceso https:// zoom. us/j/98240043382.
El bien que saldrá a remate corresponde a Inmueble ubicado ubicado en calle Salvo 437, comuna comuna de Mulchén, provincia de Biobío, tiene una superficie aproximada de 786.44 metros cuadrados, ylossiguientesdeslindes ylossiguientesdeslindes especiales: Norte, Elda Gutiérrez Salamanca, en 58.23 metros; Este, Lizardo Meneses Medina, en 1.19 metrosyTeresa metrosyTeresa Hermosilla Acuña, en 12.68 metros; Sur, Flavio Renato Vidal Vidal, en 55.60 metros y, Oeste, calle Salvo, en 13.59 metros.
El dominioafavordedon Patricio AIex Burgos Molina, se inscribió a fojas 1414 N 459 en el Registro Registro de Propiedad del año 2017, del Conservadorde Bienes Raícesde Raícesde Mulchén. 2.-La tasación para los efectos de la subasta y el mínimo para las posturas será la suma de $16.216.260.
Los interesados deberán consignar garantía suficiente de 10% para participar de la subasta mediante vale vista bancario a nombre del tribunal, tribunal, el cual deberá entregarse en dependencias del Tribunal, el día anterior al fijado para la subasta en horario de 09:00 a 12:00 horas, informando en dicho momento una casilla de correo electrónico. Asimismo, se debe dar cumplimiento a lo siguiente: 1.
Todo interesado interesado en participar en la subasta como postor, deberá tener activa activa su Clave Única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. 2.Lospostoresyadjudicatarios Lospostoresyadjudicatarios que cumplan con lo establecido en la ley 21.389 y en las bases podrán participar en la subasta.
No se permitirá permitirá la adjudicación en remate para una persona incluida en el Registro general de deudores deudores de pensiones alimenticias. 3.Atendido que la subasta se realizará por videoconfe rencia, mediante la plataforma Zoom, se requiere de un computador o teléfono, en ambos casos, con cámara, micrófono y audio del mismo equipo y conexión a internet, siendo carga de las partes y postores el tener los elementos tecnológicos y de conexión.
Sin perjuicio de lo anterior, quienes no cuenten con medios tecnológicos para conectarse vía Zoom, podrán participar presencialmente en la subasta en dependencias del tribunal ubicado en calle Valdivia N 123 2 Piso de Los Ángeles, debiendo comunicarlo al momento de la entrega de la garantía referida precedentemente. precedentemente.
Todo interesado en presenciar o participar en el remate deberá coordinar su participación al correo electrónico electrónico j12_losangeles@pjud. cI, hasta las 12:00 horas del día anterior a la fecha fijada para el remate, además de los requisitos requisitos necesarios para participar en la audiencia de remate, señalados precedentemente. precedentemente. El precio del remate debe pagarse en vale vista a la orden del tribunal yal contado dentro de los tres días siguientes a la fecha del remate. El subastador subastador debe designar domicilio en acto de remate dentro del radio urbano del tribunal, bajo apercibimiento apercibimiento de notificársele por elestado diario. Basesydemás antecedentes en https//www. pjud. cl. Secretario. (35310). NOTIFICACIÓN: Segundo Juzgado Juzgado Civil de Los Ángeles, calle Valdivia N 123, segundo segundo piso, Los Ángeles, causa Rol C-3395-2024 caratulada “Banco del Estado de Chile con ISLA VASQ. UEZ RUBEN GUILLERMO. ” GUILLERMO.
” RUT N 8.564.6605 ; N Operación: 35352359; Abogado patrocinante: FELIPE ANDRÉS CATALDO MOYA, RUT N 15.771.158-K; Apoderado: MARIO ESTEBAN HIDALGO ACUÑA, RUT N 11.963.5705; FELIPE ANDRÉS CATALDO MOYA, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alvaro González Salinas, domiciliado en Avda.
Libertador Bernardo OHiggins N2 1111, piso 82, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingenieroCivil, ingenieroCivil, RUTN6.362.085 -8, de mi mismo domicilio, a US. respetuosamente decimos: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primerotrosíde esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por RUBEN GUILLERMO ISLA VASQUEZ, ignoro profesión u oficio, domiciliado domiciliado en Janequeo N 797 de la comuna de Los Ángeles.
El pagaré fue suscrito por la suma de $2.818.070. -, por concepto de capital, más un interés del 0,7000% mensual, que el deudor deudor se obligó a pagar en 24 cuotas mensuales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, suscrito, el que en este punto se da expresamente por reproducido. reproducido.
Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación.
Es del caso señalar que el deudor ha dejado dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 de Mayo del 2024, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $1.969.634. -, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) suscriptor(es) relevaron al portador de losdocumentosde laobligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada autorizada por Notario. La obligación obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita.
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, acompañados, ya lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254,434 N4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS.
PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de RUBEN GUILLERMO ISLA VASQUEZ, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache despache mandamiento de ejecución ejecución yembargo en su contra por la suma de $1.969.634. -, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que ami representada representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. 2. LA RESOLUCION DEL TRIBUNALSOBRE TRIBUNALSOBRE LA DEMANDA DICE: Los Ángeles, cuatro de septiembre septiembre de dos mil veinticuatro Por recibido el documento. A lo pendiente de la demanda de folio 1: A lo principal: Despáchese. Despáchese. Al primer otrosí: Por acompañado el pagaré bajo apercibimiento del artículo 346 N 3 del Código de Procedimiento Procedimiento Civil, custódiese. Al segundo otrosí: Téngase presente. presente.
Sin perjuicio, atendida la cuantía, el ejecutante deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, designando bienes de dominio del deudor, que no excedan de los necesarios para responder de la demanda; y por designado designado depositario provisional, de los bienes que se embarguen, al propio ejecutado bajo su responsabilidad legal. CUANTÍA CUANTÍA $1.969.634. Custodia N 2895-2024 3. ELMANDAMIENTO ELMANDAMIENTO DICE: LosÁngeles, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. veinticuatro. Requiérase a RUBÉN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ, para que pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, la suma de $1.969.634, más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes bienes suficientes de la propiedad del ejecutado, los que quedarán quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal. 4. LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA NOTIFICAR POR AVISO DICE: Los Ángeles, once de febrero de dos mil veinticinco.
Al folio 22: VISTO: Atendido el mérito de autos, notifíquese la demanda demanda al ejecutado don RUBÉN GUILLERMO ISLA VÁSQUEZ, mediante tresavisos publicados en el diario La Tribuna de esta ciudad y un aviso en el Diario Oficial en la forma señalada en los incisos segundo y tercero del artículo 54 deI Código de Procedimiento Procedimiento Civil.
Para los efectos efectos del requerimiento de pago, cítese al demandado al oficio del Secretario de este Segundo Juzgado de Letras de Los Ángeles, Ángeles, ubicado en calle Valdivia N 123,2 Piso, Los Ángeles, al quinto día hábil contado desde la última publicación, ysi recae en día sábado al día siguiente hábil, a las 11.00 horas. El abogado abogado ejecutante deberá acompañar acompañar las publicaciones con la debida anticipación al Tribunal para los efectos de efectuar el requerimiento 5. Mayores antecedentes en www.pjud.cl, causa Rol 3395-2024 del 2Juzgado de Letras de Los Ángeles. El Secretario. (35311). REMATE: AVISO REMATE JUDICIAL. JUDICIAL.
PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE LOS ÁNG ELES, causa Rol C-1548-2022, juicio ejecutivo ejecutivo desposeimiento “BANCO SANTANDER-CHILE con INMOBILIARIA INMOBILIARIA LOMA ROJA LIMITADA” LIMITADA” se ha ordenado remate audiencia de 18 junio 2025,12:00 horas, del inmueble ubicado ubicado en la comuna de Mulchén, que corresponde a la Parcela N 5 de aquellasen que se subdividió subdividió el Fundo Versalles, ubicado en la Subdelegación Manquecuel, Manquecuel, de una superficie de 56 Hectáreas. El dominio a nombre nombre del ejecutado rola inscrito a fojas 2101, bajo el número 914 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Mulchén. La Mulchén. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia conferencia en lostérminos que dispone el Acta N13-2021 de la Excma. Corte Suprema, vía plataforma Zoom debiendo ingresar al siguiente Iink: https://zoom. us/j/3036562190?pwd=ZVF lSj N pSE 5 UV2 d m N z FGWm VFM1EwZzO9,303 656 2190,321321.
Mínimo posturas es la suma de $156.666.667, caución caución interesados 10% mínimo, ($15.666.666). Los postores interesados deberán consignar consignar la caución o garantía suficiente suficiente para participar de la subasta conforme a las bases de remate, con 48 horasde anticipación anticipación a la fecha fijada para el remate, a través de vale vista bancario tomado a nombre del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles (se deberá acompañar materialmente al tribunal), en la causa correspondiente. No podrán participar postores que se encuentren con inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Asimismo, los interesados, interesados, deberán acompañar comprobante de haber rendido la garantía al correo electrónico jIl_Iosangeles_remates@pjud. cI, con 48 horas de anticipación a la fecha fijada para el remate.
La Secretaria. (35314). EXTRACTO: Por resoluciones de fecha 19 y 23 de mayo del año 2025, ante el Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén, en causa RIT C-121-2025, RUC 25-2-5460828-1 sobre Cuidado Personal del Niño, caratulado “Quezada con Neira” se ha ordenado citar a los parientes señalados por el artículo 42 del Código Civil del adolescente adolescente FRANK QUEZADA NEIRA, a fin de ser oídos parientes en audiencia preparatoria el día 18 de junio del año 2025 a las 09:30 horas, ante el Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén, ubicado en Calle Villagra 047, Mulchén. (35315). REMATE: 29 Juzgado Talcahuano, Talcahuano, rol E-1234-2025, “BK SPA CON AIRTERMIC LTDA. ” Chasis Cabinado, Pte.
GLSR. 25-4, año 2014, MERCEDES BENZ AXOR 1936 LS, con pluma hidráulica, hidráulica, diésel, 03 de junio del año 2025, a las 16:00 hrs, en Lote 2, predio rústico El Sauce, camino Santa Clara, Los Ángeles, Ángeles, Gtía: $700.000 ; Mínimo: $23.000.000. REMATES SAN ANTONIO, cel. +56977497686. (35316)..