Demuelen ocupación ilegal de terreno y recuperan espacio público en Mirador de La Herradura
Demuelen ocupación ilegal de terreno y recuperan espacio público en Mirador de La Herradura Al final del mirador de este sector, una persona se había tomado un terreno de manera ilegal, construyendo un cierre perimetral e instalando un foodtruck para venta de alimentos. Esta construcción no contaba con permisos municipales ni sanitarios para desarrollar la actividad comercial, junto con provocar una serie de conflictos con quienes residen en el lugar.
Durante esta administración municipal, se le ofreció a la persona la posibilidad de Demuelen ocupación ilegal de terreno y recuperan espacio público en Mirador de La Herradura El operativo involucró la participación de inspectores municipales, carabineros y funcionarios de aseo y ornato, lo que permitió la limpieza del lugar, pintado de muros y mejoramiento de áreas verdes. emprender en otros espacios, considerando que interrumpía de manera irregular el libre tránsito en un bien nacional de uso público, a lo que se negó de manera permanente. Sin embargo, la aludida emprendió una serie de acciones legales para seguir ocupando este sitio, pese a existir una orden de demolición vigente desde 2014.
Fue la Corte Suprema quien rechazó el 7 de junio de 2023, en favor de la Municipalidad de Coquimbo, el recurso de protección interpuesto por la Corporación Cultural Costa Mirador Herradura, y que explica que «de las alegaciones efectuadas por la recurrida y los antecedentes acompañados por ésta, se desprende que la eventual ilegalidad o arbitrariedad del acto que se impugna en el presente recurso, esto es, la demolición de la estructura emplazada en el terreno objeto de concesión, ya fue discutida por las vías respectivas, tanto administrativas como judiciales, en sus distintas instancias, cuyos fallos se encuentran firmes y ejecutoriados, por lo cual se concluye que el actuar de la Municipalidad corresponde a la ejecución de una demolición ordenada en 2014, en el correcto ejercicio de sus facultades, no correspondiendo efectuar nueva revisión de antecedentes». Para Víctor Osorio, abogado de la Dirección Jurídica del municipio, los recursos interpuestos intentaban «entorpecer finalmente el ejercicio de esta acción de carácter municipal, producto de la alegación de ciertos derechos que en definitiva la Corte Suprema declaró que no posee bajo ningún término.
Hay que ser enfático, desde el punto de vista del ejercicio de las facultades legales que tiene cualquier ciudadano en este caso, (... ) ninguna persona puede construir, edificar, modificar, sin las autorizaciones administrativas requeridas, específicamente en este caso por la ley general de urbanismo y construcción.
De alguna forma lo que se intentó en esta circunstancia fue precisamente aquello, naturalmente como administración no estamos en condiciones y definitivamente no vamos a tolerar que se produzcan regularizaciones de esta naturaleza, amparados finalmente en acciones de carácter ilegal, como ha sido declarado por la Corte Suprema». Respecto a que se trataría de un terreno privado, el jurista aclaró que «no es efectivo, se trata de un bien público, así ha sido declarado y así figura en el catastro pertinente que lleva el Ministerio de Bienes Nacionales»..