Autor: —por CLAUDIO HUEPE-
Coordinador Eléctrico Nacional y política energética
N los últimos meses han surgido preocupaciones sobre el funcionamiento del sector eléctrico a partir de lo observado con los vertimientos y los costos marginales, entre otros, que han abierto el debate sobre sus causas, entre las que se cuentan la transmisión, el almacenamiento y la gestión operacional del Sistema Eléctrico Nacional. Esta última es particularmente relevante porque puede incidir de inmediato sobre el sistema.
La gestión operacional del sistema eléctrico es responsabilidad del Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), organismo creado en el marco de la reforma a la transmisión de 2016 (Ley 20.936 ) para coordinar la “operación de las instalaciones eléctricas que operen interconectadas entre sí”, con los principios de preservar la seguridad del servicio, garantizar la operación más económica y garantizar el acceso abierto. El CEN ha reforzado la alta capacidad técnica de sus predecesores (los Centros de Despacho Económico de Carga) y mejorado la infraestructura para su funcionamiento. Sin embargo, tiene algunas debilidades institucionales, como la ausencia de criterios claros que guíen el cumplimiento de los principios señalados arriba, de modo que su gestión no está necesariamente alineada con la política energética. El diseño institucional del CEN buscó, correctamente, que este organismo sea completamente independiente de las empresas del sector.
Esto no implica que deba ser autónomo a la manera del Banco Central (BC), como algunos han planteado erróneamente, pues son estructuras completamente distintas: mientras el BC vela por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externosa través de la política monetaria, el CEN no define políticas (responsabilidad del Ministerio), sino que opera el sistema eléctrico de acuerdo con “las normas técnicas (.. ), la (.. ) ley y la reglamentación pertinente”. La regulación establece que “el Coordinador, a través de las funciones de despacho y control, deberá supervisar y coordinar en tiempo real la operación de las instalaciones sujetas a coordinación” y lista acciones específicas que debe llevar adelante, pero no define la forma en que se determinará el alcance de las acciones parámetros de decisión, ni cómo priorizar o articular los principios de operación ni tampoco el seguimiento y supervisión.
Porlo tanto, es importante que se realicen ajustes institucionales al CEN que permitan lineamientos claros para articular los principios de operación, definir prioridades y mecanismos de seguimiento, transparencia y supervisión de los resultados de su gestión, para verificar que la operación está en línea con la política energética y logrando los resultados esperados. La complejidad de la transición energética exige una articulación institucional reforzada y pronta, en la que el rol del CEN es vital. Mientras se diseñan ajustes normativos, es posible avanzar en esa dirección.
Por ejemplo, el Ministerio podría preparar con cierta regularidad un análisis del funcionamiento de la operación en relación con la política, a través del diálogo con actores del mercado, para establecer objetivos específicos y variables de seguimiento que deben ser informadas. De ese modo, entregaría orientaciones al CEN para robustecer la articulación institucional en busca de una transición rápida, justa y virtuosa. - El autor es investigador asociado UDP y exministro de Energía PUNTO DE VISTA