Con cambios graduales en la jornada de trabajo sector agrícola aplicará ley de 4O horas
Con cambios graduales en la jornada de trabajo sector agrícola aplicará ley de ¿ O horas Jorge Guzmán B. prensa@latribuna.cl cambio.
La rebaja de horas no deberán ser incorporadas en los contratos individuales de cada trabajador, instrumentos colectivos o reglamentos internos, sino que la ley establece el Un Un gremio agrícola nacional nacional detalló los cambios que involucrará la ley que rebaja a 0 horas el tiempo que los trabajadores deberán destinar destinar por contrato a sus tareas laborales semanales, detallando cómo se aplicará la rebaja gradual para los trabajadores del agro en Chile.
La SociedadNacionaldeAgricultura, SociedadNacionaldeAgricultura, a través de la publicación de la edición de Vocero Agrícola Legal, explicó las implicancias de la “Ley 21.561, que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral”. En relación a esto, explicaron que”la reducción de la jornada entrará en vigencia en forma gradual: Bajando a ¿ z horas el 26 de abril de 202), a )2 horas el 26 de abril de 2026, a )0 horas el 26 de abril de 2028”. El gremio explicó que “esta gradualidad aplicará para los trabaj adores permanentes no sujetos al régimen del artículo 88 del Código del Trabajo, para trabajadores administrativos, trabajadores de empresas comerciales comerciales o industriales derivadas de la agricultura, entre otros”. IMPLICANCIAS DE LA NUEVA NORMATIVA PARA EL TRABAJO AGRÍCOLA “Para aquellos trabajadores agrícolas permanentes, con anualizada con un promedio de 7,5 horas diarias, la rebaja dejornada dejornada entrará a regir recién el 26 de abril de 2028”, indicaron desde el conjunto. La SNA explicó que la adecuación a la nueva jornada se efectuará “de común acuerdo entre las partes, (las cuales) debeda.
Tener presente que, por ley, el periodo intermedio de de scanso de al menos media hora para colación no se considera trabajado trabajado para computar la duración de lajornada de trabajo”. El gremio representativo del agro nacional añadió que los conser modificados necesariamente: “las modificaciones relativas a la rebaja de la jornada laboral se entienden incorporadas en los contratos individuales, instrumentos instrumentos colectivos y reglamentos internos por el sólo ministerio de la ley”. “Una de las novedades de la ley es que la jornada ya no sólo debe distribuirse semanalmente, semanalmente, sino que también puede distribuirse sobre la base de promedios semanales en lapsos de hasta ) semanas”, notificaron por parte de la Sociedad Nacional Nacional de Agricultura.
CARGOS ADMINISTRATIVOS QUEDAN EXENTOS DE LA REBAJA HORARIA En relación al trabajo de horas extras, el gremio contó que esta “seguirá existiendo (... ) (en) hasta un máximo de 2 por día (... (además) la jornada máxima semanal podrá distribuirse distribuirse en no menos de cuatro ni más de seis días”. Sin perjuicio de lo anterior, la SNA releyó que “la nueva ley ha restringido los casos de trabajadores excluidos del límite de la jornada de trabajo, trabajo, limitándolo sólo al caso de los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administracióny todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de las funciones que desempeñan”. UNA DE LAS NOVEDADES DE LA NUEVA NORMATIVA se da por el hecho de que la jornada ya no debe distribuirse solamente de manera semanal, sino que también puede distribuirse sobre la base de promedios semanales en lapsos de hasta cuatro semanas. jornadas de lunes a sábado, y rán de común acuerdo, llevar a tratos pactados con anterioridad que están sujetos a unajornada cabo el ajuste a la nuevajornaalaaprobacióndelaleynodeben Con cambios graduales en la jornada de trabajo sector agrícola aplicará ley de 4O horas.