Resolución exenta número 1.063, de 2026.- Amplía área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W.) en los lugares que indica, Región de Valparaíso
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.457 Lunes 25 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2812154 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso AMPLÍA ÁREA DE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ) EN LOS LUGARES QUE INDICA, REGIÓN DE VALPARAÍSO (Resolución) Núm. 1.063 exenta. - Quillota, 9 de mayo de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; El decreto ley N 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores modificaciones; la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N 4.743, de 2020, del Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de emergencia; Las resoluciones N 661, de 2022, N 1.909 de 2024 y N 3.824 de 2026, todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; las resoluciones N 619 de 2026, N 730 de 2026, N 842 de 2026 y N 990 de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso; y las facultades que invisto como Director Subrogante Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso, conforme la resolución exenta N RA 240/697/2026, de fecha 20 de abril de 2026, de la Dirección Nacional del Servicio. Considerando: 1.
Que, mediante la resolución exenta N 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied). 2.
Que, con fecha 4 de marzo, se detectó la presencia de un ejemplar hembra de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), en el área semiurbana de El Sauce, comuna de Los Andes, Región de Valparaíso, lo que activó vigilancia intensiva mediante resolución exenta N 619, de2026, de la Dirección Regional de Valparaíso. 3.
Que, con fecha 30 de marzo de 2026, se detectó la presencia de un segundo ejemplar del insecto correspondiente a la plaga, señalada precedentemente, en el área lo que originó un brote, mediante la emisión de la resolución N 730, de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso. 4.
Que, posteriormente se detectaron ejemplares del insecto señalado precedentemente, lo que originó ampliación del área reglamentada en el sector El Sauce, mediante la emisión de las resoluciones N 842 de 2026 y N 990 de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso. 5.
Que, el día 6 de mayo, se ha detectado la presencia de un ejemplar hembra no inseminada de Mosca de la fruta en el sector El Sauce, razón por la cual resulta necesario ampliar el área reglamentada en un radio de 7.2 km con ocasión de dicha detección. 6. Que, el radio del brote comprende parcialmente la Región de Valparaíso, a las comunas de Los Andes, San Esteban, Santa María y Calle Larga. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2812154 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, en virtud de lo dispuesto en el número 3 de la resolución exenta N 3.513/1995, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y erradicación de esta plaga. Resuelvo: 1.
Amplíase el área de regulaciones cuarentenarias establecida para el control y erradicación de la plaga denominada Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ), y establézcase, a contar del día 9 de mayo de 2026, como área reglamentada, el polígono compuesto por 42 vértices, determinado mediante coordenadas UTM, las que se indican a continuación: POLÍGONO 7,2 KM DATUM WGS 84 (HUSO 19) COORDENADAS UTM vertex_index Xutm Yutm 0 357016 6358008 1 356998 6358006 2 355593 6358144 3 354384 6358511 4 353621 6358586 5 352271 6358996 6 351026 6359661 7 349935 6360557 8 349039 6361648 9 348374 6362893 10 347964 6364243 11 347826 6365648 12 347964 6367053 13 348374 6368403 14 349039 6369648 15 349935 6370739 16 351026 6371635 17 351449 6371861 18 351879 6372214 19 353124 6372879 20 354474 6373289 21 355879 6373427 22 357284 6373289 23 358634 6372879 24 359879 6372214 25 360970 6371318 26 361155 6371093 27 362111 6370308 28 363007 6369217 29 363672 6367972 30 363674 6367967 31 363676 6367962 32 364086 6366612 33 364224 6365207 34 364086 6363802 35 363676 6362452 36 363011 6361207 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2812154 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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