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Extractos: EXTRACTO Extracto Extensión de Plazo de la etapa de participación ciudadana por modificaciones sustantivas de la Adenda Complementaria y extensión de la suspensión del proceso de evaluación.
Se comunica a la opinión pública que, en virtud a lo establecido en el artículo 29 de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, así como en los artículos 88 y 92 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, mediante la Resolución Exenta Nº 202505001117 de fecha 27 de junio de 2025 mediante la cual se decreto la realización de una nueva etapa de participación ciudadana, por un plazo de 30 días, en la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto"Puerto Exterior de San Antonio" (el "Proyecto"), cuyo titular es Empresa Portuaria San Antonio, debido a que, mediante la Adenda Complementaria presentada con fecha 05 de junio de 2025, el Titular introdujo modificaciones sustantivas al Proyecto.
Que adicionalmente, mediante la resolución Exenta Nº 202505101372 de fecha 14 de agosto de 2025, la Comisión de Evaluación resolvió en virtud del artículo 26 de la Ley Nº 19.880, decretar extender la suspensión del proceso de evaluación y dar un plazo adicional de participación ciudadana por modificaciones sustantivas, por 15 días hábiles, en la evaluación ambiental del EIA "Puerto Exterior de San Antonio", del titular Empresa Portuaria San Antonio, debido a que, según lo descrito en la parte considerativa de esta Resolución, a petición de parte y a que se trata de un EIA de alta complejidad y gran envergadura, se ha estimado necesario decretar la extensión del plazo indicada y, adicionalmente se mantendrá suspendido el proceso de evaluación, conforme lo permite el citado artículo 32 de la Ley Nº 19.880, hasta que finalice la extensión del plazo de la participación ciudadana por modificaciones sustantivas.
Lo anterior, con el objeto resguardar el derecho a la participación ciudadana informada, y que la comunidad cuente con un plazo adicional para formular observaciones ciudadanas, sin comprometer el debido proceso de evaluación ambiental, la adecuada evaluación y, en definitiva, la calificación ambiental del proyecto.
De acuerdo con el EIA del proyecto "Puerto Exterior de San Antonio", éste consistiria en la construcción y operación de dos (2) terminales portuarios Terminal 1 (TS1) y Terminal 2 (TS2), los cuales serían desarrollados en 5 fases de crecimiento operativo, las que en su conjunto llegarían a movilizar un total de carga mayoritariamente contenerizada de hasta 6 millones de TEU/año, permitiendo el atraque simultáneo de hasta cuatro (4) naves portacontenedores de última generación denominados Post-New-Panamax (o Clase E, de 400 m de largo) en cada terminal.
Para la ejecución del Proyecto, se requeriría contar con material de relleno para la construcción de rompeolas y explanadas de los Terminales (TS1 y TS2), para ello, se consideran dos (2) canteras denominadas laver y Román, las que se ubicarán en los kilómetros 2 y 4 de la ruta G-908, respectivamente.
El objetivo del EIA será aumentar la capacidad de transferencia de carga de la zona central del país y dotar a esta zona con infraestructura portuaria de última tecnología que permita tener niveles de servicio de atención acorde con los requerimientos de la demanda y crecimiento proyectados para las próximas décadas, permitiendo acrecentar el comercio exterior de Chile y dinamizar su desarrollo económico.
Las modificaciones sustantivas presentadas en la Adenda Complementaria son las siguientes: · La modificación de la instalación de faenas principal en la fase de construcción, y la modificación del sector logístico para la fase de operación.
Ambas modificaciones, se emplazarían en una nueva superficie que incluirían sectores de las poblaciones Juan Aspeé y Brisamar, por lo que se aumenta la magnitud del impacto ambiental significativo CMH-9: Alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos por efecto del reasentamiento de habitantes asociados a obras del Proyecto. · Se elimina el trazado vial a las canteras en el sector de San Juan, incluyendo el viaducto San Juan, en su reemplazo, se construirá una conexión sur hacia la Ruta de la Fruta Variante San Juan (Ruta 66). Se reconocen los siguientes impactos ambientales significativos: · CMH-18: Afectación a la actividad socioeconómica de la pesca por construcción de las obras portuarias, en caleta Desembocadura del río Malpo; · CMH-19: Afectación a la actividad socioeconómica de la pesca por construcción de las obras portuarias, en la actividad de recolección de recursos bentónicos por agrupaciones de caleta Desembocadura del río Maipo; y, · CMH-20: Afectación a la actividad tradicional de pesca artesanal chinchorro de orilla realizada por el grupo de pescadores que se autoidentifican con el pueblo Chango por construcción de las obras maritimo-portuarias.
Se modifican los siguientes impactos ambientales, clasificándose como significativos: · OCA-1: Alteración de la calidad del aire por emisiones de material particulado respirable fino MP2,5, en las Áreas del Proyecto en Fase de Operación; · CMH-1: Afectación a la actividad socioeconómica de la pesca por construcción de las obras portuarias, en las caletas de Pacheco Altamirano, Puertecito y Boca del Maipo; · CMH-10: Alteración a los sitios de significación natural de los grupos humanos indígenas producto de la construcción del Proyecto; · OMH-1: Afectación a la actividad socioeconómica de la pesca por operación del Puerto, en las caletas de Pacheco Altamirano, Puertecito y Boca del Maipo; · ORU-3: Alteración de los niveles de presión sonora producto de la generación de emisiones de ruido producidas por Tronaduras Área Canteras en Fase de Operación; y, · OVI-1: Alteración de los niveles de vibraciones generadas por el uso de explosivos (tronaduras) y la maquinaria, Área Canteras en Fase de Operación.
Se presentan las siguientes nuevas medidas de mitigación y/o compensación: MC-MH-8: Compensación por potencial alteración en el desempeño de actividades de pescadores artesanales de San Antonio; · MC-HC-3d: Parque Lagunas de Lloleo; · MC-MH-3e: Plan de mejoramiento de la playa Pacheco Altamirano; · MC-MH-5: Fortalecimiento de prácticas culturales de GHPPI Mapuche-Lafkenche en Desembocadura del Rio Maipo; · MC-MH-6: Plan de conservación y fortalecimiento de la práctica cultural-productiva de la pesca chinchorro de los GHPPI que se autoidentifican Changos; MC-MH-7: Programa de equipamiento y traslado para la recolección de recursos bentónicos; · MM-RU-1: Reubicación y reforzamiento de infraestructura del Receptor C10 cercano a Cantera Javer; y, MM-VI-1: Reubicación y reforzamiento de infraestructura del Receptor C10 cercano a Cantera Javer.
La Adenda Complementaria del ElA del proyecto "Puerto Exterior de San Antonio", se encuentra a disposición de los interesados para su consulta, en la oficina del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en Prat 827, oficina 402, Valparaiso, con horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas; en las oficinas del Gobierno Regional de Valparaiso, ubicadas en Melgarejo Nº 669, pisos 7 y 10, Valparaíso, con horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas; en las oficinas de la Ilustre Municipalidad de San Antonio, ubicada en Av.
Ramón Barros Luco 1881, San Antonio, en horario de atención de 09:00 a 13:00 horas; en las oficinas de la lustre Municipalidad de Santo Domingo, ubicada en Plaza del Cabildo S/N, Santo Domingo, en horario de atención de 09:00 a 13:00 horas; en las oficinas de la Ilustre Municipalidad de Cartagena, ubicada en Mariano Casanova Nº210, Cartagena, en horario de atención de 09:00 a 13:00 horas; y en las oficinas de la Ilustre Municipalidad de El Tabo, ubicada en Av. Las Cruces Norte Nº401, El Tabo, en horario de atención de 09:00 a 13:00 horas.
Además, se encuentra disponible en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental (www.sea.gob.cl). Durante el proceso de participación ciudadana, cualquier persona, natural o jurídica, podrá formular sus observaciones al Proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental las que se pueden presentar a través de su sitio web (www.sea.gob.d), o bien, en papel en la oficina de partes del Servicio, ubicada en calle Prat Nº 827, oficina 402, Valparaíso, o a través de la oficina de partes virtual del Servicio, https://www.sea.gob.cl/oficina-partes-virtual.
Para ello dispondrán de un plazo adicional de 15 dias hábiles (lunes a viernes), excluyendo días festivos, y contados desde el día hábil siguiente al vencimiento del plazo de la actual PAC y habiéndose efectuado la notificación de esta resolución mediante publicación.
El presente extracto y todo su contenido ha sido realizado por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el titular del Proyecto en la Adenda. EIA del proyecto "Puerto Exterior de San Antonio".