Gremio analiza vías para impugnar nuevo impuesto a bebidas isotónicas y néctares
Gremio analiza vías para impugnar nuevo impuesto a bebidas isotónicas y néctares Tras un proceso de consulta pública que incluyó la presentación de un borrador de la normativa, el 11 de marzo el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó en el Diario Oficial la circular definitiva que modifica el Impuesto Agregado a las Bebidas Analcohólicas, extendiendo su carga a la venta de néctares, bebidas isotónicas y bebidas hipotónicas, productos que hasta antes de esta regulación no estaban sujetos a este tributo creado con la reforma tributaria del 2014. Ello implica que pasarán a pagar un gravamen adicional de 10% y puede elevarse hasta 18%, dependiendo de si tienen un elevado contenido de azúcares.
En la circular, el SII definió que "para efectos de aplicar el impuesto adicional establecido en el artículo 42 de la LIVS, este Servicio ha sostenido que, en ausencia de una definición legal y para fines tributarios, corresponde adoptar el sentido técnico otorgado por quienes profesan la respectiva ciencia o arte". Añade en la redacción del texto que "para estos efectos, se ha considerado la definición técnica emanada del Ministerio de Salud, contenida en el artículo 478 del Reglamento Sanitario de los Alimentos, contenido en el Decreto Supremo N 977 de 1996". En ese sentido, menciona que la autoridad administrativa técnica en la materia, el Ministerio de Salud, ha determinado que tanto las bebidas hipotónicas como las bebidas isotónicas y los néctares clasifican como bebidas analcohólicas por su composición, por lo que quedarían gravadas con el tributo a los azúcares. "Son productos que se pueden clasificar como bebidas analcohólicas, dada su composición, siempre que no excedan 0,5% en volumen de alcohol etílico", precisa la circular sobre la base de la definición de la autoridad sanitaria.
Ante ello, el Servicio que dirige Hernán Frigolett dictaminó en la circular del 11 de marzo que "se fija un nuevo criterio, en el sentido de que está afecta al impuesto adicional de la letra a) del artículo 42 de la LIVS, con las tasas establecidas en dicho artículo, la venta o importación de néctares, bebidas isotónicas y bebidas hipotónicas, al clasificar estas como bebidas analcohólicas". Respecto de la vigencia de la normativa, el SII precisó que esta tendrá efecto respecto de las ventas o importaciones de néctares, bebidas isotónicas y bebidas hipotónicas, que se verifiquen a contar del período tributario de junio de 2024, cuyos impuestos deberán pagarse en las arcas fiscales durante el mes de julio.
Acciones de la industria La nueva regulación del SII cayó mal en la industria, que está representada en el gremio de Alimentos y Bebidas, AB Chile. "Lamentamos que por vía administrativa y no legislativa, se pretenda aplicar un impuesto a productos que hoy no están gravados, como es el caso de los néctares, bebidas isotónicas e hipotónicas. Esta iniciativa debilita el principio de legalidad tributaria, afecta la necesaria certeza jurídica que debe tener todo marco regulatorio y sienta un pésimo precedente para el futuro", criticó el presidente de AB Chile, Gonzalo Uriarte.
El ejecutivo también anticipó que están evaluando acciones para invalidar la circular del SII. "Hemos iniciado el estudio de diversas alternativas de impugnación y haremos uso de todas las herramientas legales y administrativas de las que disponemos para dejar sin efecto esta circular, cuyo fin no es correctivo, sino que recaudatorio, además de regresivo y que termina afectando a los consumidores", afirmó.
Antes de que se publicara la circular definitiva, AB Chile alertó de que "de implementarse esta medida, se sentará un nefasto precedente que permitirá aplicar nuevos impuestos por la vía administrativa" y anticipó que de aplicarse "implicará un obvio aumento en los precios de estos productos, en un momento económico difícil para el país, afectando directamente a los sectores más pobres". Sin embargo, el economista e investigador de la Universidad Adolfo Ibáñez (UAI) Guillermo Paraje apoyó el cobro del nuevo gravamen. "La lógica sanitaria y económica del impuesto a las bebidas azucaradas es desincentivar el consumo de bebidas que no son necesarias para la vida y que tienen azúcares libres. Las bebidas deportivas, isotónicas y néctares tienen una buena cantidad agregada de azúcares, entonces debieran ser `taxadas' como las otras bebidas azucaradas", dijo.
Tras publicación de circular del SII que regula cobro: Gremio analiza vías para impugnar nuevo impuesto a bebidas isotónicas y néctares El Servicio de Impuestos Internos dispuso que la extensión del tributo a los azúcares en los productos analcohólicos entre en vigencia a partir de junio. J. P. PALACIOS Las bebidas isotónicas y deportivas hasta ahora no estaban gravadas con la carga fiscal a los azúcares. GRAVAMEN El impuesto adicional parte en un 10% y puede elevarse hasta un 18%..