Notificación
NOTIFICACIÓN Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT M-998-2020, RUC 20-40305645-7, se ordenó notificar por aviso a la demandada ELIANE JESÚS GOICOCHEA LAZO, RUN 23.752.609-0, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento monitorio laboral deducida con fecha 20 de noviembre de 2020, por doña MARISOL GIANINA ESCOBAR OLIVARES, RUN 12.142.166-6, la que demanda por nulidad de despido y de cobro de prestaciones laborales y previsionales, a razón de lo siguiente; Que se condene a la demandada al pago de las remuneraciones insolutas que se devenguen desde la separación, esto es desde el 30 de septiembre del 2020 hasta la fecha en que se convalide el despid, o conforme al artículo 162 del Código del Trabajo, a la sazón de $326.500 mensuales. - Que se adeudan las cotizaciones previsionales y de salud referidas. - Indemnización por feriado proporcional del periodo entre el 1 de julio del 2020 y el 30 de septiembre del 2020: por la suma de $62.579. - Indemnización sustitutiva del aviso previo: la suma de $326.500. - Cuotas impagas de la indemnización a todo evento, del periodo entre el 1 de julio del 2018 y el 30 de septiembre del 2020: la suma de $362.317. - Reajustes e intereses legales que correspondan. - Las costas del juicio.
Con fecha 25 de noviembre de 2020, el tribunal resuelve: A lo principal: No existiendo antecedentes suficientes para emitir pronunciamiento y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, cítase a las partes a audiencia única de contestación, conciliación y prueba, para el día 17 de febrero de 2021, a las 11:30 horas. Con fecha 18 de diciembre de 2020, el Centro Integrado de Notificaciones, informa notificación fallida del demandado. Con fecha 28 de diciembre de 2020, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, se deja sin efecto audiencia programada. Con fecha 15 de marzo de 2021, la parte demandante solicita se oficie a las entidades pertinentes para que informen posibles domicilios del demandado.
Con fecha 17 de marzo de 2021, el tribunal resuelve: Como se pide; requiérase informe sobre el domicilio del demandado ELIANE JESUS GOICOCHEA LAZO; al efecto certifíquese respecto del que registra en de SII, Servicio de Registro Civil e Identificación y Tesorería General de la República y, ofíciese a IPS, Fonasa, Servel, Previred y AFC Chile S.A. Con fecha 29 de junio de 2021, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, apórtese por la parte demandante domicilio de la demandada de autos, dentro de décimo día bajo apercibimiento de archivo. Con fecha 30 de junio de 2021, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de Santa Margarita N° 1148, comuna de Concón. Con fecha 1 de julio de 2021, el tribunal resuelve: A lo principal: Téngase presente nuevo domicilio.
Inténtese la notificación de la demanda y su proveído a la demandada, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en calle Santa Margarita N°1148, comuna de Concón, por el Centro Integrado de Notificaciones Judiciales de Valparaíso. Al otrosí: Se fijará nueva fecha para la realización de la audiencia decretada, una vez notificada la demanda, debiendo la parte demandante solicitar nuevo día y hora, en su oportunidad. Con fecha 6 de julio de 2021, el Centro Integrado de Notificaciones, informa notificación fallida del demandado.
Con fecha 30 de agosto de 2021, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 30 de agosto de 2021, el tribunal resuelve: A lo principal: Previamente inténtese la notificación de la demanda y su proveído a la demandada personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en domicilio informado por Fonasa, calle Santa Margarita N°1147, comuna de Concón, por el Centro Integrado de Notificaciones Judiciales de Valparaíso. Con fecha 04 de septiembre de 2021, el Centro Integrado de Notificaciones, informa notificación fallida del demandado.
Con fecha 11 de enero de 2022, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 13 de enero de 2022, el tribunal resuelve: A todo: Atendido el mérito de los DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.291 Viernes 1 de Julio de 2022Página 2 de 2 CVE 2142575 | Director Interino: Jaime Sepúlveda O. Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl antecedentes, previamente requiérase informe sobre el domicilio de la demandada a la Comisaría Virtual. Oficiese al efecto.
Con fecha 29 de marzo de 2022, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 31 de marzo de 2022, el tribunal resuelve: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, previamente se reitera notificación de la demanda y su proveído a la demandada, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en El Trébol N° 8-A, comuna de Concón, por el Centro Integrado de Notificaciones Judiciales de Valparaíso. Con fecha 17 de abril de 2022, el Centro Integrado de Notificaciones, informa notificación fallida del demandado.
Con fecha 6 de junio de 2022, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 8 de junio de 2022, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide; notifíquese al demandada ELIANE JESÚS GOICOCHEA LAZO, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, la demanda, su proveído y presente resolución, mediante aviso que se publicará por una vez en el Diario Oficial, conforme extracto que confeccionará la Unidad de Servicio de este Tribunal.
Se fija como nueva fecha para la realización de la audiencia única decretada, el día 18 de julio de 2022, a las 10:40 horas, la que se realizará bajo la modalidad de video conferencia en plataforma Zoom.
La ID de la reunión será enviada a los correos electrónicos de los apoderados con la debida antelación, a este fin las partes deberán señalar, hasta las 12:00 horas del día anterior a la realización de la audiencia, una forma expedita de contacto. Las partes deberán asistir a la audiencia con todos sus medios de prueba y, en caso de comparecer a través de mandatario, éste deberá estar expresamente revestido de la facultad de transigir. La audiencia tendrá lugar con solo la parte que asista, afectándole a la que no concurra, todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Las defensas orales sólo podrán ser efectuadas por abogados habilitados.
Atendido a lo dispuesto en el artículo 5 N° 2 de la Ley 21.394, de 30 de noviembre de 2021, los absolventes, testigos y/o peritos, que deban prestar declaración en la audiencia fijada en autos, deberán concurrir al Tribunal a fin de realizar la respectiva diligencia, ello sin perjuicio de lo establecido en artículo decimosexto transitorio de la referida Ley.
Notifíquese la presente resolución a la demandante por correo electrónico. - RIT M-998-2020, RUC 20-4-0305645-7. - Proveyó XIMENA ADRIANA CÁRCAMO ZAMORA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. - Pamela Cárdenas Quinteros, Jefe de Unidad, Juzgado de Letras del Trabajo Valparaíso.