Akuarela Terapias Limitada
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.368 Jueves 5 de Febrero de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2764997 EXTRACTO JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, con oficio en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, comuna y ciudad de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos N979, piso 7, certifico que por escritura pública de fecha 26 de enero de 2026, bajo el Repertorio N1867-2026, Paulina Elizabeth Calderón Calderón, Antonia Marisol Hornig Ruiz y Sofía Magdalena Contreras Hudson, todas con domicilio para estos efectos en Avenida Pedro Sergio Correa N14.500, oficina 411, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad denominada Akuarela Terapias Limitada con domicilio en Colina, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que pueda constituir en otros lugares del país o en el extranjero.
La sociedad tiene por objeto: a) Actividades y prestación de servicios profesionales en el ámbito de la salud tales como terapia ocupacional, fonoaudiología y otros profesionales de la salud; b) Actividades y prestación de servicios profesionales relacionados con el ámbito de la educación; c) Compra, venta, comercialización y distribución de productos relacionados con el desarrollo y prestación de servicios profesionales en los ámbitos señalados en letras anteriores, y; d) En general, cualquier otra actividad que se le relacione directa o indirectamente con las actividades nombradas, así como todas las demás actividades que digan relación directa o indirectamente con las citadas actuaciones. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a Paulina Elizabeth Calderon Calderon, Antonia Marisol Hornig Ruiz y Sofia Magdalena Contreras Hudson, actuando cualquiera de ellas indistintamente. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros.
El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, totalmente enterado al contado y en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a Antonia Marisol Hornig Ruiz, la suma de $333.333 ; b) a Sofia Magdalena Contreras Hudson, la suma de $333.334 ; y, c) a Paulina Elizabeth Calderon Calderon, la suma de $333.333.
La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios, o disolución de alguna persona jurídica.
En caso de fallecer algún socio persona natural, la sociedad continuará con sus herederos, los que no tendrán por ese título ninguna injerencia en la administración de la sociedad ni en el uso de la razón social, y deberán actuar ante la sociedad en forma conjunta y mediante mandatario común, el que deberá ser persona natural. Si es del caso y en la medida que resulte aplicable, lo antes indicado con respecto a los herederos se entenderá dicho igualmente con respecto a los legatarios de derechos sociales. Santiago, 30 de enero de 2026. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2764997 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl