Autor: PADRE RAÚL HASBUN
COLUMNAS DE OPINIÓN: Abortistas
COLUMNAS DE OPINIÓN: Abortistas OPINIÓN PADRE RAÚL, HASBUN Y Y Abortistas 1 Gobierno presentó recién un proyecto de ley, para despenalizar el aborto sin causales, y legalizar la eutanasia. Despertando una protesta de la oposición, y alguna crítica del oficialismo, por la oportunidad en que se plantea. Se prevé que el Congreso no lo aprobará. De inmediato, Obispos católicos, evangélicos y anglicanos manifestaron su total rechazo, basándose en la Biblia. Caín, por envidia, asesinó a su hermano Abel. Nadie tiene derecho de disponer voluntariamente de la vida de un ser humano. Significa malentender la libertad, como licencia para eliminar a un ser molesto e indefenso. La sangre derramada por Abel lo dice con elocuencia: ¡ No matarás ! Pero la prohibición de asesinar a otro es igualmente compartida por quienes razonan estrictamente mediante argumentos jurídicos. Invocan Códigos de Derechos Humanos, varios de ellos vigentes en todo el mundo.
Sobresale una Declaración del Comité de Derechos Humanos de la ONU, cuando afirma: "El derecho a la vida es el derecho supremo, respecto del cual no se autoriza suspensión alguna, ni siquiera en situaciones que pongan en peligro la vida de la nación". Y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala que "el derecho a la vida es ampliamente reconocido como el derecho supremo, y la conditio sine qua non para el goce de todos los demás derechos". Nuestro Código Civil "protege la vida del que está por nacer.
El Juez, a petición de cualquiera persona, o de oficio, tomará todas las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existencia del no nacido, siempre que crea que de algún modo peligra". También el Código Sanitario establece que "Toda mujer, desde el embarazo y hasta el sexto mes del nacimiento del hijo, y el niño, tendrán derecho a la protección y vigilancia del Estado, por intermedio de las instituciones que correspondan.
La tuición del Estado comprenderá la higiene y asistencia social, tanto de la madre como del hijo". Y el Código orgánico de Tribunales permite "a los Jueces oír a los defensores públicos, en todos los negocios que interesen a los ausentes, a los incapaces, y a los que están por nacer, siempre que lo estimen conve= niente". Finalmente, la Ley de Impuesto a la Renta afirma que "también se aplicará el impuesto en los casos de rentas que provengan de depósitos de confianza, en beneficio de los niños que están por nacer". Es muy claro que nuestras leyes, obedientes a la Constitución, que "protege la vida del que está por nacer", y considera a la Familia como "núcleo fundamental de la sociedad", y ordena "protegerla y fortalecerla", permanece muy consciente de su "Tespeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana". Religión y Derecho urgen cuidar a los niños, para que vivan y crezcan sintiendo respetada su dignidad inviolable. El derecho supremo es el derecho a vivir. a vivir. a vivir. a vivir..