PORTADA EL MERCURIO (C) CHILE
PORTADA EL MERCURIO (C) CHILE EL MERCURIO NAC TONAL SANTIAGO DE CHILE, JUEVES 5 DE FEBRERO DE 2026 nacionaImercurio. cI EDUARDO CANDIA El despacho de una orden de detención durante el viernes era la señal inequívoca de que el Poder Judicial debía enfrentarse a una compleja formalización.
Dicha orden fue solicitada por la Fiscalía Regional de Antofagasta Antofagasta en el marco del caso Procultura, Procultura, y ejecutada por la Policía de Investigaciones, lo que llevó a que cinco imputados llegaran hasta en 7 Juzgado de Garantía de Santiago durante el sábado pasado, pasado, donde fueron apuntados por el Ministerio Público como parte de un eventual fraude por más de $1.600 millones tras convenios convenios con el Gobierno Regional Metropolitano.
Sin embargo, tras cuatro días de audiencia, el juez Patricio Alvarez Alvarez (ver nota inferior), del mismo mismo tribunal, solo decretó la medida medida de arraigo nacional para Alberto Alberto Larraín, fundador de Procultura; María Teresa Abusleme, exjefa de estudios; Constanza Gómez, Gómez, exrepresentante legal, y Evelyn Magdaleno, exfuncionaria exfuncionaria del Gore. Caso distinto fue el de Gabriel Prado, excoordinador en el Gore del proyecto, quien había había acordado con el Ministerio Público el arresto domiciliario total total durante la primera jornada de formalización.
Pero no solo la prisión preventiva preventiva de los cuatro imputados fue rechazada rechazada el miércoles por Alvarez, pues la fiscalía, en subsidio de la medida cautelar más intensa, había había solicitado el arresto domiciliario domiciliario de todos, lo que también fue desestimado por el magistrado. II La búsqueda de revertir el fallo ante el tribunal de alzada A pesar de lo anterior, el Ministerio Ministerio Público optó por apelar ante el tribunal de alzada capitalino.
Se trata de una acción clave, puesto que un posible criterio diferente por parte de la corte podría significar significar conseguir medidas cautelares más intensas, como la prisión preventiva preventiva que buscó el Ministerio Público ante el juez de garantía, o una arresto domiciliario total, o incluso parcial.
Un eventual cambio en las medidas medidas cautelares por parte del tribunal tribunal de alzada tendría que ver con que los ministros que integren la sala que revise la acción den por acreditado el delito de fraude al fisco y, eventualmente, el concierto concierto de los imputados para cometerlo. cometerlo. Algo respecto de lo que el juez de primera instancia no se formó convicción. En ese sentido, la diferencia de criterios ya tiene un antecedente.
Si bien el juez Alvarez descartó que existieran antecedentes que permitieran dar cuenta de un indicios indicios de acuerdo, distinta fue la apreciación de la jueza Carla Capello, Capello, también del 7 Juzgado de Garantía, quien dio luz verde a la orden de detención de los cinco involucrados. En la resolución de la solicitud de fiscalía, Capello manifestó que existió coordinación para la comisión comisión de delitos.
“La investigación de la fiscalía ha incorporado cuantiosa cuantiosa documentación, tales como contratos, decretos de nombramiento, nombramiento, documentos públicos de la persona jurídica Fundación Procultura, copias de conversaciones conversaciones por medio de la plataforma WhatsApp y correos electrónicos entre los imputados que dan cuenta del conocimiento y coordinación coordinación para la comisión del delito”, delito”, dijo en la resolución. 111 Podría insistir en existencia de “estrategia coordinada” desde el Gore Esto, ya que la fiscalía, tanto en la solicitud de orden de detención como en la minuta de formalización, formalización, señalaba, por ejemplo, que “la fundación (Procultura) operaba operaba constantemente con una estrategia estrategia coordinada e impulsada desde las más altas esferas del Gore Metropolitano para asignar proyectos financiados con fondos públicos”, en referencia al programa programa para la prevención del suicidio suicidio “Quédate”, por más de $1.600 millones.
El resultado de una eventual apelación podría convertirse en un argumento sólido para avanzar avanzar en la imputación al gobernador gobernador metropolitano, Claudio Orrego, Orrego, o para limitar las intenciones de los persecutores de avanzar en una formalización. Esto, porque el Ministerio Público ingresó una solicitud de desafuero en su contra contra que está pendiente de revisión en la Corte de Apelaciones de Santiago. Santiago. En paralelo, Orrego enfrenta enfrenta un proceso de destitución a manos manos del Tricel.
Según la solicitud de desafuero de la fiscalía, “Claudio Orrego Larraín abusó de su cargo”, de la “función pública que desempeñaba”, desempeñaba”, y “con infracción grave a los deberes del mismo”, luego que suscribiera dos convenios con Procultura, sin que la fundación fundación tuviera “capacidad, idoneidad, idoneidad, competencia y experiencia para ejecutar los tratos”. Lo antenor, en el marco de un traspaso de $1690 millones por el programa programa de prevención contra el suicidio suicidio “Quédate”. La fiscalía investiga el eventual fraude al fisco, así como la malversación malversación de caudales públicos. Según Según conocedores del proceso, la revisión del desafuero por parte de la Corte de Apelaciones podría ser revisada durante la próxima semana. Claro que el juez Alvarez también se refirió a la situación de Orrego, puesto que fue nombrado múltiples veces por los persecutores a pesar de que no se encontraba en la sala.
En su deliberación, deliberación, el magistrado estimó que aquello agrega mayor complejidad complejidad a la imputación, ya que no todos los involucrados tienen calidad de autor, y Orrego, que sí la tendría, no fue parte de la audiencia. II Cambios de fiscales y diligencias fallidas La indagatoria a la fundación Procultura ha tenido otras dificultades dificultades relacionadas con la inestabilidad inestabilidad del proceso investigativo. A fines del 2023, cuando ya se mencionaba mencionaba la magnitud del caso Convenios, Convenios, la Fiscalía Nacional decidió decidió entregar las diversas causas en diferentes fiscales regionales. De esta manera, la indagatoria por Procultura cayó en manos de Carlos Carlos Palma, entonces fiscal regional de Aysén. Sin embargo, Palma apareció en los chats de Luis Hermosilla, Hermosilla, abogado imputado en el caso Audio.
Dichos antecedentes revelaron que el entonces persecutor persecutor habría entregado información información a Hermosifia de algunos casos, casos, lo que le costó a Palma la suspensión suspensión del cargo, y su salida del lVliriisterio Público luego que expirara expirara su período. Antes de eso, los cuestionamientos cuestionamientos a Palma llevaron a que a mediados de 2024 la indagatoria indagatoria fuera traspasada al fiscal Patricio Patricio Cooper, jefe de la jurisdicción jurisdicción de Coquimbo. No obstante, su participación en el caso llegó a su fin de manera abrupta, a manos del fiscal nacional, Angel Valencia, quien decidió asignar asignar la causa a Juan Castro, fiscal regional regional de Antofagasta. Lo anterior, porque porque Cooper consideró consideró mantener una interceptación telefónica que fue efectuada a Josefina Josefina Huneeus, exesposa de Alberto Alberto Larrafri.
Sin embargo, esta última ingresó un recurso que fue revisado tanto por la Corte de Apelaciones como por la Suprema, Suprema, con el fin de eliminar la diligencia diligencia de la carpeta investigativa, así como los antecedentes que se pudieran haber obtenido a partir de las escuchas. Tras dicha derrota, derrota, Valencia decidió reasignar la causa al actual persecutor. C. CARVAJAL y C. Rl VEROS La jornada del 3 de febrero de 2026, el edificio del Centro de Justicia de Santiago volvió a ser el escenario de una decisión que resintió resintió el Ministerio Público.
El juez Patricio Alvarez Maldini, titular titular del Séptimo Juzgado de Garantía, Garantía, dictó una resolución que dejó a Alberto Larraín y a otras tres imputadas clave en el caso Procultura únicamente con la medida cautelar de arraigo nacional. nacional. Alvarez no solo desestimó la prisión preventiva, sino que puso en duda la solidez de la formalización formalización por fraude al fisco en esta etapa procesal.
En un movimiento que rompió con la tendencia de transparencia de causas de alta connotación (como (como la Trama Bielorrusa o el caso Audios), además, Alvarez no permitió permitió la transmisión en vivo de la audiencia a través del Canal del Poder Judicial, según explicaron a este medio desde dicha entidad Con 54 años y una carrera que transitó por Copiapó antes de llegar llegar a la capital, el juez Alvarez Maldini acumula un nutrido historial historial de reveses judiciales y sanciones sanciones administrativas. II Demora en publicación de sentencia En 2013, por ejemplo, el Pleno de la Corte de Apelaciones lo sancionó sancionó por demorar II días en subir modificaciones a una sentencia al sistema.
La investigación se originó originó por una denuncia de la Fiscalía Centro Norte que criticaba cambios cambios de argumentación del fallo, cuando ya habían interpuesto nulidad por caso en que absolvió a imputado por desacato de una medida cautelar por violencia intrafarniliar. intrafarniliar.
La Octava Sala de la Corte, integrada integrada por los ministros Juan Escobar Escobar y las hoy supremas Adelita Ravanales y María Cristina Gajardo Gajardo (entonces abogada integrante), integrante), resolvió enviar los antecedentes antecedentes al visitador visitador del Séptimo Juzgado de Garantía, Garantía, ministro Juan Cristóbal Mera. Tras pedirle un informe al juez, el Pleno resolvió abrir un sumario que encabezó encabezó el fiscal Daniel Daniel Calvo, quien no le formuló cargos. Esto fue revocado revocado por la Corte y se le aplicó una amonestación privada. Además, la tendencia del juez a desestimar la prisión preventiva, u otras decisiones, ha sido corregida corregida en diversas ocasiones por tribunales superiores.
Ejemplo de ello es lo ocurrido hace II años, cuando en 2015 liberó liberó a dos estudiantes detenidos lanzando bombas molotov por considerar que no eran un “peligro “peligro para la sociedad”. La Corte de Apelaciones revocó el fallo y ordenó ordenó su prisión preventiva. preventiva. Uno de los querellantes en esa causa era el entonces intendente de la Región Región Metropolitana, Claudio Orrego, quien ahora figura como imputado en Procultura. En 2018, declaró ilegal la detención de una banda de 11 personas vinculadas a juegos juegos ilegales de casinos, dejándolas dejándolas sin cautelares, decisión que también fue cuestionada tras su formalización.
En 2020, durante la pandemia, ordenó al Ministerio de Salud entregar entregar miles de correos electróniII electróniII Visitas al Tren de Aragua y exclusión de informe en caso Pío Nono En tanto, en 2023, autorizó visitas visitas de familiares indocumentados indocumentados para reos de alta peligrosidad peligrosidad del Tren de Aragua, vinculados vinculados al crimen del cabo Daniel Palma. La medida fue frenada por la Corte tras un recurso de Gendarmería que alertaba sobre el riesgo de seguridad.
Ese mismo año, durante la preparación preparación del juicio contra el excabo excabo Sebastián Zamora, Alvarez excluyó excluyó un peritaje clave de la defensa defensa (el informe “gesto-motor”). Con una ironía, el juez argumentó argumentó que el experto no calificaba, porque la causa era penal y no un partido deportivo, limitando la capacidad de la defensa para demostrar demostrar que no hubo intención de empujar al adolescente al río Mapocho.
Durante su labor como juez del 7 Juzgado de Garantía capitaimo, capitaimo, además, Alvarez ha dejado dejado de manifiesto su cercanía con su polémico par Daniel Urrutia, del mismo tribunal, quien, por ejemplo, ha llamado a refundar Carabineros, entre otras manifestaciones. manifestaciones.
Así lo confirmó en febrero de 2025, cuando, con ocasión de la querella de Urrutia contra los ahora exministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Antonio Ulloa y Verónica Sabaj, además además del abogado Luis Hermosilla, Hermosilla, enmarcada en el caso Audio, Alvarez dio cuenta de que “respecto “respecto del querellante de autos, don Daniel Urrutia, se configura la causal de inhabilidad contemplada contemplada en el artículo 195 N 15 del Código Orgánico de Tribunaies por existir una relación de amistad amistad con dicho interviniente, y a fin de conservar la debida imparcialidad imparcialidad y transparencia (... ), me declaro inhabilitado para conocer de la presente causa”. II La dura sentencia del Tribunal Tribunal Constitucional Uno de los puntos más críticos de su carrera ocurrió con el caso Moyano.
El Tribunal Constitucional Constitucional (TC) en 2013 acogió un recurso recurso de inaplicabilidad tras determinar determinar que Alvarez “vuineró el debido proceso” al excluir testimonios testimonios clave sobre el asesinato del cabo de Carabineros Luis Moyano, Moyano, quien fue asesinado en 2007 por uno de los asaltantes del Banco Security mientras huían. El TC calificó de “inadmisible” que el juez desconociera la ley bajo bajo el pretexto de garantías constitucionales, constitucionales, señalando que su actuar actuar generó consecuencias anticonstitucionales. anticonstitucionales. Tras esto, la Corte de Apelaciones lo recusó de forma unánime por falta de imparcialidad.
Esto, debido a que, según el TC, el magistrado “vulneró el debido proceso” al excluir la lectura de la declaración de un testigo del homicidio que actualmente está fuera de Chile, la que fue desechada por Alvarez en la audiencia de preparación preparación de juicio oral, argumentando argumentando que no le daba garantías por proceder del sistema castrense castrense (Fiscalía JVlilitar). El fallo de la magistratura dice que el artículo 8 transitorio de la Ley N20.477 le impide esta exclusión. exclusión.
“Resulta enteramente inadmisible, a la luz de muy claros claros principios constitucionales, que un juez de la República desconozca desconozca tal ley, a pretexto de que su aplicación importaría infringir infringir la garantía constitucional del debido proceso”, indica el TC.
Por esa decisión, el juez fue recusado recusado y luego, en un fallo unánime unánime de la Corte de Apelaciones, dicha acción se acogió, lo que produjo la inhabilitación del magistrado magistrado de la preparación del juicio oral.
Los ministros consideraron consideraron que se afectó la imparcialidad imparcialidad que deben tener los jueces, jueces, como norma regulatoria del debido proceso. c La causa ha tenido tres persecutores y diligencias anuladas por la justicia Recurrir contra libertad de imputados y buscar el desafuero de Orrego: lo que se viene para fiscalía en caso Procultura El Ministerio Público confirmó que buscará reforzar su tesis y obtener una medida más intensa, tras el revés que significó el rechazo de prisión preventiva y el arraigo decretado para Alberto Larraín y tres coimputadas. CAUTELARES. Cuatro imputados quedaron con arraigo y solo uno con arresto domiciliario. Este último se trata de Gabriel Prado, quien acordó la cautelar antes del fallo del juez. RESOLUCIÓN El juez de primera instancia consideró que no se acreditó la “concertación” entre los imputados. El magistrado dejó únicamente con arraigo nacional a Alberto Larrafn y tres imputadas por presunto fraude al fisco en el caso Procultura. cos en solo tres días. La Corte Suprema Suprema debió intervenir para limitar limitar la entrega y proteger información información ligada a la seguridad nacional. APELACIIN La fiscalía buscará que la Corte de Apelaciones de Santiago revierta su decisión de liberar a cuatro imputados en caso Procultura..