MINISTERIO DE ENERGÍA
MINISTERIO DE ENERGÍA CVE 2794546 Director: Giovanni Calderón Bassi Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.419 Miércoles 8 de Abril de 2026 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2794546 MINISTERIO DE ENERGÍA FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO Núm. 101 exento. Santiago, 7 de abril de 2026. Núm. 101 exento. Santiago, 7 de abril de 2026.
Vistos: Vistos: Lo dispuesto en el DL Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.030 y sus modificaciones posteriores; en el decreto supremo Nº 211, de 2000, que Aprueba nuevo Reglamento de la ley Nº 19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, modificado por decreto supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería; en el oficio ordinario Nº 362/2026, de 2026, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa al tenor de lo establecido en los artículos 6º y 7º del referido Reglamento; en el decreto exento N 272, de 2025, del Ministerio de Energía; y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Energía; y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Decreto: Decreto: 1. Fíjanse los Precios de Referencia y de Paridad para Kerosene Doméstico: 1. Fíjanse los Precios de Referencia y de Paridad para Kerosene Doméstico: 1.
Fíjanse los Precios de Referencia y de Paridad para Kerosene Doméstico: Precios de Referencia Precios de Referencia Precios de Referencia Precio de Paridad Precio de Paridad Precio de Paridad (en dólares de los Estados Unidos de América/m³) América/m³) América/m³) América/m³) Inferior Intermedio Superior (todos en dólares de los Estados Unidos de América/m³) América/m³) 847,20 968,20 1.089,20 1.354,68 1.354,68 2. Los precios establecidos en el numeral precedente entrarán en vigencia el día jueves 9 de abril de 2026. abril de 2026. Anótese, publíquese y archívese. Por orden del Presidente de la República, Ximena Rincón González, Ministra de Energía. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Saluda Atte. a Ud., Andrea Verónica Soto Araya, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía. Araya, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía..