Autor: A. CHAPARRO
Decisión llama la atención entre abogados y declaraciones de ministro genera preocupación
El tribunal desechó en el primer examen formal el requerimiento del Ejecutivo: Cuando el ministro Iván Aróstica ingresaba al Tribunal Constitucional (TC) ayer en la mañana, fue abordado por la prensa y se le preguntó más de una veintena de cosas distintas; entre ellas, por la anterior sentencia de la magistratura relativa al segundo retiro, la que estableció que las les que tienen que ver con materias de seguridad social son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, Fue entonces que el juez hizo una precisión: “El TC en ese fallo no dirimió una contienda de competencia exactamente, El punto central no es quién hace la ley, el punto central para el qué tiene que hacerse para solucionar el problema de la gente”. Por la tarde, nuevamente al preguntársele, explicó —entre otras cosas— que el requerimiento no había sido acogido a trámite, porque su argumentación era inY Para el TC, dijo Iván Aróstica, el punto central en el fallo anterior “no es quién hace la ley”, sino “qué tiene que hacerse para solucionar el problema de la gente”. completa.
Con esta decisión, la magistratura, por mayoría, optaba por no entrar al fondo del asunto, Oficialmente, solo se informó la votación (7-3) sin explicitarse las argumentaciones, y con esa información, el profesor de las universidades Diego Portales y de Ultrecht (Países Bajos), Javier Couso, sostiene que para desestimar un requerimiento en este primer examen deberían darse —según la Constitución y la Ley Orgánica Constitucional del TC— problemas de oportunidad, de legitimidad del órgano que lo presenta o carecer de fundamento plausible, No se darían en este caso los dos primeros elementos, dice, y agrega: “Cuesta imaginar —y esto lo dice alguien como yo, que estoy en contra de la idea de que el requerimiento tuviera plausibilidad constitucional— queno haya tenido fundamento plausible”. Por lo que, comenta, “me parece bastante claro que uno puede especular que aquí hubo motivaciones extrajurídicas”. En tanto, el profesor de la UC de Valparaíso, Eduardo Cordero, afirma que “Ilama la atención que este tema se rechace en la admisibilidad, que es una cuestión de carácter previo, y no se entre al fondo”. También inquieta, agrega, “que siendo un tribunal de derecho, se consideren aspectos de hecho fáctico para cambiar de opinión, porque, en general, lo que se busca es velar por la supremacía constitucional, entonces no se entiende cómo los hechos pueden determinar un cambio sustantivo en una resolución (... ), aquí es muy importante una regla que se denomina el precedente, por un tema de seguridad jurídica”. Cordero apunta a que “este segundo aspecto preocupa bastante”. Y, sobre los dichos del ministro Aróstica, el académico de la UDP plantea que “declarar que el tribunal no estaba tan preocupado de asuntos de competencia o de quién tenía la posibilidad de iniciar la ley, sino de las condiciones de los chilenos, es algo aún más grave que cuando la presidenta (Brahm) en abril del año pasado señaló que (el tribunal) era una tercera cámara”. Advirtiendo que “el daño reputacional que estas declaraciones hacen a ese órgano (TC) pone, a mi juicio, en peligro la reposición, la sobrevivencia del tribunal, en una nueva Constitución”. En una democracia, lo que corresponde, puntualiza, es que “los órganos elegidos por la ciudadanía velen por sus necesidades” y que los órganos jurisdiccionales apliquen la Constitución y las leyes”. Mientras que respecto de este punto, el profesor de la UCV dice: “Para la opinión pública, pero también para la gente que está en el ámbito jurídico, han sido sorpresivas las declaraciones del ministro Aróstica”. En términos generales, plantea, “de cualquier persona que ejerza una función jurisdiccional, se espera que guarde reserva y no anticipe opiniones respecto de un asunto que tiene que resolver, porque eso tiene que ver también con un tema de imparcialidad”.