INVERSIONES SEMILLAS SpA 77.248.595-6
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.456 Sábado 23 de Mayo de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2814451 EXTRACTO PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público, titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N 1202, local 101, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de marzo del año 2026, ante mí, compareció: /i/ la sociedad DON MARIO SpA, debidamente representada; /ii/ doña MARÍA CONSUELO DE LOURDES DEL RÍO EBENSPERGER; y /iii/ doña MARÍA PAZ DEL RÍO EBENSPERGER, en su calidad de actuales y únicos accionistas de la sociedad INVERSIONES SEMILLAS SpA (en adelante, la "Sociedad"), cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 67.657, número 32.360, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: I. Modificación de Administración. Los actuales y únicos accionistas acordaron modificar los artículos Octavo y Noveno permanentes de los estatutos sociales, relativos a la administración y representación de la Sociedad. II. Modificación de Estatutos Sociales.
En consecuencia, se reemplaza el Artículos Octavo y Noveno correspondientes de los estatutos sociales relativo a la administración por el siguiente: Uno. "ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial se otorgarán en el siguiente sentido: Se designa como apoderados a don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, doña MARÍA CONSUELO DE LOURDES DEL RÍO EBENSPERGER, y doña MARÍA PAZ DEL RÍO EBENSPERGER.
Los apoderados anteriormente designados, actuando de la forma y con las limitaciones que se indicarán más adelante en la escritura, y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligar a la sociedad en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad.
Además de las atribuciones antes referidas, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa sino que meramente enunciativa, el administrador tendrá las facultades indicadas en escritura. " Dos. "ARTÍCULO NOVENO: Forma de actuación de los apoderados. /i/ Los Apoderados antes designados, esto es, don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, doña MARÍA CONSUELO DE LOURDES DEL RÍO EBENSPERGER, y doña MARÍA PAZ DEL RÍO EBENSPERGER, actuando uno cualquiera de ellos en forma individual, estarán premunidos para ejercer todas las facultades de administración y representación de la Sociedad establecidas precedentemente en las letras b); c); d); e); y, f) del Artículo Octavo de la escritura pública extractada, con amplias facultades, sin restricciones y/o limitaciones de ninguna naturaleza. /ii/ Los Apoderados ya individualizados, actuando uno cualquiera de ellos en forma individual, estarán premunidos para ejercer todas las facultades de administración y representación de la Sociedad establecidas precedentemente en las letra a) del Artículo Octavo de la escritura pública extractada, con amplias facultades, con la sola restricción de poder ejercer estas facultades en operaciones, actos o contratos cuyo valor individual no supere los veinte millones de pesos, y siempre que el conjunto de dichas operaciones, actos o contratos no exceda la suma anual de ochenta millones de pesos. En caso de superar dichos valores, deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de los apoderados designados" Demas estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 20 de abril de 2026. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2814451 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl