Notificación
NOTIFICACIÓN Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT M-254-2020, RUC 20-4-0256068-2, se ordenó notificar por aviso a la demandada OUTSALES SPA, RUT 76.595.298-0, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento monitorio laboral deducida con fecha 06 de marzo de 2020, por don MARCO ANTONIO ABARCA LÓPEZ, RUT 15.559.486-1, el que demanda por despido injustificado y de cobro de prestaciones laborales y previsionales, a razón de lo siguiente: Indemnización sustitutiva del mes de aviso, $488.681 ; Indemnización por años de servicio (1 año): Equivalente a la suma de $488.681 ; Recargo legal sobre la indemnización por años de servicio (1 año): Equivalente a la suma de $358.945. - reajustes e intereses y costas.
Con fecha 12 de marzo de 2020, el tribunal resuelve: Que SE ACOGE la demanda interpuesta con fecha 06 de marzo de 2020 por don MARCO ANTONIO ABARCA LÓPEZ, run 15.559.486-1, trabajador, con domicilio en Avenida Blanca Vergara Nº 1745, comuna de Viña del Mar, en contra de su ex empleadora, la empresa OUTSALES SPA, RUT 76.595.298-0, del giro de otras actividades de servicios de apoyo a las empresas, con domicilio en LOS CONQUISTADORES Nº 2251, DEPARTAMENTO 4, COMUNA DE PROVIDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA, representada legalmente por doña ADELA JAIDAR MELLA, RUT 7.248.242 -5, se ignora profesión u oficio, o por quien a la fecha de notificación ejerza labores de administración conforme al artículo 4º del Código del Trabajo, mismo domicilio y solidariamente en virtud de los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en contra de la empresa VTR COMUNICACIONES SPA, RUT 76.114.143-0, del giro -entre otrosde telefonía y otros servicios de telecomunicaciones, con domicilio en AVENIDA APOQUINDO Nº 4800, COMUNA DE LAS CONDES, REGIÓN METROPOLITANA, representada legalmente por don SERGIO ANDRÉS SELMAN HASBUN, RUT 15.377.810-8, ingeniero comercial, o por quien a la fecha de notificación ejerza labores de administración conforme al artículo 4º del Código del Trabajo, mismo domicilio, declarándose en consecuencia: Que el actor prestó servicios para la demandada desde el 01 de octubre de 2018 hasta el 01 de enero de 2020. Que el despido, por aplicación de la causal contemplada en el artículo 160 Nº3 del Código del Trabajo, materia de este proceso, es injustificado.
Que las demandadas deberán, además, pagar a la demandante las siguientes prestaciones: a) $488.681 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $488.681 por concepto de indemnización por 01 año de servicio. c) $390.945 correspondiente al recargo del 80% sobre la I.A.S., atendido la causal invocada para el despido por la demandada. d) Las costas de la causa, las que se regulan en el 10% de las sumas que se ordena pagar, una vez liquidado el crédito. Las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución deberán serlo con los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Con fecha 27 de marzo de 2020, el tribunal exhortado, Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa notificación fallida del demandado. Con fecha 30 de marzo de 2020, el tribunal resuelve: A sus antecedentes exhorto devuelto sin tramitación, conforme lo expresa el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, atendida la contingencia sanitaria. Con fecha 21 de agosto de 2020, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de Los Conquistadores Nº 2251, departamento 4, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Con fecha 24 de agosto de 2020, el tribunal resuelve: Téngase presente, notifíquese a la demandada OUTSALES SPA, personalmente o de conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio ubicado en Los Conquistadores Nº2251, departamento 4, comuna de Providencia, Región Metropolitana, por exhorto al Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, previa distribución. Con fecha 02 de septiembre de 2020, el tribunal exhortado, Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa notificación fallida del demandado. Con fecha 25 de enero de 2021, la parte demandante solicita se oficie a las entidades pertinentes para que informen posibles domicilios del demandado. Con fecha 27 de enero de 2021, el tribunal DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.230 Lunes 18 de Abril de 2022Página 2 de 2 CVE 2110425 | Director Interino: Jaime Sepúlveda O. Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl resuelve: Solicítese al Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República información acerca del domicilio de la demandada principal. Ofíciese al efecto a la Administradora de Fondos de Cesantía, Fondo Nacional de Salud, Previred e Instituto de Previsión Social. Con fecha 05 de febrero de 2021, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de Calle Dieciocho Nº 479, comuna de Parral.
Con fecha 9 de febrero de 2021, el tribunal resuelve: A lo principal: Téngase presente, notifíquese a la demandada OUTSALES SPA personalmente o de conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio ubicado en Calle Dieciocho Nº 479, comuna de Parral, por exhorto al Juzgado de Letras de Parral. Con fecha 07 de mayo de 2021, el tribunal exhortado, Juzgado de Letras de Parral, informa notificación fallida del demandado.
Con fecha 19 de mayo de 2021, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 20 de mayo de 2021, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, previamente reitérese la notificación a la demanda OUTSALES SPA, personalmente o de conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio ubicado en Los Conquistadores Nº2251, oficina 4, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, por exhorto al Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, previa distribución. Con fecha 05 de junio de 2021, el tribunal exhortado, Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa notificación fallida del demandado.
Con fecha 27 de agosto de 2021, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 30 de agosto de 2021, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente lo informado por el Instituto de Previsión Social, previamente inténtese notificar a la demandada OUTSALES SPA personalmente o de conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio ubicado en Avenida del Valle Sur 534, Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, por exhorto al Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, previa distribución. Con fecha 09 de septiembre de 2021, el tribunal exhortado, Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa notificación fallida del demandado. Con fecha 13 de octubre de 2021, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de Calle Dieciocho Nº 479, comuna de Parral. Con fecha 14 de octubre de 2021, el tribunal resuelve: A lo principal: Téngase presente.
Al otrosí: Como se pide, notifíquese a la demandada OUTSALES SPA, personalmente o de conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio ubicado en Calle Dieciocho Nº 479, Comuna de Parral, por exhorto al Juzgado de Letras de Parral. Con fecha 20 de diciembre de 2021, el tribunal exhortado, Juzgado de Letras de Parral, informa notificación fallida del demandado.
Con fecha 28 de diciembre de 2021, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 29 de diciembre de 2021, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente lo informado por el Instituto de Previsión Social, previamente inténtese notificar a la demandada OUTSALES SPA personalmente o de conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio ubicado en Avenida Reyes Lavalle 3340, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, por exhorto al Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, previa distribución. Con fecha 05 de enero de 2022, el tribunal exhortado, 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa notificación fallida del demandado. Con fecha 06 de enero de 2022, el tribunal resuelve: Téngase presente lo informado por el 1ºJuzgado de Letras del Trabajo de Santiago en cuanto a la notificación fallida de la demandada OUTSALES SPA.
Con fecha 11 de enero de 2022, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia. Con fecha 13 de enero de 2022, el tribunal resuelve: Respecto de la solicitud de la parte demandante, no ha lugar por ahora. Sin perjuicio certifíquese el domicilio de doña ADELA DEL TRÁNSITO JAIDAR MELLA, representante legal de la demandada OUTSALES SPA, mediante sistema de interconexión al Registro Civil e Identificación.
Con fecha 29 de marzo de 2022, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 30 de marzo de 2022, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese a la demandada principal OUTSALES SPA, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, la demanda, su proveído y presente resolución, mediante aviso que se publicará por una vez en el Diario Oficial, conforme extracto que confeccionará la Unidad de Notificaciones de este Tribunal. - RIT M-254-2020, RUC 20-4-0256068-2. - Proveyó doña CATALINA ALICIA LAGOS GOMEZ, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. - Pamela Cárdenas Quinteros, Jefe de Unidad, Juzgado de Letras del Trabajo Valparaíso.