Ministerio de Bienes Nacionales Modifica Resolución Nº 998 Exenta, de 23 de Noviembre de 2021, Del Ministerio de Bienes Nacionales, Que Aprobó Plan Nacional de Fomento A la Producción de Hidrógeno Verde En Territorio Fiscal, En Parte Que Indica
MINISTERIO DE BIENES NACIONALES MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 998 EXENTA, DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2021, DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES, QUE APROBÓ PLAN NACIONAL DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN DE HIDRÓGENO VERDE EN TERRITORIO FISCAL, EN PARTE QUE INDICA (Resolución) Núm. 827 exenta. - Santiago, 29 de julio de 2022.
Vistos: Estos antecedentes; el DFL Nº 1/19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; las atribuciones que el decreto ley Nº 1.939 de 1977 confiere al Ministerio de Bienes Nacionales para la adquisición, administración y disposición de los bienes del Estado; las disposiciones contenidas en el decreto ley Nº 3.274 de 1980, que fija la Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales; la facultad contemplada en el artículo 6º, letra c), del decreto supremo Nº 386 de 1981, Reglamento Orgánico del Ministerio de Bienes Nacionales; el Oficio Ord. Nº 438 de 29 de julio de 2022, de la División de Bienes Nacionales; lo dispuesto en las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 16, de 2020, de la Contraloría General de la República.
Considerando: Que, mediante resolución (exenta) Nº 998 de 23 de noviembre de 2021, el Ministerio de Bienes Nacionales aprobó el Plan Nacional de Fomento a la Producción de Hidrógeno Verde en Territorio Fiscal, considerando la relevancia de esta materia y con la finalidad de establecer los lineamientos que constituyan un marco referencial para la toma de decisiones en materia de administración del patrimonio fiscal para el desarrollo de este medio de producción de energía.
Que el referido Plan Nacional, estableció una ventana única de tiempo para que particulares interesados en el desarrollo de esta industria, pudieran ingresar solicitudes de asignación directa de concesiones de uso oneroso sobre terrenos fiscales, para la generación de energía y su consecuente producción de hidrógeno verde y/o sus derivados Que en el Nº 11 del Título II de la resolución (exenta) Nº 998 de 23 de noviembre de 2021, se estableció que el plazo de vigencia, procedimiento y condiciones para presentar solicitudes de concesión onerosa directa en el marco del Plan, sería definido por el Ministerio en un llamado público a realizarse a contar de la publicación del acto administrativo referido y de acuerdo al cronograma en el contenido. Que la División de Bienes Nacionales en Oficio Ord.
Nº 438 de 29 de julio de 2022, ha informado que esta administración ha realizado un estudio del Plan Nacional, en conjunto con el Ministerio de Energía y se ha realizado un pormenorizado análisis de cada una de las solicitudes presentadas, por lo que la tramitación de las postulaciones que fueron acogidas a trámite, conllevarán plazos que no han sido graficados en el actual cronograma establecido en la resolución (exenta) Nº 998 de 23 de noviembre de 2021, motivo por el cual se hace necesario adaptarlo y modificarlo, con la finalidad de que dichos expedientes administrativos sean tramitados conforme a los tiempos que exija cada uno de dichos procedimientos.
Que asimismo, se ha prevenido que a la fecha existen solicitudes acogidas a trámite en diferentes etapas administrativas (elaboración de planos, tasación interna, tasación externa) que deben continuar su tramitación respectiva. y de las cuales se aprecian diversas dificultades y criterios de planificación territorial que deberán ser resueltos caso a caso. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.319 Jueves 4 de Agosto de 2022Página 2 de 3 CVE 2166647 | Director Interino: Jaime Sepúlveda O. Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl Que mediante resolución Nº 60 de fecha 31 de mayo de 2022, la Corporación de Fomento de la Producción - Corfo, creó el Comité de Desarrollo de la Industria de Hidrógeno Verde, fijando normas que regularán su funcionamiento y aprobando su Reglamento.
Que el señalado Comité cuenta con la participación del Ministerio de Bienes Nacionales y otros Ministerios llamados a establecer una gobernación asociada a este tipo de industria y que tuvo su primera sesión la primera semana del mes de julio de 2022.
Que el mencionado Comité Interministerial tiene por objeto acelerar el desarrollo sostenible de la industria del hidrógeno verde, a través de la elaboración de planes de acción; la articulación y gestión de iniciativas, actividades y programas que permitan el avance de este desarrollo, así como proponer líneas de investigación, desarrollo de innovación y fomento a la industria, apoyando la formación de capacidades a nivel local y nacional, catalizando procesos de transferencia de conocimientos y tecnologías entre otros.
Que la actualización de la Estrategia Nacional de Hidrógeno Verde y los criterios acordados por el Comité de Desarrollo de la Industria de Hidrógeno Verde, deberán ser considerados en la tramitación de los expedientes en curso. Que por los motivos antes expuestos, se ha dispuesto acceder a lo propuesto por la División de Bienes Nacionales, en Oficio Ord. Nº 438 de 29 de julio de 2022.
Resuelvo: I. - Modifícase la resolución (exenta) Nº 998 de 23 de noviembre de 2021, del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprobó el Plan Nacional de Fomento a la Producción de Hidrógeno Verde en Territorio Fiscal, sustituyendo el Nº 11 del Título II y su Cronograma, por el siguiente: "11. - El plazo de vigencia, procedimiento y condiciones para presentar solicitudes de concesión onerosa directa en el marco de este Plan, será definido por el Ministerio en un llamado público a realizarse a contar de la publicación del presente acto administrativo, según el siguiente cronograma: Los tiempos de tramitación de cada una de las solicitudes acogidas a trámite deberán cumplir con cada una de las etapas administrativas asociadas a las concesiones onerosas directas.". II. - El presente acto administrativo formará parte integrante de la resolución (exenta) Nº 998 de 23 de noviembre de 2021, el Ministerio de Bienes Nacionales, que se modifica, la que quedará DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.319 Jueves 4 de Agosto de 2022Página 3 de 3 CVE 2166647 | Director Interino: Jaime Sepúlveda O. Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl plenamente vigente en todas y cada una de sus partes que no resulten modificadas por la presente. Anótese, comuníquese, publíquese en la página web del Ministerio de Bienes Nacionales, publíquese en el Diario Oficial y archívese. - Javiera Toro Cáceres, Ministra de Bienes Nacionales. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda a Ud., Marilen Cabrera Olmos, Subsecretaria de Bienes Nacionales.