Extracto
EXTRACTO Marcel Mathieu Pommiez Ilufí, Notario Público de Cañete, Esmeralda 280, certifico: Por escritura de hoy ante mí, Carolina Guerrero Cabezas, chilena, casada y separada de bienes, profesora, C.I. 8.393.414 -K, Uribe 049, comuna de Cañete, expuso y decide: que por escritura pública de 02/12/1998 ante Gastón Rivera Espinoza, Notario Público Suplente del Titular de Concepción don Jorge Condeza Vaccaro, se constituyó la sociedad “CONSULTORA PARA EL DESARROLLO Y LA COOPERACIÓN PEUMA ÑI MAPU LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Cañete a Fs. 29 N° 32, año 1998.
Por escritura pública de 04/08/2006, ante Notario Público Suplente del Titular de Concepción don Jorge Condeza Vaccaro, se modifica el estatuto social cambiando el objeto: “único objeto social la prestación de servicios de capacitación”. Por escritura pública de 11.06.2013, ante don Luis Gillet Bebin, Notario Público de Lebu, modificaron estatuto social: doña María José Arriagada Fernández se retira de la sociedad y vende, cede, y transfiere el total de su participación capital en la sociedad correspondiente al 50% de los derechos sociales de que es dueña, a Carolina Guerrero Cabezas el 80% y, a Angélica del Carmen Cabezas Díaz, el 20%. Por fallecimiento de Angélica del Carmen Cabezas Díaz, el 30/08/2021, transmitió sus derechos a su hija, única heredera, socia Carolina Guerrero Cabezas, quien queda dueña del total de la sociedad, transformando la sociedad comercial de responsabilidad limitada “Consultora para el Desarrollo y la Cooperación Peuma Ñi Mapu Limitada”, en una sociedad por acciones, “SUEÑOS DE LA TIERRA SpA”, con domicilio en Cañete, Objeto: Promover la cooperación, realizar y desarrollar asesorías, capacitación, estudios e investigaciones de carácter técnico, científico, medio ambiental, energético y cultural; desarrollar programas educativos y de capacitación que beneficien directamente a sectores discriminados del país, tales como minorías étnicas, migrantes, mujeres, niños, niñas y jóvenes, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, campesinos y, en general sectores sociales de pobreza; desarrollar y ejecutar programas de desarrollo que favorezcan a sectores pobres dentro de una perspectiva de fortalecimiento de su autogestión, y en especial, el fomento de pequeñas y medianas empresas, que les permitan superar su situación de pobreza; desarrollar estudios, diagnósticos y programas de asesorías técnicas y capacitación para fortalecer las instancias del Gobierno regional, provincial y municipal, en un marco de descentralización y modernización; realizar actividades de servicios y asesorías de carácter social, educacional y académica que los socios de común acuerdo determinen.
Desarrollar obras civiles menores, reparaciones, mejoras habitacionales y de energía para el desarrollo rural; y en general la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado directa o indirectamente, conexo o complementario con el objeto social, y todo otro que el o los accionistas acuerden.
El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que corresponde al mismo capital de la sociedad que por este acto se transforma, dividido en 1000 acciones nominativas, todas de una misma serie, sin privilegio y sin valor nominal, que se suscribe y paga en íntegramente por doña Carolina Guerrero Cabezas. La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por doña Carolina Guerrero Cabezas. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones en escritura extractada. Cañete, 09 de marzo de 2022.