Ministerio de Transportes Y Telecomunicaciones Prorroga Plazo Contenido En la Resolución Nº 428 Exenta, de 2016, Que Establece Fecha Y Condiciones de Cumplimiento Del Artículo 45 Del Decreto Supremo Nº 212, 1992, Para Servicios Que Indica, En la Regi
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial VIII Región del Biobío PRORROGA PLAZO CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN Nº 428 EXENTA, DE 2016, QUE ESTABLECE FECHA Y CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 45 DEL DECRETO SUPREMO Nº 212,1992, PARA SERVICIOS QUE INDICA, EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO (Resolución) Núm. 160 exenta. - Concepción, 28 de mayo de 2020.
Visto: La ley Nº 18.696, modificada por las leyes Nº 20.504 y 20.696 ; la ley Nº 20.474 ; el DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.290, de Tránsito; el decreto supremo Nº 212, de 1992, y el decreto supremo Nº 113, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; las facultades delegadas mediante la resolución Nº 52, de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 428, de 2016, modificada por resolución exenta Nº 656, de 2018, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial; Informe respecto de la situación de los terminales, de 18 de mayo de 2020, del Área de Transporte Público Regional de esta Secretaría Regional Ministerial, remitido por Memorándum Nº 90-2020; la carta de fecha 8 de abril de 2020, de Movilización Colectiva Los Ángeles S.A. ; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás facultades que confiere la normativa aplicable. Considerando: 1º.
Que, por resolución exenta Nº 428, de 30 de noviembre de 2016, modificada por la resolución exenta Nº 656, de 27 de noviembre de 2018, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, se ha establecido la fecha y condiciones de cumplimiento del artículo 45º del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en la Región del Biobío. 2º.
Que, con fecha 8 de abril 2020, se ingresó carta de Movilización Colectiva Los Ángeles S.A. a través de su representante legal, solicitando a esta autoridad la ampliación del plazo para el cumplimiento de la obligación de contar con un terminal con resolución de autorización de funcionamiento, conforme a lo dispuesto en los artículos Nº 45 y 47 del DS 212, de 1992, citado en el visto.
Fundamentan su solicitud en el hecho de la falta de recursos de las líneas, derivados de las movilizaciones sociales de contingencia nacional y de la emergencia sanitaria de salud pública producida por el brote de Covid-19.3º.
Que, el Área de Transporte Público Regional de esta Secretaría Regional Ministerial ha elaborado un informe respecto de la situación de los terminales de los servicios urbanos de buses existentes en las comunas de Los Ángeles y Coronel, ambas de la Región del Biobío.
En las conclusiones del referido informe se indica la necesidad de ampliar el plazo para la obtención de la resolución de Autorización de Funcionamiento para todos los servicios operados con buses urbanos en las comunas de Los Ángeles y Coronel, por un período de 12 meses, con el objeto que los servicios de transporte terminen de construir sus terminales y tramiten sus respectivas resoluciones de funcionamiento; y de esta manera evitar la suspensión de sus servicios, lo cual afectaría gravemente la oferta de transporte público en las comunas indicadas. 4º.
Que, frente a la situación descrita, y considerando las graves consecuencias provenientes de la pandemia Covid-19 que afectan directamente al transporte público, esta autoridad se ve en la necesidad, por razones de interés superior y para los efectos de atender las necesidades públicas en forma continua, uniforme, permanente y regular, de prorrogar el plazo para la regularización de los terminales de buses urbanos en las comunas que se indican en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo: Prorróguese el plazo, sólo para los servicios de buses urbanos de las comunas de Los Ángeles y Coronel, establecido en la letra a, del resuelvo Nº 1 de la resolución exenta Nº 428, de 30 de noviembre de 2016, modificada por la resolución exenta Nº 656, de 27 de noviembre de 2018, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, hasta el día 31 de mayo de 2021. Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. - Jaime Aravena Selman, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Biobío.