Suspenden decreto que limitaba las huelgas
Suspenden decreto que limitaba las huelgas La justicia de Argentina suspendió parte de un decreto del Presidente Javier Milei que limitaba el derecho a huelga y ampliaba la cantidad de actividades forzadas a prestar servicios durante un paro. El fallo de la Justicia Nacional del Trabajo, al que accedió la AFP, hizo lugar a un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), principal central sindical del país.
El tribunal dispuso “hacer lugar a la medida cautelar peticionada y suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2 y 3 del D.N.U. (decreto de necesidad y urgencia) 340/25 (... )” firmado por Milei hace dos semanas. Hasta ese decreto, se consideraban esenciales los servicios sanitarios, hospitalarios, energéticos, de abastecimiento de agua y el control de tráfico aéreo. La nueva norma sumaba en sus artículos 2 y 3 al transporte marítimo y fluvial, los servicios portuarios y aduaneros, la educación y las telecomunicaciones, entre muchos otros. Además, creaba otra categoría de actividades de “importancia trascendental”, entre las que se incluía el transporte de personas, la construcción, la industria alimenticia y la gastronomía.
Con el decreto, las actividades esenciales, cuyo funcionamiento en caso de medidas de fuerza gremial se determinaba hasta ahora por consenso, debían ser garantizadas en un 75%, y las trascendentales en un 50%. De no cumplirse, los sindicatos podían quedar sujetos a multas, sanciones o incluso al retiro de la personería gremial.. Argentina