Secretas reglas
Secretas reglas E n sesión secreta, la comisión de Defensa de la Cámara de Diputados discutió una nueva redacción del proyecto de ley, ingresado hace ya un año, relativo a las Reglas sobre Uso de la Fuerza (RUF) por militares y policías. Se trata de un tercer intento, tras sucesivas indicaciones y contradicciones del Gobierno. No se entiende que la discusión sea secreta. Será una ley de público conocimiento.
Menos se entiende el secretismo cuando lo fundamental es la aplicación de la exención de responsabilidad penal justificada por el ejercicio de la legítima defensa que tiene cualquier persona expuesta a perder la vida o a daños graves haciendo uso legítimo y racional de un arma letal, derecho en muchos casos negado por los jueces para quienes son miembros de las Fuerzas Armadas o de las policías, no obstante haber actuado en críticas circunstancias, cumpliendo órdenes de autoridades políticas. Contra la resistencia del oficialismo, finalmente se autorizó la comparecencia al Congreso de los auditores generales, abogados jefes de las Fuerzas Armadas y policías. Lo natural, por experiencia operativa y responsabilidad jerárquica, hubiera sido citar a los comandantes en jefe y a los directores de las policías. El oficialismo, como si fuera deliberación de los uniformados, equivocada y prejuiciadamente negaba a los legisladores recibir directamente la opinión técnica de los institutos armados.
Otro progreso en el debate parlamentario, además de la obviedad de reconocer explícitamente la legítima defensa dentro de las RUF, es la posible eliminación o modificación de considerar especificaciones para un uso diferenciado de la fuerza "en los casos en que existan niños, niñas, adolescentes, mujeres, diversidades sexuales, personas con discapacidad, migrantes, indígenas y adultos mayores". Tales consideraciones son improcedentes, en muchos casos impracticables y, en cierta forma, demagógicas cuando se trata de agresiones y conductas letales independientemente de quién provengan. En cualquier caso, el realismo que se ha ido incorporando al debate legislativo debería dejar en claro la inconveniencia del despliegue militar para garantizar la seguridad y el orden público. Este ámbito, salvo en protección de la infraestructura crítica, es tarea estrictamente policial por su debido equipamiento, entrenamiento y capacidades especiales para esos fines.
Asimismo, queda por disponer que esta normativa sea aplicada por una justicia especializada, la justicia militar, agregando otras precisiones indispensables para que los uniformados sean útiles y estén protegidos cuando actúen legítimamente en el uso de la fuerza.
Removido el absurdo velo del secretismo en el debate legislativo, la opinión pública podrá apreciar si los legisladores están actuando movidos por razones ideológicas o, como corresponde, en defensa del orden y la seguridad de civiles y militares. No se entiende el secretismo que se ha impuesto en el debate parlamentario de las Reglas sobre Uso de la Fuerza..