Notificación
NOTIFICACIÓN Notificación demanda oposición saneamiento causa “Forestal Mininco S.A. /Venegas”, rol C-6-2023, Juzgado de Letras de Toltén. Folio 1.
Rodrigo Padilla Bernedo, abogado, representación de Forestal Mininco SpA, a Us. digo: Deduzco oposición a solicitud de saneamiento presentada por José Maxi Venegas Riquelme expediente N° 149953, desconozco profesión u oficio, domiciliado en Millahuin, comuna de Pitrufquén. Fundamentos: I. Antecedentes: 1. Demandado, solicitó regularización posesión de inmueble ubicado en Santa Amelia, comuna de Toltén, provincia de Cautín, Región de la Araucanía, superficie aproximada 3,58 hectáreas. El inmueble se representa en plano saneamiento N° 09118–27.378 -S.R. del Ministerio de Bienes Nacionales y amparado presuntamente rol avalúo N° 220-18 comuna Toltén. 2.
Consta en inscripción Fs. 416, N° 417, del Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces Toltén año 2006, que Inmobiliaria y Forestal Maitenes S.A. se hizo dueña del inmueble denominado “San Pedro A”, de superficie aproximada de 8,85 hectáreas, formado por dos lotes: Lote “a” 6,51 hectáreas, y Lote “b” 2,34 hectáreas. 3. Inmobiliaria y Forestal Maitenes S.A. adquirió el inmueble por prescripción adquisitiva, conforme D.L. N° 2.695. Título está inscrito a fojas 416, N°417, Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces Toltén año 2006. Rol avalúo N°220-96 comuna Toltén. Al margen de citada inscripción quedó anotado, absorción de Inmobiliaria y Forestal Maitenes S.A. por Forestal Mininco S.A. 4. Finalmente, Forestal Mininco S.A. se transformó en SpA. 5. Quedó el predio mencionado, dentro del patrimonio de Forestal Mininco SpA. 6. Inmueble que se pretende regularizar, se superpone con predio “San Pedro A” de propiedad y posesión de mi representada, de superficie aproximada superposición 5.744 m2. II. Fundamentos: 1. Forestal Mininco SpA se opone a la regularización, conforme causal artículo 19 N° 1 del DL N° 2.695. Mi representada ostenta dominio y posesión inscrita, exclusiva, de superficie superposición mencionada. 2. Conjuntamente, mi representada se opone a la regularización de conformidad a causal artículo 19 Nº 3 DL 2695. Demandado no ha cumplido con requisito establecido en artículo 2° N° 1 DL N° 2.695. Mi representada ha estado en posesión material del Predio San Pedro A. No es efectiva la posesión que invoca el demandado.
Por tanto, Pido a Ud. : abstenerse de continuar con la tramitación de la solicitud de regularización, dé lugar a oposición deducida, y ordene denegar la solicitud de saneamiento, dejando sin efecto la aceptación de la regularización hecha por SEREMI de Bienes Nacionales, en todas sus partes o, en subsidio, en relación con retazo de terreno de 5.744 m2 mencionado, en subsidio, en relación con los retazos de terreno que se determine de acuerdo mérito del proceso, con costas. Resolución folio 2: Téngase por interpuesta demanda de oposición a la regularización de la posesión. Vengan las partes a la audiencia de contestación del día 27 de febrero del año en curso, a las 11:00 horas. Escrito folio 84: En lo principal, solicito a Ssa., nuevo día y hora, para llevar a cabo la audiencia de contestación. Solicitamos que la audiencia sea fijada para el décimo día hábil contado desde la notificación de la demanda, o para el 26 de abril de 2024.
Otrosí: Conforme al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, solicito que, se ordene notificar la demanda (folio N°1), la resolución que proveyó la demanda (folio N° 2); el presente escrito y la resolución que en él recaiga; por avisos en un diario del lugar donde se sigue el juicio, además del Diario Oficial. Resolución folio 85: A lo principal, fíjese fecha de audiencia de contestación 26 de abril del 2024, a las 12:00 horas.
Al otrosí: notifíquese en la forma establecida en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse el aviso extractado por secretaria por tres veces en el Diario Austral de Temuco y por una vez en el Diario Oficial correspondientes a los días primero o quince de cualquier mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas.