Gobierno y Administración del Estado
Gobierno y Administración del Estado ¿ DE QUÉTRATA ESTE CAPÍTULO? Regula al Presidente dela República, sus atribuciones específicas, las de los ministros de Estado como colaboradores directos e inmediatos de la gestión presidencial y las bases generales que configuran la Administración del Estado. LOS PUNTOS MÁS RELEVANTES Elestatuto del Presidente de la República Art. 90 Señala las funciones que tiene el Presidente dela República e indica que es el Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. Indica la extensión de su autoridad y precisa la fecha en que se debe rendir cuenta al país del estado administrativo y político dela nación ante el Congreso. Art. 91 Señala los requisitos paraser elegido Presidente, la duración desus funciones y lanecesidad de acuerdo del Senado para ausentarse del país. Art. 92 Regula la elección para ser elegido Presidente de la República. Art. 93 Regula los casos de muerte de uno o deambos candidatos al cargo de Presidente. Art. 94 Regula el proceso de calificación de la elección presidencial. Art. 95 Regula los impedimentos que puedan afectar al Presidente electo para tomar la posesión del cargo. Art. 96 Se refiere a los impedimentos temporales que pueden afectaral Presidentela República para ejercer su cargo. Art. 97 Serefiere al caso de vacancia del cargo de Presidente dela República. Art. 98 Regula el cese de funciones del cargo de Presidente dela República, así como la condición en que queda el exPresidente de la República. Art. 99 El Presidente designado por el Congreso Pleno o, en su caso, el Vicepresidente dela República, tendrá todas las atribuciones que la Constitución le otorgaal Presidentela República.
Art. 100 Regula las atribuciones exclusivas del Presidente dela República, entreellas, designar embajadores, ministros del Tribunal Constitucional, nombrar magistrados de la Corte Suprema y Cortes de Apelaciones, designar y remover a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armdas, al Director Genera de Carabineros, nombrar y remover ministros de Estado.
También, le correspondeejercer funciones decolegislador concurriendo a la formación de las leyes, sancionarlas y promulgarlas, dictar decretos con fuerza deley, convocar a plebiscito, dictar los reglamentos que estime convenientes para la ejecución de la ley y declarar estados de excepción constitucional.
La propuesta le asigna al Presidente las atribuciones de conducir las relaciones internacionales, disponer de las fuerzas armadas, declarar la guerra, previa autorización por ley, cuidar la recaudación de las rentas públicas y cuidar la infraestructura crítica, de conformidad con las directrices dispuestas en el artículo 113 de la propuesta. propuesta. Estatuto de los Ministros de Estado Art. 101 Determina quiénes son ministros del Estado, su número y organización. Art. 102 Regula los requisitos para ser ministro y la forma de ser suplidos en caso de ausencia, impedimento o renuncia.
Art. 103 Regula la función de ministros de fe que ostentan los ministros del Estado: los reglamentos, decretos e instructivos del Presidente de la República deberán firmarse por el Ministro respectivo y no serán obedecidos sin este esencial requisito. Art. 104, Reglamenta la responsabilidad individual y colectiva de los ministros de Estado respecto de los actos que firmen o acuerdos que adopten, Art. 105. Regula las relaciones de los ministros con el Congreso. Pueden asistir a la sesiones de la Címara de Diputadas y Diputados o del Senado, y tomar parte en sus debates, con preferencia para hacer uso de la palabra, pero sin derecho avoto. Art. 106 Serministro de Estadoesincompatible con cualquier otro cargo, empleo o comisión retribuido con fondos públicos o privados, salvo los cargos docentes según lo disponga la ley. Los ministros de Estadono podrán celebrar o garantizar contratos con el Estado, actuar como abogados o mandatarios en cualquier clase de juicio. Art. 107 Se regulan que las remuneraciones del Presidente de la República, de los senadores y diputados, de los gobernadores regionales y demás funcionarios de exclusiva confianza que determine la ley.
Serán fijadas por una comisión cuyos miembros y atribuciones determinará una ley institucion: acuerdos de la comisión serán públicos, se fundarán en antecedentes técnicos y deberán establecer una redeberán establecer una redeberán establecer una remuneración que garantice una retribución adecuada a la responsabilidad del cargo y la independencia para cumplir sus funciones y atribuciones. Bases de la Administración delEstado.
Art. 108 El objetivo y finalidad de la Administración del Estado está al servicio de las personas y de la sociedad y tendrá por objeto promoverel bien común, satisfaciendo las necesidades públicas en forma continua, oportuna, permanente y eficaz de acuerdo con la Constitución y la ley.
Se encomienda a la ley establecer los mecanismos adecuados para que las transferencias a sujetos privados se efectúen, por regla general, previo concurso público y conforme a criterios de idoneidad técnicos y objetivos, y sin debilitar sus fines específicos y siempre con mecanismos de rendición de cuentas. Art. 109 Unaley establecerálas bases generales de la Administración del Estado, que contemple la estructura básica delos organismos. Art. 110 La ley establecerá un régimen general de la función y empleo público, de carácter profesional y técnico, que regulará la designación, contratación, desarrollo, promoción y cese en estas funciones.
Este régimen estará fundado sobre basescomunes que comprenderán un sistema de selección pública, de acceso libre, competitivo, inclusivo, no discriminatorio, transparente, imparcial y ágil, que privilegie el mérito e idoneidad de los postulantes, observando criterios objetivos y predeterminados, debiendo contemplar normas sobre estaEN RESUMEN 1. Protección de la inaestructura crítica. M. Requisitos estrictos para transferencias de fondos del Estado a sujefondos del Estado a sujetos privados. MI. Creación de un Consejo de Evaluación de Leyes y Políticas Públicas. cas. ESCANEE EL CÓDIGO OR Y LEA LA PROPUESTA COMPLETA. UN ANÁLISIS PREPARADO POR INVESTIGADORES DE POLIS, OBSERVATORIO CONSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES. LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES. ¿QUÉ CAMBIA RESPECTO DELA SITUACIÓN ACTUAL? asSolicitarsesión especial al congreso. A diferencia del texto vigente, en la propuesta constitucional, el Presidente de la República, podrá solicitar, indicandolos motivos, que se cite a sesión a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional.
En tal caso, la sesión deberá celebrarse ala brevedad posible. be Protección de la infraestructura crítica El Presidente de la República podrá disponer, mediante decreto supremo fundado, suscrito por los ministros a cargo de la Seguridad Pública y dela Defensa Nacional, que las Fuerzas Armadas se hagan cargo dela protección de la infraestructura crítica del país cuando exista peligro grave o in'minente a su respecto. c+ Requisitos para transferencias de fondos del ferencias de fondos del ferencias de fondos del bilidad laboral. Art 111 Regula el derecho de cualquier persona que sea lesionada en sus derechos 0intereses porla Administración del Estado a reclamar judicialmente.
También regula el derecho de toda persona que haya sufrido daños como consecuencia de la falta de servi cio u otros títulos de imputación de los organismos de la Administración del Estado, incluyendo los gobiernos regionales y las municipalidades, a ser indemnizaEstado a sujetos privados.
Obliga al legislador a establecer los mecanismos adecuados para que las transferencias a sujetos privados se efectúen, por regla general, previo concurso público y conforme a criterios de idoneidad técnicos y obje vos, y sin debilitar sus fines específicos y siempre con mecanismos de rendición de cuentas. de Reconoce la responsabilidad del Estado en forma general. A diferencia de la Constitución vigente se reconoce que el Estado, en general, puede ser responsable por falta de servicio u otros títulos de imputación. Se crea un Consejo de Evaluación de Leyes y Políticas Públicas. Su misión es revisar la calidad y eficacia de las leyes y políticas públicas. leyes y políticas públicas. leyes y políticas públicas. da, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren afectar al funcionario quecausóel daño. ART. 112. Secrea el Consejo de Evaluación de Leyes y Políticas Públicas. Es un organismo legalmente autónomo, con patrimonio propio y de carácter técnico. Deberá evaluar las leyes y las políticas públicas sobre la base de los objetivos perseguidos por éstas, de conformidad con la organización, funciones y atribuciones las determinará una ley institucional. rá una ley institucional..