Cartas: CARTAS AL DIRECTOR:
Cartas: CARTAS AL DIRECTOR: Denuncia por incumplimiento de disposiciones del REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS Decreto Nº 977/96 Publicado en el Diario Oficial de 13 de mayo de 1997. ARTÍCULO 4.
Corresponderá a los Servicios de Salud el control sanitario de los alimentos y velar por el cumplimiento de las disposiciones relativas a esta materia del Código Sanitario y del presente reglamento, todo ello de acuerdo con las normas e instrucciones generales que imparta el Ministerio de Salud.
Higiene de los alimentos: todas las medidas necesarias para garantizar la inocuidad y salubridad del alimento en todas las fases, desde su cultivo, producción, elaboración, envasado, transporte y almacenamiento hasta el consumo final; En relación a las casi nula y deficiente e incumplimiento de la aplicación de las disposiciones por parte de los fiscalizadores del Servicio de Salud Atacama, en cumplimiento a lo dispuesto en la legislación vigente del Reglamento Sanitario de los Alimentos en relación a los productos del mar, Pecados y Mariscos, que como primer objetivo tiene la protección de la salud pública que indica: ARTÍCULO 317. Todos los pescados frescos y enfriados que se expenden o elaboren deben ser eviscerados tan pronto sean capturados, excepto algunas especies de talla reducida (sardinas, pejerreyes, anchovetas). ARTÍCULO 318. El pescado fresco que no sea eviscerado inmediatamente después de su captura, sólo podrá comercializarse si ha sido sometido de inmediato a la congelación a temperatura de -18 como máxima, medida en su centro térmico.
Las fiscalizaciones deberán ser orientadas al cumplimiento de estas disposiciones en : Las embarcaciones, caletas o lugares de desembarco, ferias libres, terminal pesquero, y o lugares de vehículos de transporte de pescados y mariscos, exigiendo: Mantener la cadena de frio Pescados deben desde el desembarco y venderse eviscerados. mantener mariscos vivos DENO CUMPLIR: El mantener una cadena de frio, y vender pescados sin eviscerar, mariscos que no estén vivos, venta de ceviches, se debe proceder de inmediato al decomiso o incautación de los productos, sin compensación.
Considerando las altas temperaturas de verano un Ejemplo del grave peligro a que están expuestas las personas a las intoxicaciones que adquieren pescado llamado DORADO (Coryphaena hippurus ), este se vende en gran cantidad, en las diferentes comunas de Copiapó, sin eviscerar y sin mantener la cadena de frio, su intoxicación suele ser una escombroidosis, provocada por altos niveles de histamina debido a una mala refrigeración tras la captura Los síntomas aparecen rápido (minutos o a pocas horas e incluyen enrojecimiento facial, nauseas, vómitos dolor abdominal y sabor amargo picante. Si los síntomas son intensos, como dificultad para respirar, sibilancias, hinchazón de garganta o o lengua palpitaciones rápidas o mareos, desmayos, se debe acudir de inmediato a urgencia médica. Luis Berardi Carreño Médico Veterinario.