SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL CHILOÉ LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.142 Miércoles 7 de Mayo de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2643090 EXTRACTO MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: que, por escritura pública de hoy ante mí, Uno) FRANCISCO ENRIQUE GUSTAVO UNDURRAGA LABBÉ, cédula de identidad N 9.909.468 -0; Dos) FRANCISCO MATÍAS UNDURRAGA KRAUS, cédula de identidad N 19.636.449-8; Tres) JOSEFINA ANDREA UNDURRAGA KRAUS, cédula de identidad N 19.640.365-5; y Cuatro) CATALINA UNDURRAGA KRAUS, cédula de identidad N 21.197.410-9, todos domiciliados en camino San Pedro N 9650, piso dos, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre o Razón Social: La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL CHILOÉ LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “CHILOÉ LIMITADA” o “CHILOÉ LTDA.
”, inclusive ante Bancos, Instituciones Financieras, y en general, ante cualquier persona sea natural o jurídica, como así también ante cualquier autoridad Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000. -, que los socios suscriben, enteran y enterarán en la siguiente forma y plazo: a) FRANCISCO ENRIQUE GUSTAVO UNDURRAGA LABBÉ, aporta la suma de $850.000 ,-. equivalente al 85% del capital social, monto que paga y entera en este acto, al contado, en dinero en efectivo; b) FRANCISCO MATÍAS UNDURRAGA KRAUS, aporta la suma de $50.000. -, equivalente al 5% del capital social, monto que paga y entera en este acto, al contado, en dinero en efectivo; c) JOSEFINA ANDREA UNDURRAGA KRAUS, aporta la suma de $50.000. -, equivalente al 5% del capital social, monto que paga y entera en este acto, al contado, en dinero en efectivo y al contado; y d) CATALINA UNDURRAGA KRAUS, aporta la suma de $50.000. - equivalente al 5% del capital social, monto que paga y entera en este acto, al contado, en dinero en efectivo.
Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la compra, arrendamiento, y explotación agrícola, forestal y/o ganadera, en cualquiera de sus formas, de todo tipo de predios, propios y/o de terceros; b) la comercialización de productos silvoagropecuarios, por cuenta propia o de terceros; c) la compra, venta, distribución y comercialización de cualquier clase de bienes muebles, mercaderías, productos o maquinarias agrícolas; d) la adquisición, compra, venta, arrendamiento con y sin opción de compra, permuta, explotación, cesión de uso y enajenación a cualquier título, de todo tipo de bienes muebles e inmuebles relacionados o necesarios para el giro social; y e) en general, cualquier otra actividad, relacionada o no al objeto social, que los socios acuerden. Administración: La administración y el uso de la razón social le corresponderá a don FRANCISCO ENRIQUE GUSTAVO UNDURRAGA LABBÉ, quien, actuando individual e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrá amplias facultades.
En caso de ausencia o impedimento del administrador individualizado anteriormente, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración y el uso de la razón social le corresponderá a FRANCISCO MATÍAS UNDURRAGA KRAUS, JOSEFINA ANDREA UNDURRAGA KRAUS y CATALINA UNDURRAGA KRAUS, quienes, actuando dos cualesquiera de ellos conjuntamente, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán amplias facultades indicadas en el Estatuto Social.
Duración: La sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos tres meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, y no son materia de extracto. Santiago, 21 de abril de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2643090 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl