Extracto
EXTRACTO SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular de la 11° Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte N°555, oficina 201, comuna de Las Condes, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí el día 04 de abril de 2024, bajo el Repertorio N° 13105-24, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: (1) Nombre.
“Agrícola Tres Volcanes SpA”; (2) Objeto. /i/ Realizar por cuenta propia o ajena la explotación de predios agrícolas, el cultivo de plantas, árboles, hortalizas, y en general el desarrollo de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales y agroindustriales; /ii/ la adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes inmuebles, con destino agrícola, forestal o ganadero, pudiendo gravarlos, subdividirlos, o fusionarlos, ya sea por cuenta propia o ajena; /iii/ la administración, desarrollo y construcción de inmuebles, el corretaje, subdivisión y loteo de propiedades y la comercialización de los mismos. /iv/ El desarrollo de proyectos, consultorías y asesorías para la ejecución de obras civiles, viales, caminos, puentes o túneles, construir, transformar o reparar casas o edificios de todo tipo /v/ la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; /vi/ y en general todo tipo de acto, actividad o contrato lícito necesario para la ejecución de los objetos sociales señalados en la presente cláusula. ; (3) Capital. $6.000.000, dividido en 2.000 nominativas, ordinarias, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: /a/ Sociedad Río Contra & Compañía SpA, suscribe 1.000 acciones, mediante el aporte de $3.000.000, que pagan en dinero e ingresan a la caja social en este acto; y /b/ Sociedad Agrícola y Forestal Puelche Limitada, suscribe 1.000 acciones, mediante el aporte de $3.000.000, que pagan en dinero e ingresan a la caja social en este acto. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 10 de Abril de 2024.