Extractos EXTRACTO
En causa rol V-34-2024, caratulada “PARQUE EÓLICO LONCUALHUE SpA”, seguida ante el 10” Juzgado Civil de Santiago, por resolución de fecha 24 de diciembre de 2024, a folio 52, se ha ordenado notificar por medio de avisos los Planos Especiales de Servidumbre y el documento al propietario del predio afectado por línea de transmisión correspondiente al proyecto “Línea Loncualhue - Nueva Cauquenes 1x220 kW”, signado bajo los números de ID 15 y 15a.
Con fecha 28 de noviembre de 2023 la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, por medio de Resolución Exenta Electrónica N* 20777, declaró admisible la solicitud de Concesión Definitiva de la "Línea Loncualhue — Nueva Cauquenes 1x220 kV". La solicitud de notificación fue presentada con fecha 15 de febrero de 2024 y en forma extractada dice: EN LO PRINCIPAL: Notificación que indica. PRIMER OTROSI: Rinde Información Sumaria. SEGUNDO OTROS! ; Acompaña Documentos. TERCER OTROSI:; Patrocinio y Poder. CUARTO OTROSI: Se Tenga Presente.
Con Fecha 8 de marzo de 2024, el tribunal resuelve: “A lo Principal: téngase por iniciada gestión, y al efecto, notifíquese personalmente, a don VICTOR MANUEL HENRÍQUEZ RAVANAL (... ) Al primer y segundo otrosí: téngase por acompañados documentos en formato electrónico, con citación. Al tercer otrosí: téngase presente patrocinio y poder.
Cuarto otrosí: Téngase fecha 07 de noviembre de 2024, se presentó escrito en el que se solicitó"Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE), vengo en solicitar a 5.5. sirva a ordenar notificación por aviso de acuerdo a lo previsto en el articulo 54 del Código de Procedimiento Civil a VICTOR MANUEL HENRÍQUEZ RAVANAL”. Con fecha 24 de diciembre de 2024, el Tribunal provee la solicitud señalando: “visto con el mérito de los antecedentes que obran en autos, naturaleza de la gestión voluntaria y conforme a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, notifíquese los planos especiales de servidumbre Servidumbre número FRY 002-PES 15 y FRV 002-PES15a del Listado de Propiedades Afectadas acompañada a la Solicitud de concesión de la Línea de Transmisión Eléctrica “Línea Loncualhue” Nueva Cauquenes 1x220 kv y del Documento informativo elaborado por la SEC, conforme lo establecido en el artículo 27 de la Ley Eléctrica y en los artículo 38,73 y 74 de su Reglamento; todos ellos en relación can lo dispuesto en los artículos 40,44 y 54 del Código de Procedimiento Civil a don VICTOR MANUEL HENRÍQUEZ RAVANAL, (... ) Mediante tres avisos a publicarse en el Diario El Mercurio de Santiago, sin perjuicio del aviso legal que debe aparecer en el Diario Oficial"- PARCELA DEL FUNDO BAJOS DE | CAUQUENES 45 | VICTOR MANUEL | SAN CINCUENTA Y DOS | CAUQUENES 1606 | CAUQUEMES [ 669,8 | HENRIQUEZ RAVANAL | HECTAREAS DE SUPERFICIE MAULE BAJOS DE SAN | | JOSE DESESENTAYDOS | | 1006 [cauquenes | 1625 | | HECTÁREAS DE EXTENSIÓN Mayores antecedentes en autos voluntarios caratulados EÓLICO LONCUALHUE SpA, 10* Juzgado civil de Santiago, Rol Secretaría. 26 de diciembre de 2024,