Extractos:
Extractos: Rancagua EXTRACTO DE DECRETO EXENTO Nº 01628, DE FECHA 02.04.2026 Educación DECRETO: 1.
ORDÉNASE la Demolición (Retino) de la estructura afectada con amenaza de demumbe, constituyendo un peligro para la seguridad de las personas, ubicada en Calle Aurora Nº 1008, Rol de Avaluo Fiscal 5627, de esta Comuna, en conformidad al Art 148-3 y Art. 156, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, de propiedad de doña JOSEFINA WEPPLER LEON, Cédula Nacional de Identidad Nº 3.382.491 -2, lo anterior de acuerdo con lo señalado en les Considerandos Nº1,2, 3,4, y Nº5, del presente Decreto. y mediante coneo electrónico al Director de Gestión Ambiental, al Director de Obras Municipales, y al Director de Control. VIII.
COMUNICASE que, el destinatario del presente acto administrativo, le asisten los siguientes recursos de acuerdo a le establecido en el articulo 41 de la Ley Nº 19.800 : En contra del presente acta, podrá deducirse recurso de reposición ante esta Entidad Edilicia, dentro del plazo de 5 dias hábiles administrativos contados desde su notificación, de conformidad a lo dispuesto en articulo 59 de la Ley Nº19.880, sin perjuicio de los recursos, acciones o derechas que se pueden hacer valer ante las autoridades correspondientes y de las demás formas de revisión que procedan de los actos administrativos, entre ellos el Recurso Extraordinario de Revisión, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 60 del referido cuerpo normativo, como también el Procedimiento de Invalidación según lo establecido en el articulo 53 de la citada ley.
También podrá deducirse el Redamo de Ilegalidad contemplado en el articulo 151 letra b) del DEL 1, de 2006 que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.695, dentro del plazo de treinta días, contado desde a fecha de publicación del acto Impugnado, tratándose de resoluciones o desde el requerimiento de las omisiones y finalmente el Recurso de Protección ante la llustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, previsto en Articulo 20 de la Constitución Politka de La República. Plazo: 30 dias corridos contados desde la notificación del presente acto administrativo, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1º del Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Además, podrá ejercer los derechos que le confieren los articulos 152 y siguientes de la Ley de Urbanismo y Construcciones. II.
OTORGASE un plazo perentorio de ejecución, de 30 días corridoio Decreto de la Demolición ondenada en el resuelvo anterior, contados desde el momento de ser notificada la presente Resolución, además, el no cumplimiento de éste, será motivo suficiente, para proceder a lo ordenado con cargo del infractor, con personal de la Dirección de Gestión Ambiental de la Ilustre Municipalidad de Rancagua. III.
NOTIFIQUESE el presente Decreto, por el Secretario Municipal, en su carácter de Ministro de fe, a Doña Josefina Weppler León, con domicilio en Calle Aurora 1008, de esta comuna, y si éste no fuere habido, procédase de acuerdo a lo establecido en el articulo Nº 151, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que señala, en su parte pertinente: ".. . y si este no fuere habido, ni tuviere representante Legal o mandatario conocido, la notificación se hará por medio de avisos, que se publicarán tres veces en un periódico de la ciudad cabecera de la provincia. .. IV RECÁBASE el auxilio de la Fuerza Pública, si fuera necesario, para llevar a cabo las diligencias decretadas en esta resolución, a Carabineros de Chile, con domicilio en Buenas Nº 515, Rancagua. IX. PUBLIQUESE el presente Decreto, en la Página Web Municipal. ANOTESE, NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE V. PROCÉDASE por el Departamento de Relaciones Públicas y Comunicación Estratégica, a efectuar las publicaciones señaladas en el resuelvo anterior, de ser necesario. VI.
INSTRUYESE a la Dirección de Gestión Ambiental, a efectos de llevar a cabo la demolición ordenada en el presente Decreto, de no realizarse dicha acción, por su propietario, dentro del plazo señalado, y una vez que la presente resolución se encuentre ejecutariada, de ser procedente. VI.
NOTIFIQUESE el presente Decreto, de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 45 y siguientes, de la Ley Nº 19.880, que Establece Bases, de los Procedimientos Administrativos, que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, mediante carta certificada a Carabineros de Chile, con domicilio en Bueras Nº 515, Rancagua, CARLOS ALFREDO MORALES LARA SECRETARIO MUNICIPAL SECRETARIA MUNICIPAL RAIMUNDO AGLIATI MARCHANT ALCALDE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA.