INMOBILIARIA LIVI SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.194 Miércoles 9 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2669281 EXTRACTO RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, REPERTORIO N 1191-2025, PAMELA DEL CARMEN CANTILLANA ROJAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, C. I N 14.469.474-0, con domicilio en Parcela número treinta y uno, Llancay, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, constituye Sociedad por Acciones. - RAZON SOCIAL: “ INMOBILIARIA LIVI SpA.
”, sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive, con el nombre de fantasía de “LIVI SpA”. - DOMICILIO:- ciudad de San Pedro, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.
DURACION: Indefinida a contar de esta fecha. - OBJETO: OBJETO: A) INMOBILIARIO: El diseño, elaboración y ejecución de todo tipo de proyectos, obras y trabajos de arquitectura e ingeniería civil, la construcción de toda clase de obras civiles, viviendas y edificios, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por administración o a suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención e inspección de obras, realizar tasaciones y evaluar obrar o proyectos relacionados directamente o indirectamente con el objeto social; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y explotación de toda clase de herramientas, maquinarias, equipos y artículos para la construcción; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción, edificación, urbanización, y cualesquiera otra forma de explotación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro inmobiliario; desarrollar toda clase de actividades comerciales o industriales relacionadas con el negocio inmobiliario y de la construcción; la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías profesionales y asistencia técnica a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en todas aquellas materias relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario y de la construcción; B) INVERSIONES: La inversión, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de inversión, cuotas de fondos mutuos, letras hipotecarias y, en general, toda clase de instrumentos, títulos o valores en los cuales sea posible invertir; la realización de inversiones nacionales e internacionales, comprendiendo de manera no taxativa la promoción, producción, compra, venta, distribución, arrendamiento, intermediación, importación, exportación, explotación y cualquier otro acto, contrato o convención que la ley permita respecto de bienes, acciones, bonos, debentures, y cualquier otro bien mueble o instrumento, corporal o incorporal, o instrumento civil o comercial; y, o cualquier otra actividad que no esté señalada expresamente en esta enunciación, que de lo dicho no resulta de manera alguna ser taxativa, y que los socios acuerden libremente desarrollar. - CAPITAL: $6.000.000, dividido en dos mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. - La accionista doña PAMELA DEL CARMEN CANTILLANA ROJAS, suscribe en este acto dos mil acciones, equivalente a seis millones de pesos, las que aporta y paga de la siguiente manera UNO) Con la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS que la empresario compareciente aporta, paga y entera en la caja social en este acto, al contado, en dinero efectivo, a plena conformidad, equivalente a la cantidad de quinientas acciones; DOS) Con la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, correspondiente a mil quinientas acciones que la empresaria compareciente aportará en un plazo de seis meses a contar de la fecha del otorgamiento del presente instrumento, ello según las necesidades sociales. - ADMINISTRACIÓN: Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669281 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.194 Miércoles 9 de Julio de 2025 Página 2 de 2 determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de estos estatutos.
El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. - Se designa como Administrador General de la sociedad a doña PAMELA DEL CARMEN CANTILLANA ROJAS, C.I.
N 14.469.474-0, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo del Directorio protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.
Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Melipilla, 27/06/2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669281 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl