ONU: “La prisión preventiva no debe ser la regla, sino la excepción” ante protestas
AGENCIAUNO CONMEMORACIÓN EN PLAZA BAQUEDANO DE DOS AÑOS DESDE EL 18-0. A Organización de Nacio Unidas (ONU) emitió yer un nuevo informe sobre la situación de los Derechos Humanos en Chile, a más de dos años de las protestas del 18 de octubre. La investigación realizada por el organismo central recomendó al Gobierno que “la prisión preventiva no debeser la regla general, sino la excepción” frente a los detenidos en las manifestaciones.
En diciembre de 2019 la oficina dela Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, liderada por la ex Presidenta Michelle Bachelet, publicó el primer informe sobre cómo las Fuerzas Armadas y de Orden afrontaron las masivas marchas tras el 18-O, concluyendo que razones fundadas para creer” que se ha cometido un elevado número de violaciones de DDHH de manos de Carabineros y militares en Chile, entre las quese encuentran el uso excesivo einnecesario de la fuerza que ocasionó muertesilícitas y heridas, tortura y malos tratos, violencia sexual, y detencionesarbitrarias”. Ayer, una actualización de este reporte que, a su vez, presentaba 21 recomendaciones al Gobierno para evitar estos hechos, señaló que “valoramos los esfuerzos del Estado para incorporar las recomendaciones. Sin embargo, persisten obstáculos en el acceso de las víctimas a la justicia, reparación y garantías de no repetición, entreotros derechos fundamentales”, indicó el representante de ONU Derechos Humanos en América del Sur, Jan Jarab.
Además, “existe disonancia e inconsistencia en las cifras oficiales entre las instituciones respecto al número de personas en prisión preventiva en el marco de procesos por tales delitos”, indicó el organismo, evidenciando que no logró acceder a información actualizada al respecto.
El texto central del documento señaló que “la prisión preventiva no debe ser la regla general, sino la excepción”, y “el uso prolongado de esta medida cautelar se hace más problemático en el contexto de la pandemia de covid-19, ya que se contrapone a las políticas de descongestión de los recintos penitenciarios promovidas por los organismos internacionales de DDHH”. “Es obligación del Estado de velar por las garantías de debido proceso y, en este sentido, valorar los límites objetivos al uso de la prisión preventiva”, aconsejó la ONU, debido a que “las medidas cautelares no pueden ser más gravosas que el eventual resultado de una condena, evitando por cierto que la prisión preventiva pudiera ser aplicada como una *pena anticipada”, más que como una genuina medida cautelar”. Una vez abiertos los procesos legales en estos casos, la ONU valoró el rol de la Contraloría y la Fiscalía “para fortalecer su capacidad para abordar casos de DDHH, pero los avances son insuficientes en la mayoría de las investigaciones”. Si bien la oficina destacó el “diseño e implementación de programas de apoyo a determinados grupos de víctimas, observa limitaciones queno garantizan una reparación integral”, “constatar una falta de reconocimiento de la responsabilidad del Estado y una ambivalencia en el discurso público”. C4 INFORME. Oficina internacional actualizó reporte sobre Chile en 2019, aunque “persisten obstáculos” en acceso a la justicia.
Resumen
En diciembre de 2019 la oficina dela Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, liderada por la ex Presidenta Michelle Bachelet, publicó el primer informe sobre cómo las Fuerzas Armadas y de Orden afrontaron las masivas marchas tras el 18-O, concluyendo que razones fundadas para creer” que se ha cometido un elevado número de violaciones de DDHH de manos de Carabineros y militares en Chile, entre las quese encuentran el uso excesivo einnecesario de la fuerza que ocasionó muertesilícitas y heridas, tortura y malos tratos, violencia sexual, y detencionesarbitrarias”.,
El texto central del documento señaló que “la prisión preventiva no debe ser la regla general, sino la excepción”, y “el uso prolongado de esta medida cautelar se hace más problemático en el contexto de la pandemia de covid-19, ya que se contrapone a las políticas de descongestión de los recintos penitenciarios promovidas por los organismos internacionales de DDHH”., “Es obligación del Estado de velar por las garantías de debido proceso y, en este sentido, valorar los límites objetivos al uso de la prisión preventiva”, aconsejó la ONU, debido a que “las medidas cautelares no pueden ser más gravosas que el eventual resultado de una condena, evitando por cierto que
la prisión preventiva pudiera ser aplicada como una *pena anticipada”, más que como una genuina medida cautelar”.
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