¿Revisó si es beneficiario de alguna acreencia bancaria?
¿ Revisó si es beneficiario de alguna acreencia bancaria? L a s a c r e e n c i a s b a n c a r i a s 2024, de acuerdo a las últimas cifras entregadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) alcanzan a 211.604, sumando un valor total de $104,9 mil millones. A este monto se agregan valores en moneda extranjera por 10,8 millones de dólares y 690.300 euros.
Pero, ¿de qué transacciones financieras surgen las acreencias bancarias? Conforme con el artículo 156 de la Ley General de Bancos se señala que las entidades financieras quedan sujetas a la caducidad de depósitos y captaciones, además de otras acreencias a favor de usuarios que derivan de su giro financiero.
Y eso --según nos precisó-se da en los siguientes casos: n SIN MOVIMIENTO: después de transcurridos dos años en que los valores no han tenido movimiento alguno o no han sido cobrados, el ente financiero conformará un listado en enero del año siguiente. n MENOS DE 1 UF: de la nómina podrían quedar fuera las acreencias cuyo valor fuese menor a una unidad de fomento. n CADUCIDAD: después de tres años de la nómina construida, la acreencia caducará, perdiendo el titular los derechos para cobrar esos valores.
El director de la carrera de Ingeniería en Control de Gestión, de la Facultad de Administración y Negocios de la Universidad Autónoma de Chile, Mauricio Burgos, nos explicó que las acreencias pueden ser cobradas tanto por personas naturales como jurídicas, que han realizado operaciones con bancos o cooperativas de ahorro y crédito.
Verificación ¿ Cómo puede una persona verificar si posee una acreencia? Para tener certeza hay que entrar a la página web Buscador de Acreencias Bancariasde la CMF (https://acreencias.cmfchile.cl/index.html), escribir el nombre completo (o de la empresa) y presionar el botón "Buscar acreencias". En caso de que existan resultados compatibles, se mostrará una lista de las entidades financieras y el monto de dinero no cobrado.
En la última situación señalada, para recuperar los valores debe presentarse en la institución bancaria correspondiente con su cédula de identidad. "El cobro o recuperación de valores no implica un gasto y si son de una persona fallecida, la tramitación requiere de posesión efectiva que valide la condición de herencia. Además, si alguien aparece con acreencias a su favor debe cobrarlas antes del 31de enero de 2025, fecha en que vencen y el dinero pasa al Fisco", complementa el académico de la U. Autónoma, añadiendo que el trámite de consulta puede realizarse a lo largo de todo el año.
Asimismo, Mauricio Burgos sostiene que muchas veces las acreencias se generan por un descuido, relajo u otra situación inesperada como podría ser el caso de una defunción. "Lo importante es no llegar a tener estos dineros olvidados pues podrían no estar recibiendo una rentabilidad y además ser carcomidos por la inflación si es que no disponen de mecanismos de cobertura para esta eventualidad", advierte.
Las de este año son 211.604 : ¿ Revisó si es beneficiario de alguna acreencia bancaria? Si una persona aparece con ellas a su favor debe cobrarlas antes del 31 de enero de 2025, fecha en que vencen y el dinero pasa al Fisco. Sepa dónde buscar y qué tendría que hacer si hay una esperándolo. COBRO Las acreencias pueden ser cobradas tanto por personas naturales como jurídicas, que han realizado operaciones con bancos o cooperativas de ahorro y crédito..