El conflicto de los US$ 58 millones entre BancoEstado y Banco Falabella
El conflicto de los US$ 58 millones entre BancoEstado y Banco Falabella C ómo le pago al jardinero, a la asesora del hogar, al gásfiter.
Esa pregunta que antes implicaba ir a un cajero automático a sacar un fajo de billetes y arriesgarse a un "lanzazo", quedó en el olvido, con el auge de las cuentas RUT de Banco Estado, que se acercan a unos 15 millones de plásticos, y que día a día usan estudiantes para recibir sus mesadas, ayudas, y millones de trabajadores a quienes les depositan sus remuneraciones y que luego hacen efectivas, yendo a un cajero automático de otro banco, de la misma entidad bancaria, o en una Caja Vecina en barrios donde no existan estas tecnologías. Es este mismo instrumento de pago el origen de una nueva disputa entre bancos de la plaza. El protagonista sigue siendo la entidad estatal, pero esta vez su contraparte es el Banco Falabella, de los Solari, Del Río y Cúneo.
BancoEstado demandó el 5 de septiembre de 2024 a la entidad financiera privada por una suma superior a UF 1,4 millones, unos US$ 58 millones que le adeudaría Banco Falabella, por concepto de transferencias bancarias electrónicas, realizadas desde la segunda entidad a la primera.
La compañía pública afirma que recibió en el neto más de 100 millones de movimientos desde cuentas correntistas o tarjeta habientes de clientes de Banco Falabella --entre enero de 2019 y junio 2024-adicionales a los que este último recepciona desde cuentas de usuarios de la estatal; transacciones a las que debiera aplicarse la tarifa que cobra a los demás bancos de la plaza. Hasta mayo de 2022, fecha en que la estatal ejecutó un proceso de autorregulación tarifario ordenado por la Corte Suprema (ver REC), Banco Falabella debió haber desembolsado 0,03 UF más IVA, por cada transferencia. Desde esa fecha y hasta abril de 2024, la demandada debió haber pagado la tarifa resultante de la autorregulación indicada, correspondiente a 0,01 UF más IVA por cada transferencia, según la firma pública.
Así, los US$ 58 millones corresponden "a la diferencia que cede en favor del Banco del Estado de Chile, entre lo que Banco Falabella debió pagarle por el total de transferencias enviadas a nuestra representada, y lo que Banco Falabella debió cobrar en el mismo período a Banco del Estado de Chile", reza el escrito. Según ellos, B.
Falabella encarna la figura de enriquecimiento ilícito al desconocer estos cobros, que son comunes en la banca. "Banco Falabella, desde que participa en el mercado de transferencias electrónicas de fondos, ha enviado mensualmente las transferencias de sus clientes a clientes de BancoEstado, sin acceder a un pago recíproco por dicho servicio, de tal manera que el conjunto de transacciones enviadas a BancoEstado por sobre las recibidas desde BancoEstado, han quedado absolutamente impagas y no compensadas, provocando con ello un evidente y grave perjuicio a nuestra representada e incurriendo en la figura del enriquecimiento ilícito", acusa. Banco Falabella responde Sin embargo, en su contestación B.
Falabella asegura que no existe un contrato o documento que defina tarifas sobre la materia, y que, BancoEstado ha tratado de ejercer su "abuso de posición dominante" en este mercado, fijando y últimamente cobrando, con el envío de facturas, precios arbitrarios.
Indican que sí existe un acuerdo tácito entre las partes en prestarse un servicio a beneficio mutuo desde hace muchos años y sin cobro de tarifas. "Lo cierto es que un análisis de la conducta de Banco Estado es indicativo de lo errático e inaceptable de esta. En efecto, por muchos años las partes se prestaron mutuamente el servicio, en circunstancias que ni Banco Estado ni Banco Falabella envió o recibió pagos por concepto de tarifas TEF.
Solo a partir de agosto de 2022 se materializaron intentos de imposición unilateral de tarifas, seguido por la manifestación concreta a través del envío de facturas por los movimientos mensuales a partir de mayo de 2023, en un intento infructuoso de cambiar los términos del acuerdo de las partes.
A continuación, a través de la presente demanda Banco Estado pretende la imposición y el cobro de tarifas supuestamente devengadas desde septiembre de 2019, a pesar de que en dicha época Banco Falabella no recibió siquiera una comunicación relativa a la intención de dicha parte a modificar los términos del acuerdo entre las partes, ni tampoco facturas por supuestos cobros debidos a esa fecha", reza la respuesta de Banco Falabella.
Y agrega que si bien Banco Estado reclama por los costos que supuestamente implica recibir una transferencia adicional (costos de escuchar y costos de liquidación), "no considera todos los beneficios asociados a la recepción de transferencias. Estos beneficios asociados dicen relación con el aumento de los saldos de las cuentas bancarias y los intereses por saldos vistas mantenidos con esas cuentas, dentro de muchos otros.
La realidad es que los saldos que Banco Estado administra en sus cuentas han sido crecientes, de manera que el banco se encuentra en condiciones de destinarlos a operaciones más rentables propias del giro bancario". El tribunal citó, con fecha 5 de febrero de 2025, a las partes a una audiencia de conciliación para el quinto día hábil después de la última notificación, trámite que aún está pendiente. El plazo máximo para este procedimiento, contado desde el 5 de febrero, son seis meses, es decir, hasta el 5 de agosto del presente ejercicio. Contactadas ambas entidades financieras, ninguna aceptó referirse al tema.
El conflicto de los US$ 58 millones entre BancoEstado y Banco Falabella CÉSAR SOTTOVIA JARA DISPUTA SURGE TRAS VARIOS AÑOS SIN COBRARSE EL UNO AL OTRO: La entidad estatal afirma en una demanda que el banco del grupo minorista se ha enriquecido ilícitamente a costa suya y la entidad privada responde que nunca hubo una tarifa definida, sino solo un acuerdo de beneficio mutuo. Añade que el convenio es beneficioso para la institución del Estado, debido al aumento de los saldos en las cuentas bancarias que reciben las transferencias. Cerca de 15 millones de cuentas RUT tiene hoy el BancoEstado. A juicio de Falabella, la entidad estatal busca ejercer un "abuso de posición dominante" a través de la imposición de tarifas asociadas a transferencias electrónicas. LUIS MUÑOZ QUINTEROS.
Este conflicto en la banca es antediluviano, ya en 2020 el Tribunal de Defensa de la Libre competencia (TDLC) rechazó una demanda de los Bancos Bice, Security --estos dos primeros hoy fusionados--, Scotiabank, BBVA (también fusionados) e Internacional en contra de BancoEstado por abuso de posición dominante en relación con las tarifas interbancarias cobradas por la recepción de transferencias electrónicas. La demanda había sido interpuesta en 2017. Los bancos medianos y pequeños, que en ese entonces y en la actualidad, contaban con un número inferior al estatal en materia de medios de pagos, entendido esto como cuentas vista o cuentas corrientes.
En dicha época, el tribunal acogió la excepción de prescripción opuesta por BancoEstado en relación con las acciones referidas a discriminación de precios por las mencionadas entidades financieras y de precios excesivos interpuestas por Scotiabank y BBVA.
El tribunal determinó que la entidad financiera estatal carecía de una posición de dominio de la que pueda abusar en el mercado de cuentas bancarias, por lo que no se configuraban las conductas acusadas por las mencionadas entidades financieras. Sin embargo, en la Corte Suprema, el tema dio un giro.
El máximo tribunal falló que la diferenciación de tarifas que cobra la entidad estatal resulta contraria a la libre competencia y le ordenó fijar un precio único al respecto, además de ordenar una autorregulación en la materia. ANTECEDENTES de una antigua disputa con la entidad pública.